Abogados de herencias en La Rioja

Reclamar la legítima en La Rioja: si el testamento te deja fuera

Tu padre vivía desde hace años con otra pareja y le ha dejado todo. O te ha desheredado alegando que no le visitabas. ¿Puede hacerlo?

En La Rioja manda el Código Civil, y el Código Civil reserva a los hijos una parte que no se les puede quitar sin causa: la legítima.

Datos revisados en octubre de 2026. Lo que sigue es la regla general; el abogado la aplica a vuestra herencia.

Quién tiene legítima y cuánta

  • Hijos y descendientes: dos tercios de la herencia. Un tercio a partes iguales y otro, el de mejora, que el padre puede asignar a uno o varios hijos o nietos.
  • Padres y demás ascendientes, si no hay descendientes: la mitad, o un tercio si concurren con el viudo.
  • Cónyuge viudo, si no estaban separados: usufructo sobre una parte, que varía según con quién concurra.

Los hermanos y la pareja de hecho no tienen legítima.

Si el testamento lo deja todo a la pareja

Con hijos, la pareja de hecho solo puede recibir el tercio libre. Si el testamento le deja más, los hijos pueden reclamar hasta completar su legítima.

Un dato del impuesto riojano: quien haya convivido de forma estable con el fallecido los quince años anteriores aplica la misma deducción del 99 % que la familia directa. Lo vemos en otros herederos en La Rioja.

Desheredar no es tan fácil

Para desheredar, el testamento tiene que decir la causa, y la causa tiene que estar en la ley. Por ejemplo, haber negado alimentos al padre sin motivo o haberle maltratado.

Los tribunales han admitido en algunos casos el maltrato psicológico, pero no basta con un distanciamiento normal o una mala relación.

Si el hijo desheredado niega la causa, son los demás herederos quienes tienen que probarla. Si no lo consiguen, el hijo recupera su legítima.

El hijo que no aparece en el testamento

Distinto es que el testamento ni te mencione. Eso se llama preterición, y suele pasar con hijos nacidos después del testamento o de otra relación.

Si fue sin querer, las consecuencias son mayores y pueden llegar a anular el nombramiento de herederos. Si fue intencionada, al hijo se le debe al menos su legítima. El abogado valora cuál es vuestro caso.

Cómo se calcula lo que te falta

Se valora lo que había al morir, se restan las deudas y se suman las donaciones hechas en vida. Sobre ese total se calcula la legítima.

Si no te llega, se reduce primero lo dejado en el testamento y después, si hace falta, las donaciones, empezando por las más recientes.

Reunir pronto escrituras, extractos y movimientos antiguos ayuda mucho a demostrar lo que se donó.

Dónde se decide

La primera vía es negociar con los demás herederos, con el cálculo hecho por escrito.

Si no hay acuerdo, en principio se demanda en el partido judicial del último domicilio del fallecido. La Rioja tiene 3: Logroño, con 91 municipios; Haro, con 49, y Calahorra, con 34.

En Logroño hay Sección Civil; en Haro y Calahorra, secciones mixtas. Los recursos van a la Audiencia Provincial, con sección única en Logroño, y a veces pueden llegar al Tribunal Supremo.

Cada acción tiene su plazo, y no es el mismo para todas. Mejor consultarlo cuanto antes.

Cómo te ayudamos

Tu Herencia Directa no tiene oficina en La Rioja; nos ocupamos de ponerte en contacto con un abogado colegiado con experiencia en legítimas.

Puede atenderte a distancia o en su despacho. Revisa el testamento, calcula tu parte y negocia o demanda, según el caso.

Te explica sus honorarios por adelantado. Escribirnos no te obliga a seguir.

Preguntas frecuentes

Mi padre me dejó solo la legítima estricta. ¿Puedo reclamar más?

No, si el resto se repartió dentro de lo que permite la ley. La mejora y el tercio libre son decisión del testador.

¿Qué impuesto pago por lo que recupere?

El de sucesiones. Como hijo, en La Rioja aplicas una deducción del 99 % de la cuota.

Hay una explicación general en reclamación de la legítima y otra sobre desheredar a un hijo. Para otros trámites, vuelve a herencias en La Rioja.

Cuéntanos qué dice el testamento y qué crees que te falta; lo miramos contigo.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido