Hacer testamento en Segovia: también si eres extranjero
Un testamento bien hecho ahorra a tu familia meses de trámites y muchas discusiones. Y se puede cambiar siempre que quieras.
En Segovia hay dos situaciones que conviene pensar con calma: tener casas o tierras en pueblos pequeños, y ser extranjero o tener familia en otro país.
Datos revisados en octubre de 2026. Es una orientación general; el abogado y el notario la adaptan a tu caso.
El testamento ante notario
El más común es el testamento abierto notarial. Cuentas al notario lo que quieres, él lo redacta conforme a la ley y lo firmas.
El notario comprueba que entiendes lo que haces. Después lo comunica al Registro General de Actos de Última Voluntad, para que tu familia pueda encontrarlo.
Si te expresas en un idioma que el notario no conoce, la ley exige un intérprete, que eliges tú. El testamento se escribe entonces en los dos idiomas.
Si eres extranjero y vives en Segovia
El 15,64 % de los residentes en la provincia es extranjero, según un dato provisional del INE. Si es tu caso, tu herencia puede regirse por dos leyes distintas.
La norma europea aplica, en principio, la ley del país donde tienes tu residencia habitual al morir. Si vives en Segovia, normalmente sería el Código Civil.
Pero puedes elegir en testamento la ley del país de tu nacionalidad. Eso puede cambiar las legítimas y el reparto.
Hay que pensarlo bien y que quede claro en el texto. Más en herencias internacionales.
Lo que marca el Código Civil
- Con hijos, dos tercios de la herencia son su legítima. Uno de esos tercios puede servir para mejorar a algún descendiente.
- Sin descendientes, la legítima es de tus padres o demás ascendientes.
- El cónyuge no separado tiene un usufructo.
- El resto es de libre disposición.
Los hermanos no tienen legítima. Una pareja de hecho solo hereda si la incluyes en el testamento.
Casas y fincas en los pueblos
En Segovia, 184 de los 209 municipios tienen menos de mil habitantes, y el Catastro cuenta 599.132 parcelas rústicas.
Si tienes una casa en un pueblo o varias fincas pequeñas, piensa a quién dejar cada una. Sin testamento, todo pasa a ser de todos tus herederos a la vez.
Puedes adjudicar cada bien a una persona y compensar a las demás, o nombrar un contador-partidor de confianza para que haga el reparto.
Si tienes una explotación agraria, la Junta prevé una reducción del 99 % para quien la herede, con requisitos. Planificarlo evita que se divida sin sentido.
Cuándo hacerlo
Segovia es la provincia menos envejecida de Castilla y León: el 24,2 % tiene 65 años o más, según un dato provisional del INE. Aun así, testar no es solo cosa de mayores.
Un testamento hecho con plena salud es difícil de impugnar. Revísalo cuando cambie tu vida: un matrimonio, un divorcio, un hijo o un traslado a otro país.
Donaciones en vida
En Castilla y León, las donaciones a descendientes, ascendientes y cónyuge tienen una bonificación del 99 % si se hacen en escritura pública. Si es dinero, hay que justificar su origen en la propia escritura.
Para ayudar a un hijo menor de 36 años a comprar su primera vivienda en la comunidad, hay una reducción del 99 % hasta 180.000 euros, con requisitos. Mira donación o herencia.
Cómo te ayudamos
Tu Herencia Directa no tiene oficina en Segovia; te ponemos en contacto con abogados colegiados que preparan contigo el testamento antes de ir al notario.
El profesional te atiende a distancia o en su despacho. Revisa tu situación familiar, tus bienes y, si eres extranjero, qué ley te conviene.
Sus honorarios te los explica antes de empezar. Consultar no compromete.
Preguntas frecuentes
Tengo testamento en mi país. ¿Necesito otro en España?
No siempre, pero suele ser útil para los bienes de aquí. Hay que coordinarlos para que uno no anule al otro sin querer.
¿Puedo cambiar el testamento más adelante?
Sí, cuantas veces quieras. Vale el último.
La guía para toda España está en hacer testamento. Para otros servicios, vuelve a herencias en Segovia.
Cuéntanos qué quieres dejar y a quién; te ayudamos a prepararlo.
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Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido