Donar en vida en Bizkaia: lo que conviene saber
Hay padres que prefieren ver a sus hijos disfrutar de la ayuda ahora, y no dentro de muchos años. En Bizkaia, donar en vida tiene reglas propias que conviene conocer antes de mover el dinero.
Lo más importante es esto: la donación no tiene las mismas ventajas que la herencia. El plazo es muy corto, y algunos requisitos se cumplen en el momento o se pierden.
Datos revisados en octubre de 2026. La norma foral puede modificarse; el profesional comprueba los requisitos vigentes antes de que firméis nada.
La diferencia con la herencia
En la herencia, un hijo resta 400.000 euros antes de calcular nada. En la donación, esa reducción por parentesco no existe.
Lo que sí se mantiene es el tipo. Para el grupo I (cónyuge o pareja, hijos, nietos, padres, abuelos) se aplica un 1,5 % sobre lo donado.
Para hermanos, sobrinos y demás grupos, se aplica la tarifa progresiva de su grupo, que es bastante más alta.
En las donaciones, además, la autoliquidación es obligatoria. No cabe la opción de que la Hacienda foral haga el cálculo.
Dinero para comprar vivienda: exento
Desde abril de 2025, Bizkaia deja exentas las donaciones de dinero para comprar la vivienda habitual, con estos requisitos:
- Quien recibe tiene menos de 36 años.
- Quien dona es su cónyuge o pareja, un ascendiente, un descendiente o un pariente lateral hasta el tercer grado.
- El máximo es de 30.000 euros por persona que recibe, sumando todas las donaciones de este tipo.
- La vivienda se compra en propiedad en los dos años siguientes a la primera donación.
Para que valga, hay que presentar la autoliquidación en treinta días hábiles. Se acompaña de un documento, público o privado, que diga expresamente que el dinero es para comprar la vivienda habitual.
También hay que aportar el justificante de la transferencia o del medio de entrega.
Donar la casa en la que se vive juntos
Si un hijo vive con sus padres y estos le donan esa vivienda, puede aplicar una reducción del 95 % de su valor. El límite es de 215.000 euros.
Hace falta haber convivido allí con el donante los dos años anteriores. Es la misma regla que en las herencias, trasladada a la donación.
Donar la empresa familiar
Para donar un negocio o participaciones a la familia hasta el cuarto grado, hay una reducción del 95 %.
Quien dona tiene que tener 60 años o más, o una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. Debe dejar la dirección y su remuneración en los dos años siguientes.
Quien recibe mantiene lo donado cinco años. Lo explicamos en la página de empresa familiar en Bizkaia.
El plazo
El plazo general para presentar una donación es de treinta días hábiles desde el día siguiente a la donación.
Es un plazo que se pasa con facilidad. Lo prudente es tener la autoliquidación preparada antes de hacer la transferencia o de firmar en la notaría.
Ojo con las donaciones en cadena
Hay una regla para evitar rodeos. Si un hijo dona algo a su padre y el padre lo dona a otro hijo en los cuatro años siguientes, se tributa como si fuera de hermano a hermano. De esa cuota se descuenta, en su caso, lo que se pagó por la primera donación.
¿Donar ahora o heredar después?
Para la familia directa, la herencia tiene una reducción muy alta que la donación no tiene. Por eso, salvo en casos como la vivienda de los jóvenes, a veces compensa esperar.
En otros casos, ayudar ahora resuelve un problema real y el coste fiscal es asumible. Lo comparamos con calma en donación o herencia y en donar dinero a un hijo.
Preguntas frecuentes
¿Un tío puede donar a su sobrino para la vivienda?
Sí. Los parientes laterales hasta el tercer grado están incluidos, y el tío lo es. El sobrino tiene que tener menos de 36 años y cumplir el resto.
¿Lo donado cuenta luego en la herencia?
Puede contar para calcular las legítimas de los demás hijos. Conviene dejarlo bien documentado desde el principio.
Vuelve a la página general del impuesto de sucesiones en Bizkaia.
Te ponemos en contacto con un profesional especializado que prepare la donación antes de hacerla. El primer contacto no compromete a nada y los honorarios se explican antes.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido