Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía en Orihuela al heredar: el requisito de los diez años de vivienda habitual

Heredar una vivienda en Orihuela, sea en el casco histórico, en una pedanía o en la costa, suele traer un impuesto municipal: la plusvalía.

Grava la subida de valor del suelo urbano durante los años en que el fallecido fue propietario. La pagan los herederos que lo reciben.

En Orihuela la rebaja para la familia existe, pero tiene una condición exigente: que la vivienda fuera la habitual del fallecido durante al menos diez años.

Datos revisados en octubre de 2026. Las ordenanzas cambian con cierta frecuencia; el profesional confirma la versión aplicable a la fecha del fallecimiento.

La ordenanza que se aplica

Es la modificación publicada con su texto íntegro en el BOP de Alicante el 20 de junio de 2022. No consta otra posterior.

Quién la gestiona

En Orihuela la plusvalía la gestiona Suma Gestión Tributaria, el organismo de la Diputación de Alicante.

Los herederos presentan una declaración con su modelo y los documentos de la herencia. Después se les notifica la liquidación, con el plazo para pagar y los recursos.

La declaración puede hacerse por la sede electrónica de Suma, en sus oficinas o por correo.

Tu Herencia Directa no tiene oficina en Orihuela. Un profesional colaborador puede presentarla en tu nombre si lo autorizas.

Plazo

Son 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año a solicitud de los herederos.

Más sobre esto en plazo de la plusvalía en una herencia.

Tipo de gravamen

El tipo es del 28 % para todos los periodos de tenencia. Se aplica sobre la base que sale del valor catastral del suelo.

Para esa base se usan coeficientes cuyo máximo fija la ley. Han cambiado varias veces en 2026, así que el profesional comprueba los de la fecha del fallecimiento.

Puedes ver el cálculo en cómo se calcula la plusvalía de una herencia.

La bonificación del 50 % y sus condiciones

Se aplica a las herencias «a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes, hasta el segundo grado de consanguinidad».

La condición es que el bien haya sido «la vivienda habitual del causante hasta la fecha de devengo del impuesto y, al menos durante los 10 últimos años».

Se acredita con certificado de empadronamiento.

Hay una excepción útil para quien acabó en una residencia de mayores, en casa de quien le cuidaba o se mudó por requerirlo la Ley de Dependencia. En ese caso cuenta la última vivienda en la que vivió antes.

Si la vivienda no cumple los diez años, o se trata de otro inmueble, la ordenanza no prevé esta rebaja. Solo recoge otra para terrenos con actividades económicas declaradas de especial interés municipal, un caso muy concreto.

Para la solicitud se remite a la normativa de Suma. Lo prudente es pedirla expresamente al presentar la declaración, con el padrón histórico.

Más en bonificación de la plusvalía en herencias.

Sin ganancia, sin impuesto

Si el suelo no ha subido de valor, no se paga. Hay que declararlo y aportar los títulos de compra y de la herencia con los valores.

Ojo: no presentar a tiempo la declaración en ese caso es infracción, aunque no haya cuota.

Y si la ganancia real es menor que la del método objetivo, se tributa por la real. Lo explicamos en plusvalía si la casa ha perdido valor.

El usufructo del viudo

Cuando el cónyuge no separado recibe el usufructo, tributa por ese derecho. La bonificación alcanza también la constitución de derechos reales de goce.

Hay una guía sobre la plusvalía del usufructo del viudo.

Plusvalía y sucesiones, a la vez

El Registro de la Propiedad no inscribe la herencia sin acreditar la declaración de plusvalía. Por eso se prepara junto a la escritura.

En sucesiones, la Comunitat Valenciana da a descendientes, cónyuge y ascendientes una bonificación del 99 % de la cuota por los bienes declarados. Lo tienes en impuesto de sucesiones en la Comunitat Valenciana.

Los juzgados, Registros y oficina de sucesiones están en herencias en Orihuela, y la guía general en plusvalía municipal por herencia.

Preguntas frecuentes

Mi padre vivió ocho años en la casa, ¿hay rebaja?

El texto exige que lo fuera «al menos durante los 10 últimos años». Con menos tiempo, el profesional revisa el padrón y tu caso concreto.

¿Vale para un apartamento en la costa de Orihuela?

Solo si era la vivienda habitual del fallecido con esos diez años, que es lo que pide el texto.

¿Y si heredo un local o un garaje suelto?

La bonificación de la ordenanza se refiere a la vivienda habitual. Para otros inmuebles hay que mirar si hubo ganancia y qué cálculo conviene.

Si has heredado en Orihuela y quieres saber si cumples la bonificación, cuéntanos tu caso. Te ponemos en contacto con un profesional.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido