Reclamar la legítima en Melilla: donaciones en vida y ley aplicable
Muchas reclamaciones de legítima no empiezan con el testamento, sino con una sospecha. «A mi hermano le dieron el piso hace años», «a mí no me tocó nada en vida».
Esas donaciones cuentan, y mucho. En Melilla, además, hay que comprobar primero qué ley rige la herencia, porque no siempre es la española.
Datos revisados en octubre de 2026. Esto es una orientación; el abogado calcula tu caso concreto.
Primero: ¿se aplica el Código Civil?
Si el fallecido era español con vecindad civil común, sí. Vivir en Melilla no basta: cuenta la vecindad civil, porque Melilla no tiene derecho civil propio.
Si tenía otra nacionalidad, la regla europea es aplicar la ley de su residencia habitual al morir. Para quien vivía en Melilla, suele ser la española.
Pero pudo elegir en su testamento la ley de su nacionalidad. En ese caso, la legítima la decide esa otra ley, que puede ser muy distinta. Por eso el abogado lee el testamento con lupa antes de calcular nada.
Lo que reserva el Código Civil
Cuando se aplica el Código Civil, los hijos y descendientes tienen reservados dos tercios de la herencia. Uno de esos tercios puede usarse para mejorar a algún hijo o nieto.
Si no hay descendientes, tienen legítima los padres y demás ascendientes, aunque menor. El viudo no separado tiene un usufructo, cuyo alcance depende de con quién concurra.
Hermanos, sobrinos y parejas no casadas no tienen legítima.
Por qué cuentan las donaciones en vida
La legítima no se calcula solo sobre lo que había al morir. Se suman también las donaciones que el fallecido hizo en vida.
Así se evita que alguien vacíe su patrimonio antes de morir para dejar sin nada a un hijo. Un ejemplo:
- Un padre dona un piso a uno de sus dos hijos y años después fallece.
- Al morir solo deja una cuenta con poco dinero.
- Para calcular la legítima se suma el valor del piso donado al de la cuenta.
- Si con eso el otro hijo no recibe lo que le corresponde, puede reclamar la diferencia.
Hace falta probar la donación. Escrituras, transferencias o movimientos bancarios son clave.
Cómo se reclama
- Reunir información: testamento, bienes al fallecer y donaciones anteriores.
- Calcular: el abogado reconstruye el patrimonio y lo que corresponde a cada legitimario.
- Proponer un acuerdo: por escrito, con las cifras sobre la mesa.
- Demandar: si no hay acuerdo, ante el tribunal de instancia de Melilla, en su Sección Civil y de Instrucción.
Los recursos los resuelve la Sección 7ª de la Audiencia Provincial de Málaga, que tiene su sede en Melilla. Después, en algunos casos, cabe recurso ante el Tribunal Supremo.
Si hay bienes en otro país
La legítima se calcula sobre todo el patrimonio, esté donde esté. Pero hacer efectiva una reclamación sobre bienes situados fuera de España puede exigir trámites allí.
El abogado valora qué se puede reclamar desde aquí y cuándo hace falta un profesional del otro país.
Cómo te ayudamos
Esta página habla de Melilla, aunque no tenemos oficina allí. Te ponemos en contacto con un abogado colegiado con experiencia en legítimas y herencias internacionales.
Te atiende a distancia o en su despacho. Reconstruye las donaciones, calcula tu parte y busca primero un acuerdo.
El primer contacto no te compromete. El abogado te explica sus honorarios antes de empezar.
Preguntas frecuentes
¿También cuentan los regalos en dinero?
Pueden contar, si son donaciones y no gastos normales de la vida familiar. Hay que analizarlos uno a uno.
¿Y si me desheredaron en el testamento?
La desheredación exige una causa legal escrita en el testamento. Si no existe o no es cierta, puedes reclamar tu legítima.
¿Puedo pedir información sobre lo que dio en vida?
Sí, aunque a veces hay que reconstruirlo con escrituras, extractos y el Registro de la Propiedad. El abogado sabe dónde buscar.
¿Tengo plazo?
Sí, y depende de lo que se reclame. El abogado lo calcula; no conviene esperar.
La guía general está en reclamar la legítima. Si hay bienes fuera, mira heredar bienes en el extranjero. Vuelve a herencias en Melilla para otros servicios.
Cuéntanos qué recibió cada uno en vida y qué dice el testamento, y lo valoramos.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido