Humanes de Madrid: el 95 % de bonificación en la plusvalía si la casa era el hogar de todos
En Humanes de Madrid la plusvalía municipal de una herencia puede reducirse mucho. Pero la ordenanza pone una condición que conviene conocer: no basta con que la casa fuera el hogar del fallecido.
La plusvalía grava lo que ha subido el valor del suelo urbano mientras el fallecido fue propietario. La pagan los herederos que reciben el inmueble.
Datos revisados en octubre de 2026. La ordenanza se ha tocado en 2026. El profesional que lleve tu caso confirma la versión que se aplica según la fecha del fallecimiento.
La ordenanza 1.5 y su cambio de 2026
El texto completo se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en junio de 2022, tras la reforma estatal del impuesto.
En febrero de 2026 se publicó como definitivo un cambio aprobado con efectos desde el 1 de enero de 2026. Solo afecta a los coeficientes: se aplicará siempre el máximo legal vigente.
- Tipo de gravamen: el 20 %.
- Coeficientes: el máximo legal en cada momento. Ese máximo ha cambiado varias veces en 2026; el profesional comprueba el de la fecha del fallecimiento.
Puedes ver el cálculo completo en cómo se calcula la plusvalía de una herencia.
Bonificación del 95 %: qué se hereda y quién
La ordenanza bonifica un 95 % de la cuota cuando, por causa de muerte, se transmite la vivienda habitual del causante y sus anejos inseparables.
También cuando se constituye o transmite un derecho real de goce sobre esos bienes, como el usufructo.
Los beneficiarios son, con sus palabras, «los descendientes, por naturaleza o adopción, ascendientes, y del cónyuge».
La condición de los dos años
Aquí está lo importante. La vivienda tiene que haber sido la vivienda habitual tanto del causante como de los herederos que se benefician.
Y no solo al morir: durante un periodo continuado de al menos los dos años inmediatamente anteriores al fallecimiento. Se acredita con el certificado de empadronamiento.
La redacción no aclara qué pasa si solo algunos de los herederos vivían allí. Es un punto para revisar con el profesional antes de pedirla.
Hay dos requisitos más:
- Estar al corriente de pago con el Ayuntamiento de Humanes de Madrid al solicitarla.
- Pedirla al presentar la declaración, dentro de plazo, con los documentos. Si la declaración se presenta fuera de plazo, la bonificación no se aplica.
Más en bonificación de la plusvalía en herencias.
Declaración y plazos
En Humanes se presenta una declaración ante el Ayuntamiento, que después liquida y notifica lo que hay que pagar. El Ayuntamiento puede comprobar los datos declarados.
El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año. La prórroga se pide antes de que termine el plazo inicial de seis meses.
En la declaración se incluyen los datos de los herederos y una copia del documento de la herencia.
Tu Herencia Directa no tiene oficina en Humanes de Madrid. El profesional colaborador puede presentar la declaración por ti, sin que vayas a ninguna oficina nuestra.
Tienes más detalle en plazo de la plusvalía en una herencia.
Si no hubo ganancia, o fue menor
Si el valor del suelo no ha subido, no hay impuesto. Pero hay que declararlo en plazo: según la ordenanza, si no se presenta a tiempo se pierde el derecho a alegarlo. A petición del heredero, ese plazo se puede ampliar otros 30 días hábiles para aportar los títulos de adquisición.
Para tributar por la ganancia real hay que aportar todos los títulos de transmisión y adquisición. Si falta alguno, no se puede usar ese método.
Lo explicamos en plusvalía si la casa ha perdido valor.
El usufructo de la viuda o el viudo
Si el cónyuge no separado recibe el usufructo de la vivienda, la plusvalía también grava ese derecho. La bonificación puede alcanzarle si cumple la condición de los dos años.
Te lo contamos en plusvalía y usufructo del viudo.
Y el impuesto de sucesiones
Sucesiones se presenta ante la Comunidad de Madrid, también en seis meses. Para descendientes, ascendientes y cónyuge hay una bonificación del 99 % de la cuota.
Lo tienes en impuesto de sucesiones en Madrid. Juzgado y oficina liquidadora, en herencias en Humanes de Madrid. La guía general, en plusvalía municipal por herencia.
Preguntas frecuentes
Si el heredero no vivía en la casa del fallecido, ¿hay bonificación?
Con la redacción que hemos revisado, la ordenanza exige que fuera también la vivienda habitual del heredero durante dos años. El profesional lo comprueba con tu caso.
¿Cómo se prueba que era la vivienda habitual?
La ordenanza pide el certificado de empadronamiento.
¿Me afecta el cambio de 2026?
Solo cambia los coeficientes, no el tipo ni la bonificación. Aun así, se aplica la versión vigente en la fecha del fallecimiento.
¿Puedo recurrir la liquidación?
Sí, en plazos cortos. Mira recurrir la liquidación de la plusvalía.
Si has heredado en Humanes de Madrid, cuéntanos tu caso. Te ponemos en contacto con un profesional que revise si encaja la bonificación.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido