Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía en Amposta al heredar: tipos según los años y bonificación del 95 % con requisitos

Cuando se hereda un inmueble urbano en Amposta, el Ayuntamiento cobra la plusvalía municipal a los herederos.

El impuesto mide lo que se ha revalorizado el suelo durante los años en que el fallecido fue su propietario.

Amposta tiene dos rasgos poco habituales: el tipo baja con los años de tenencia y la rebaja de la vivienda habitual es alta, pero exigente.

La ordenanza aplicable

Es la Ordenança fiscal núm. 4. Su artículo de bonificaciones se modificó en 2025 y el texto completo se publicó en el boletín provincial en junio de ese año.

Las ordenanzas fiscales de Amposta para 2026 no recogen cambios posteriores en ella.

Como cambió en 2025, ojo a la fecha: se aplica la versión vigente el día del fallecimiento. El profesional lo comprueba.

Cómo se tramita

Los herederos presentan una declaración en el Ayuntamiento, con el modelo municipal y los documentos de la herencia.

Después el Ayuntamiento hace la liquidación y la notifica.

No tenemos oficina en Amposta. El abogado o gestor colaborador puede presentar la declaración en tu nombre, sin que te desplaces.

El plazo

Son seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se pide.

Este plazo importa doble, porque presentar a tiempo es uno de los requisitos de la bonificación. Más en plazo de la plusvalía en una herencia.

Un tipo que depende de los años

La ordenanza fija el tipo según cuánto tiempo tuvo el fallecido el inmueble:

  • De 1 a 5 años: 30,00 %.
  • De 6 a 10 años: 30,00 %.
  • De 11 a 15 años: 24,00 %.
  • De 16 a 20 años: 22,00 %.

La tabla no menciona los periodos de menos de un año. El profesional lo revisa si es tu caso.

La base sale del valor catastral del suelo y de unos coeficientes cuyo máximo fija la ley. Ese máximo ha cambiado varias veces en 2026, así que se usa el vigente a la fecha de la defunción.

Ver cómo se calcula la plusvalía en una herencia.

La bonificación del 95 % para la vivienda habitual

Dice la ordenanza: «S’estableix una bonificació del 95% per als immobles que representin l’habitatge habitual del causant».

Añade que «haurà de ser sol·licitada per les persones interessades». No se aplica sola: hay que pedirla.

Tienen que cumplirse todas estas condiciones:

  1. Que sea una herencia, es decir, una transmisión por causa de muerte.
  2. Que el inmueble fuera «l’últim habitatge habitual del causant», de forma ininterrumpida durante los cinco años anteriores a la muerte. Se comprueba con el padrón.
  3. Que quien hereda sea «descendents, adoptats, cònjuge, parella de fet, ascendents o adoptants».
  4. Que el heredero «hagi conviscut amb el causant a l’habitatge habitual d’aquest darrer» de forma ininterrumpida los dos años anteriores a la muerte.
  5. Que sea también la vivienda habitual del heredero y se comprometa a conservarla «durant un període de cinc anys, com a mínim».
  6. Que la autoliquidación o declaración se haya presentado en plazo.
  7. Que el heredero esté al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento.

Se incluyen el trastero y una plaza de aparcamiento en el mismo edificio.

Hay reglas especiales si vivían en otro domicilio de Amposta que no era suyo o si el fallecido estaba en una residencia geriátrica.

Si se transmite antes de cinco años (por ejemplo, con una venta), hay que pagar lo bonificado más intereses de demora, por autoliquidación, en un mes desde la transmisión.

Más en bonificación de la plusvalía en herencias y en heredar y vender.

El local del negocio

La ordenanza tiene otro 95 % para el local donde el fallecido ejercía su actividad empresarial o profesional. Exige conservarlo y seguir con una actividad en él durante cinco años, y pedirlo en seis meses desde el certificado de alta en el IAE.

Si no hubo ganancia, o el viudo recibe el usufructo

Si el suelo no se ha revalorizado, no hay plusvalía. Y si la ganancia real es menor que la calculada, se tributa por la real: plusvalía cuando la casa ha perdido valor.

Si el viudo se queda el usufructo, cada uno tributa por lo suyo. Lo vemos en plusvalía y usufructo del viudo.

Conviene llevarla junto con el impuesto de sucesiones en Cataluña, que usa los mismos documentos. Para lo demás, mira abogados de herencias en Amposta o la guía de plusvalía municipal por herencia.

Datos revisados en octubre de 2026. La ordenanza puede cambiar de un año a otro; el profesional confirma la aplicable a tu caso.

Preguntas frecuentes

Mi padre vivía solo en su piso de Amposta. ¿Tengo el 95 %?

Uno de los requisitos es haber convivido con él los dos años anteriores en esa vivienda. Sin convivencia, en principio no. El profesional revisa tu caso.

¿Qué pasa si vendemos el piso a los tres años?

Habría que devolver lo bonificado con intereses de demora, porque la ordenanza pide conservarlo cinco años como mínimo.

¿Puede el Ayuntamiento revisar la liquidación?

La practica el propio Ayuntamiento, que comprueba los datos. Si no estás de acuerdo, puedes recurrir la liquidación.

Cuéntanos qué habéis heredado en Amposta y si alguien vivía en la casa. Te ayudamos a ver el primer paso.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido