Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía municipal en Arganda del Rey: la rebaja depende del valor catastral del suelo

En Arganda del Rey la rebaja de la plusvalía por herencia no es fija. Depende de cuánto valga el suelo de la vivienda según el Catastro.

Por eso dos familias con pisos parecidos pueden pagar cantidades muy distintas. Te explicamos cómo se calcula aquí y qué conviene preparar.

Datos revisados en octubre de 2026. Las ordenanzas cambian; la que se aplica es la vigente en la fecha del fallecimiento, y lo confirma el profesional con tu caso.

La plusvalía en pocas palabras

Es un impuesto del Ayuntamiento sobre el aumento de valor del suelo urbano desde que el fallecido adquirió el inmueble. En una herencia la pagan quienes reciben cada inmueble, según su parte.

En Arganda del Rey el tipo de gravamen es del 25 %, igual para todos los periodos de tenencia.

Declaración, y el Ayuntamiento liquida

La ordenanza establece un sistema de declaración-liquidación. Los herederos presentan una declaración en el modelo municipal y el Ayuntamiento practica la liquidación y la notifica.

En las herencias se acompaña el justificante del impuesto de sucesiones. Si quieres que se calcule con la ganancia real, hay que aportar también la escritura con la que el fallecido adquirió el inmueble.

El Ayuntamiento puede revisar después los datos declarados.

No tenemos oficina en Arganda del Rey. El abogado o gestor colaborador prepara la declaración y la presenta por ti.

La escala de la bonificación

Se aplica a la vivienda habitual del fallecido y a los locales donde ejercía su actividad. Los beneficiarios son «los descendientes y ascendientes, por naturaleza o adopción, y del cónyuge». La rebaja va por tramos de valor catastral del suelo:

  • 95 % si es «inferior o igual a 30.050 euros».
  • 70 % si supera 30.050 euros y no excede de 60.101 euros.
  • 50 % si supera 60.101 euros y no excede de 90.152 euros.
  • 15 % si supera 90.152 euros.

Cuando se constituye un usufructo vitalicio para el viudo, la bonificación es del 50 %. Lo explicamos en la plusvalía y el usufructo del viudo.

Requisitos que pide la ordenanza

Para la vivienda, tiene que haber sido la del fallecido hasta su muerte «y, al menos, durante los dos últimos años», según el padrón.

Se considera cumplido si estaba empadronado en una residencia de personas mayores o centro de atención residencial. También si lo estaba en la vivienda habitual de «cualquiera de sus descendientes o ascendientes por causa de dependencia». La condición es que el piso heredado fuera su última vivienda antes del traslado.

Para el local, el heredero debe mantenerlo y seguir con la actividad cinco años. El texto añade que «cada beneficiario de la bonificación deberá mantener la adquisición durante los cinco años siguientes».

Esa frase está dentro del apartado de los locales y no queda claro si alcanza a la vivienda. El profesional lo revisa antes de vender.

Mejor pedirla expresamente

La redacción vigente no aclara si la rebaja se aplica sola o hay que solicitarla. Lo prudente es pedirla en la propia declaración, con el padrón y el parentesco acreditados.

Más en la bonificación de la plusvalía en herencias.

Plazo

Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año. Según la ordenanza, basta con pedir la prórroga para que se conceda.

Lo detallamos en el plazo de la plusvalía en una herencia.

Si no hubo ganancia

Si el suelo vale hoy menos que cuando se compró y se acredita, no hay impuesto. Y si la ganancia real es menor que la del cálculo objetivo, se puede elegir la real.

Los coeficientes del cálculo objetivo los fija la ley, que ha cambiado varias veces en 2026. El profesional aplica los vigentes en la fecha del fallecimiento.

Puedes verlo en plusvalía de una casa que ha perdido valor.

Coordinarlo con sucesiones

Sucesiones lo gestiona la Comunidad de Madrid, con el mismo plazo de seis meses. Descendientes, ascendientes y cónyuge tienen una bonificación del 99 % de la cuota.

Arganda tiene oficina liquidadora, aunque se puede presentar en cualquiera o por internet. Lo tienes en impuesto de sucesiones en Madrid.

Para juzgados, Registros y notarías, entra en abogados de herencias en Arganda del Rey. La guía general es plusvalía municipal en herencias.

Preguntas frecuentes

¿Dónde veo el valor catastral del suelo?

En el recibo del IBI o en la certificación catastral. Es el dato que decide si la rebaja es del 95 %, del 70 %, del 50 % o del 15 %.

Mi padre llevaba un año en una residencia. ¿Hay rebaja?

Sí puede haberla, si estaba empadronado en la residencia y el piso fue su última vivienda antes de entrar. Hay que acreditarlo con el padrón.

Heredamos la nave del negocio familiar. ¿Entra?

En principio sí, si era un local afecto a la actividad económica del fallecido. El heredero tiene que mantener la propiedad y la actividad cinco años, y el profesional lo revisa.

¿Un sobrino tiene bonificación?

La ordenanza nombra a descendientes, ascendientes y cónyuge. El profesional revisa si tu caso encaja.

Si has heredado en Arganda del Rey, cuéntanos qué inmuebles hay y te ayudamos a empezar.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido