Hijos, viudo y padres en el impuesto de sucesiones de Galicia
Se oye a menudo que en Galicia los hijos no pagan sucesiones. Es verdad en muchos casos, pero no por las razones que se suelen dar, y no en todos.
La deducción del 99 % que mucha gente tiene en la cabeza está reservada a los menores de 21. Para el resto de la familia directa, lo que funciona es una reducción muy alta y una tarifa suave.
Datos revisados en octubre de 2026. La norma puede cambiar, y el profesional que lleve la herencia confirma con vuestro caso qué se aplica.
Tres perfiles, tres cálculos
El hijo, nieto u otro descendiente menor de 21 años (grupo I).
- Reducción de 1.000.000 de euros, más 100.000 euros por cada año que le falte para los 21, con un límite de 1.500.000 euros.
- Después, deducción del 99 % de la cuota.
Por ejemplo, a un hijo al que le falten cinco años para cumplir 21 ya le corresponde el límite de 1.500.000 euros.
Los descendientes de 21 años o más, el cónyuge y los ascendientes (grupo II).
- Reducción de 1.000.000 de euros por heredero.
- Sin deducción en la cuota. Lo que supere la reducción tributa con la tarifa gallega para la familia.
La pareja de hecho. Tiene el trato del cónyuge si está inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia con voluntad de equiparar efectos, o en un registro análogo.
La tarifa para la familia
A los grupos I y II se les aplica una tarifa propia, más baja que la general. Empieza en el 5 % para los primeros 50.000 euros y llega al 18 % a partir de 1.600.000 euros.
Además, el coeficiente por el patrimonio que ya tenía el heredero es siempre 1. Es decir, no encarece el impuesto.
Con una reducción de un millón de euros, muchas herencias entre padres e hijos se quedan sin cuota. Cuando lo heredado por una persona supera esa cifra, la tarifa empieza a actuar.
Una reducción para todo lo recibido
Desde el 1 de enero de 2026, las reducciones por parentesco y discapacidad se aplican una sola vez entre el mismo fallecido y el mismo heredero.
Esto importa en Galicia, donde son frecuentes los pactos sucesorios en vida. Si un hijo ya recibió bienes por un pacto de mejora, la reducción usada entonces cuenta para la herencia posterior.
Si es tu caso, tienes más información en el pacto de mejora y de apartación en Galicia.
Lo que recibe el viudo
En el derecho civil gallego, el viudo es legitimario. Si hay descendientes, le corresponde el usufructo de una cuarta parte de la herencia; si no los hay, el de la mitad.
Puede pedir que ese usufructo se concrete sobre la vivienda habitual, el local profesional o la empresa. Y los cónyuges pueden haber pactado o dispuesto en testamento un usufructo sobre toda la herencia.
Ese usufructo tributa en sucesiones. Lo explicamos en el usufructo del viudo en el impuesto.
Si el viudo hereda la vivienda habitual, puede reducir su valor completo, con un límite de 600.000 euros. Tiene que solicitarlo en plazo y mantenerla cinco años.
Seguros de vida
El seguro que cobra un descendiente, un ascendiente o el cónyuge entra en la reducción por parentesco. En el grupo I entra también en la deducción del 99 %.
Además se aplica la reducción estatal de hasta 9.195,49 euros para cónyuge, ascendientes y descendientes. Es una por persona, aunque haya varias pólizas.
Si el heredero tiene una discapacidad
- Grado de al menos el 33 % y menor del 65 %: reducción adicional de 150.000 euros.
- Grado del 65 % o más, en los grupos I y II, con patrimonio previo de hasta 3.000.000 de euros: se reduce toda la base imponible.
- Grado del 65 % o más sin derecho a lo anterior: 300.000 euros.
Preguntas frecuentes
¿Mi madre viuda tiene la deducción del 99 %?
No. El cónyuge está en el grupo II y no tiene esa deducción. Sí tiene la reducción de 1.000.000 de euros y la tarifa reducida.
¿Los padres heredan algo si había hijos?
En Galicia los padres no son legitimarios. Solo heredan si el testamento los incluye o, sin testamento, si no hay descendientes.
¿Hay que pedir algo expresamente?
Sí, las reducciones especiales, como la de vivienda o empresa. Si no se solicitan en plazo, se pierden.
Más temas gallegos en el impuesto de sucesiones en Galicia.
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