Impuesto de sucesiones en Barcelona: oficinas de la ATC, reducciones y plazos
Si el fallecido tenía su residencia habitual en Cataluña, su herencia tributa con la normativa catalana del impuesto de sucesiones. La ley mira dónde vivió más tiempo en los últimos años, así que una mudanza reciente puede cambiarlo. La gestiona la Agència Tributària de Catalunya, la ATC, y no Hacienda del Estado.
En Cataluña el impuesto pesa de forma muy distinta según quién hereda. Para el viudo suele quedar en casi nada; para un hijo adulto con una herencia grande, puede haber algo que pagar.
Datos revisados en octubre de 2026. Son cifras de la ley catalana actual; si cambian, el profesional te lo advierte al revisar vuestro caso.
Quién paga y cuánto, a grandes rasgos
- Cónyuge o pareja estable: reducción de 100.000 euros y bonificación del 99 % de la cuota.
- Hijos, nietos y demás descendientes menores de 21 años: reducción de 100.000 euros más 12.000 por cada año que les falte hasta los 21, con un tope de 196.000. La bonificación empieza en el 99 % y baja a medida que crece la base.
- Hijos de 21 años o más: reducción de 100.000 euros. La bonificación empieza en el 60 % y va bajando por tramos.
- Nietos de 21 años o más: 50.000 euros. Padres y abuelos: 30.000 euros. Con la misma escala que los hijos adultos.
- Hermanos, sobrinos, tíos, suegros, yernos y nueras: reducción de 8.000 euros y sin bonificación.
- Primos y personas sin parentesco cercano: sin reducción por parentesco.
Un hijo adulto puede tener algo que pagar, sobre todo si recibe bastante más que su reducción. La reducción por vivienda suele marcar la diferencia. Más detalle en hijos y cónyuge en Cataluña.
Reducciones que conviene revisar
- Vivienda habitual del fallecido: 95 % de su valor, con un límite de 500.000 euros entre todos y un mínimo de 180.000 por heredero. Hay que mantenerla 5 años.
- Seguros de vida: reducción del 100 % hasta 25.000 euros para cónyuge, descendientes o ascendientes del fallecido.
- Discapacidad: 275.000 euros con un grado de al menos el 33 %, y 650.000 euros desde el 65 %.
- Herederos de 75 años o más del grupo de descendientes, ascendientes o cónyuge: 275.000 euros, incompatible con la de discapacidad.
- Empresa familiar: 95 %, con requisitos de mantenimiento.
Plazos y modelos
Hay seis meses desde el fallecimiento. Se puede pedir una prórroga de otros seis dentro de los cinco primeros meses; si la ATC no contesta en un mes, se entiende concedida.
Se presenta el modelo 660, con la relación de bienes, y un modelo 650 por cada heredero. Hay que adjuntar el documento de aceptación, notarial o privado.
También hay que declarar las donaciones que el fallecido hizo a los herederos en los 4 años anteriores.
Dónde se presenta en la provincia
Lo más habitual es presentarlo por internet. En persona, la ATC recomienda pedir cita. En la provincia tiene:
- Oficinas centrales, en Barcelona.
- Oficina Territorial al Barcelonès Nord, también en la capital, para Badalona, Sant Adrià de Besòs y Santa Coloma de Gramenet.
- Oficinas territoriales en Granollers, Manresa, Mataró, Sabadell, Sant Feliu de Llobregat, Terrassa, Vic y Vilafranca del Penedès.
- Oficinas de servicios tributarios en Berga, L’Hospitalet de Llobregat, Igualada y Vilanova i la Geltrú. Recogen autoliquidaciones, pero no gestionan expedientes.
Cada municipio está asignado a una oficina para la gestión del expediente. Hay casos curiosos: Fogars de la Selva depende de la oficina de Santa Coloma de Farners, en Girona, y Aiguafreda pasó de Granollers a Vic en 2026.
La oficina de Vilafranca del Penedès atiende además 14 municipios de Tarragona, como El Vendrell, Calafell o Cunit.
Si algún heredero vive fuera
Si un heredero no reside en España, presenta su parte ante la Agencia Tributaria del Estado, aunque puede aplicar la normativa catalana. En la provincia vive mucha población extranjera, así que el caso no es raro.
Cómo te ayudamos
Que esta página hable de Barcelona no quiere decir que tengamos oficina allí. Lo que hacemos es ponerte en contacto con abogados colegiados y gestores que conocen bien la ATC.
Puede atenderte a distancia o en su despacho. Hace los números de cada heredero, revisa qué reducciones encajan y se ocupa de la presentación.
Antes de empezar te detalla sus honorarios, y consultarnos no te obliga a nada.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentarlo en cualquier oficina de la ATC?
En general, sus oficinas recogen autoliquidaciones, y cada municipio tiene asignada una para gestionar el expediente. El profesional comprueba cuál os corresponde.
¿Qué pasa si se nos ha pasado el plazo?
Todavía se puede presentar, aunque con recargo. Cada mes de retraso cuenta, así que conviene no esperar más.
El resumen completo está en impuesto de sucesiones en Cataluña, los plazos en plazos y presentación en Cataluña y la guía general en impuesto de sucesiones. Vuelve a herencias en Barcelona.
Dinos quiénes heredan y qué dejó tu familiar, y te orientamos sobre lo que hay que presentar.
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En otras provincias de Cataluña: Girona · Lleida · Tarragona
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido