Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía por herencia en Santa Eulària des Riu: tipo del 16 % y rebaja del 95 %

Santa Eulària des Riu tiene una ordenanza de plusvalía favorable para la familia que hereda. El tipo es bajo y la rebaja para los parientes directos es casi total.

Aun así, hay que presentar la declaración en plazo y con los papeles que pide el Ayuntamiento. Conviene reunirlos pronto.

Datos revisados en octubre de 2026. Las ordenanzas se modifican con frecuencia; el profesional verifica con tu caso la versión vigente en la fecha del fallecimiento.

Qué se paga y quién lo paga

La plusvalía municipal grava el aumento de valor del suelo urbano durante los años en que el inmueble fue del fallecido.

En la herencia la pagan los herederos y legatarios que reciben el inmueble, según su parte.

Afecta a casas, pisos, locales y solares urbanos del municipio, incluidos los de Santa Gertrudis, Es Canar o Jesús. Los terrenos que el Catastro considera rústicos no la pagan.

Tipo del 16 %

El tipo de gravamen que fija el Ajuntament es del 16 %. Está muy por debajo del máximo legal, que otros municipios de las islas sí aplican.

La base se calcula con el valor catastral del suelo y un coeficiente por años de tenencia. Ese coeficiente es el máximo legal, que en 2026 ha cambiado varias veces; el profesional comprueba el vigente en la fecha del fallecimiento.

Lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía en una herencia.

Bonificación del 95 % para la familia directa

La ordenanza rebaja un 95 % la cuota íntegra en las transmisiones por causa de muerte, del inmueble o de un derecho real sobre él. Los beneficiarios, en su texto literal, son:

  • «els descendents i adoptats, els cònjuges i els ascendents i adoptants».

No exige vivienda habitual, ni tope de valor catastral, ni convivencia, ni conservar el inmueble después.

Se pide en la propia declaración, en el apartado de beneficios fiscales. Si te olvidas de marcarla, el profesional valora cómo corregirlo.

Más contexto en la bonificación de la plusvalía en herencias.

Los pactos sucesorios también se bonifican

En Eivissa y Formentera existen pactos sucesorios propios, firmados en vida ante notario. La ordenanza los considera actos por causa de muerte.

Por eso también tienen la bonificación del 95 % cuando benefician a esos familiares. Es un matiz que no todos los municipios recogen.

Para entender estos pactos, mira herencias en Baleares: derecho civil propio.

Cómo se presenta y qué documentos pide

En Santa Eulària funciona la declaración: el heredero la presenta y el Ayuntamiento calcula y notifica la liquidación.

En herencias hay que acompañar copia de:

  1. La escritura de partición, si ya existe.
  2. La declaración o autoliquidación del impuesto de sucesiones.
  3. El certificado de defunción.
  4. El certificado de últimas voluntades.
  5. El testamento, si lo hay.

La declaración incluye además la referencia catastral y, si se quiere, la opción por el cálculo real.

Plazo y prórroga

El plazo es de seis meses desde el fallecimiento. Se puede ampliar hasta un año, pero con una condición clara: la prórroga se tiene que pedir antes de que acaben los seis meses.

Si se pide después, no se puede conceder. Más en el plazo de la plusvalía en una herencia.

Si no hubo ganancia

No hay impuesto si el suelo no subió de valor. Para acreditarlo se declara la transmisión y se aportan los títulos de adquisición y de transmisión.

En la herencia cuenta el valor declarado en sucesiones o el comprobado por la Administración, el que sea mayor. Si la ganancia real es menor que la objetiva, se paga sobre la real.

Lo vemos en plusvalía si la casa ha perdido valor.

El usufructo

No tributa la extinción del usufructo cuando muere el usufructuario. Sí tributa, en cambio, el usufructo que recibe el viudo al heredar.

Te lo explicamos en plusvalía y usufructo del viudo.

Junto con sucesiones, mejor

La plusvalía pide copia de lo presentado en sucesiones, así que el orden importa. En Baleares, descendientes, ascendientes y cónyuge tienen una bonificación del 100 % en la cuota de sucesiones.

Para fallecimientos desde el 14 de junio de 2026, si la vivienda habitual está en Eivissa, la reducción por vivienda alcanza hasta 378.211,68 euros por heredero, con sus requisitos.

Lo tienes en impuesto de sucesiones en Illes Balears. Los trámites del municipio, en abogados de herencias en Santa Eulària des Riu, y el resto en plusvalía municipal por herencia.

No tenemos oficina en Santa Eulària: el profesional colaborador te atiende a distancia o en su despacho.

Preguntas frecuentes

¿Necesito haber pagado sucesiones antes de declarar la plusvalía?

La ordenanza pide copia de la declaración o autoliquidación de sucesiones. Por eso conviene preparar ambas a la vez.

¿Qué pasa si pido la prórroga en el séptimo mes?

La ordenanza exige pedirla antes de que terminen los seis meses iniciales. Después ya no se puede estimar.

¿Y si mi padre me dejó la casa en un pacto sucesorio?

La ordenanza dice que los pactos sucesorios tienen naturaleza «mortis causa» y que se les aplica la bonificación. El profesional comprueba que tu pacto encaja.

Si has heredado en Santa Eulària des Riu y quieres hacerlo bien a la primera, escríbenos.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido