Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía al heredar en Viladecans: declaración, plazo y rebaja según suelo e ingresos

Cuando se hereda un piso o un terreno urbano en Viladecans, el Ayuntamiento cobra la plusvalía municipal.

Grava lo que ha subido el valor del suelo desde que el fallecido lo adquirió. La pagan los herederos que reciben el inmueble.

En Viladecans hay una particularidad: la rebaja por herencia depende del valor del suelo y de los ingresos de quien hereda.

La ordenanza que se aplica

Es la Ordenança Fiscal núm. 1.05, publicada en el Boletín de la Provincia de Barcelona como parte de las ordenanzas de 2026.

Rige desde el 1 de enero de 2026. Para este año el Ayuntamiento cambió precisamente el artículo de la bonificación por herencia.

Por eso, si la muerte fue en 2025 o antes, puede aplicarse la versión anterior. Cuenta la que estaba vigente el día del fallecimiento.

Cómo se presenta en Viladecans

Aquí no se autoliquida. Los herederos presentan ante el Ayuntamiento de Viladecans la documentación con los datos del inmueble.

Con ella, el Ayuntamiento hace la liquidación y la notifica para pagar.

Va una declaración por cada finca, con su referencia catastral, y se adjunta el documento de la herencia.

Tu Herencia Directa no tiene oficina en Viladecans. El profesional colaborador puede preparar la declaración contigo a distancia.

Plazo

Hay seis meses desde el fallecimiento. Se pueden ampliar hasta un año si se pide la prórroga dentro de esos seis meses.

Si en un mes el Ayuntamiento no contesta, la prórroga se entiende concedida.

Fuera de plazo se aplica un recargo. Lo explicamos en el plazo de la plusvalía en una herencia.

Tipo de gravamen

El tipo es del 30 % sobre la base imponible.

Esa base sale del valor catastral del suelo y de unos coeficientes según los años que el fallecido tuvo el inmueble. El máximo lo fija la ley, que en 2026 ha cambiado varias veces. El profesional comprueba cuál toca según la fecha de la muerte.

La bonificación por la vivienda del fallecido

Se aplica a la vivienda habitual del causante, es decir, la casa donde estaba empadronado.

Pueden pedirla «descendents de primer grau i adoptats, els cònjuges, i els seus ascendents de primer grau i adoptants».

Hay una condición clave: que «hagin conviscut amb el causant durant els dos anys anteriors a la defunció».

Además, antes de aceptar la herencia, el heredero no puede tener otras fincas urbanas en España. Se admiten excepciones: su parte de la propia vivienda, una plaza de aparcamiento, un trastero y un local.

Hay que solicitarla, con los justificantes, dentro del plazo de la declaración.

Y hay que conservar la vivienda «durant els quatre anys posteriors» al final de ese plazo. Si se transmite antes, por ejemplo con una venta, hay que pagar lo bonificado con intereses de demora. No pasa si el heredero muere en ese plazo o si la vivienda se pierde por dación en pago o ejecución hipotecaria.

El porcentaje se calcula así:

  • Si el valor catastral del suelo es inferior a 80.360, la rebaja es del 95 %.
  • Entre 80.360 y 160.720, va del 95 % al 60 %, según los ingresos y el número de miembros de la familia.
  • Por encima de 160.720, va del 95 % al 20 %, con el mismo criterio.

Para medir los ingresos, a los del heredero se suma «la quantia del cabal hereditari», restando el valor adjudicado de la vivienda heredada. El profesional confirma con el Ayuntamiento cómo lo computa.

Es un cálculo delicado. Puedes ver ejemplos generales en la bonificación de la plusvalía en herencias.

Si el suelo no ganó valor

Si el valor del suelo al fallecer no supera el que tenía cuando el fallecido lo adquirió, no hay plusvalía que pagar.

Y si la ganancia real es menor que la que da el cálculo objetivo, se puede pedir tributar por la real.

Ese caso lo tratamos en qué pasa si la casa perdió valor.

El viudo y el usufructo

En Cataluña, sin testamento, el viudo con hijos (si no estaban separados) recibe el usufructo de la herencia. Esa situación cambia cómo se reparte la plusvalía entre él y los hijos.

Mira la plusvalía con usufructo del viudo.

Junto al impuesto de sucesiones

El impuesto de sucesiones se presenta aparte, ante la Agència Tributària de Catalunya. Conviene preparar los dos a la vez, con los mismos valores.

Lo resumimos en impuesto de sucesiones en Cataluña. Para el resto de trámites, tienes abogados de herencias en Viladecans y la guía general de plusvalía municipal por herencia.

El Ayuntamiento puede revisar después la liquidación y corregirla si los datos no cuadran.

Datos revisados en octubre de 2026. Las ordenanzas cambian cada año; el profesional confirma con tu caso la versión que se aplica.

Preguntas frecuentes

¿Tengo rebaja si heredo el piso de mi madre pero no vivía con ella?

La ordenanza exige haber convivido con el fallecido los dos años anteriores a su muerte. Sin esa convivencia, en principio no se cumple el requisito.

¿Y si ya tengo otro piso a mi nombre?

La ordenanza pide no ser titular de otras fincas urbanas antes de aceptar, salvo las excepciones que cita. El profesional revisa tu caso.

¿Hay que calcular el importe por nuestra cuenta?

No. En Viladecans se presenta la declaración y el Ayuntamiento practica la liquidación.

Si has heredado en Viladecans, cuéntanos tu caso. Te ayudamos a situar el primer paso y te ponemos en contacto con un profesional colegiado.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido