Plusvalía municipal por herencia

Zamora: cómo se autoliquida la plusvalía de una herencia y a quién bonifica

Heredar un piso en el casco antiguo, una casa en un barrio o un solar urbano en Zamora capital lleva consigo un impuesto municipal: la plusvalía.

Grava la subida de valor del suelo urbano entre la fecha en que el fallecido lo adquirió y la de su fallecimiento.

La pagan los herederos que reciben el inmueble, en proporción a su parte. Es un impuesto distinto del de sucesiones, aunque los dos van de la mano.

Datos revisados en octubre de 2026. Las ordenanzas pueden cambiar de un año a otro, y el profesional confirma con tu caso cuál se aplica.

El texto vigente en Zamora

Es la Ordenanza nº 5 del Ayuntamiento. Su última modificación se publicó en el boletín de la provincia en mayo de 2022.

Es la versión que el servicio tributario municipal ofrece hoy en su lista de ordenanzas fiscales.

Como regla, se aplica la que estaba en vigor el día del fallecimiento. Si el caso es antiguo, el profesional comprueba qué redacción regía.

Autoliquidación en la sede de tributos

En Zamora la plusvalía se exige solo por autoliquidación. Los herederos calculan la cuota y la ingresan siguiendo lo que indica la sede electrónica de tributos del Ayuntamiento.

Si necesitas ayuda para hacerla, el servicio municipal de Gestión tributaria presta asistencia. Hay que llevar toda la documentación y dejar copias.

La autoliquidación es provisional. El Ayuntamiento comprueba que se aplicaron bien las normas y, si no está conforme, practica una liquidación definitiva con intereses y, en su caso, recargos o sanción.

Tu Herencia Directa no tiene oficina en Zamora, y no necesitas acercarte a ninguna oficina nuestra. El abogado o gestor colaborador puede preparar la autoliquidación contigo a distancia.

Qué documentos pide la ordenanza

En las herencias, con la autoliquidación se entregan:

  • copia simple de la escritura de partición, si ya se ha firmado,
  • copia de la declaración o autoliquidación del impuesto de sucesiones,
  • certificado de defunción,
  • certificado de actos de última voluntad,
  • y el testamento, si lo hay.

En la propia autoliquidación se pide, en su caso, el beneficio fiscal y se indica si se opta por el cálculo real.

Plazo y prórroga

El plazo es de seis meses desde el fallecimiento.

Se puede prorrogar hasta un año, pero con una condición: la solicitud tiene que presentarse antes de que acaben los seis meses. En ella se indican el fallecido, la fecha y lugar de la muerte, los herederos y los inmuebles en Zamora.

La prórroga se entiende concedida, pero genera intereses de demora. Lo explicamos en plazo de la plusvalía en una herencia.

Tipo de gravamen y coeficientes

El tipo en Zamora es del 30 %, el máximo que permite la ley.

Para el cálculo objetivo, el Ayuntamiento aplica los coeficientes máximos legales, sin rebaja propia. Esos máximos han cambiado varias veces en 2026, así que el profesional comprueba los vigentes en la fecha del fallecimiento.

Tampoco hay coeficiente reductor del valor catastral del suelo.

Si quieres entender la fórmula, mira cómo se calcula la plusvalía de una herencia.

La bonificación del 95 %: lee bien a quién se aplica

La ordenanza de Zamora establece una bonificación del 95 % de la cuota en las herencias. Según el texto, se aplica a las herencias «a favor de los respectivos cónyuges, así como de los descendientes menores de edad y de los adoptados menores de edad».

Incluye la transmisión o constitución de derechos reales de goce sobre el inmueble.

No exige que sea la vivienda habitual ni pone un tope de valor.

La redacción es muy concreta y no coincide con la de otras ciudades. Si en tu familia heredan otras personas, el profesional revisa tu caso antes de autoliquidar.

Más ejemplos en la guía de bonificación de la plusvalía en herencias.

Si no hubo ganancia

Si el suelo no se revalorizó, no hay impuesto. Pero hay que decirlo expresamente en la autoliquidación y aportar un documento fehaciente de la adquisición en el que figure su importe.

Lo mismo si la ganancia real es menor que la del cálculo objetivo: se puede tributar por la real, declarándolo.

En lo heredado se toma el mayor entre el valor declarado en sucesiones y el que haya comprobado la Administración. Lo ves en plusvalía si la casa ha perdido valor.

Usufructo del viudo

Si el cónyuge viudo, sin estar separado, recibe el usufructo y los hijos la nuda propiedad, cada uno tributa por su parte. La ordenanza valora el usufructo según la edad del usufructuario.

Si el caso encaja, la guía sobre el usufructo del viudo lo explica con calma.

Coordinarla con sucesiones

El impuesto de sucesiones lo gestiona la Junta de Castilla y León. Para el municipio de Zamora, la oficina competente es el Servicio Territorial de Zamora.

La propia ordenanza exige copia de la declaración de sucesiones. Por eso tiene sentido preparar los dos impuestos a la vez.

Para cónyuge, descendientes y ascendientes (también adoptados y adoptantes) hay en sucesiones una bonificación del 99 % de la cuota. Lo tienes en impuesto de sucesiones en Castilla y León.

Los trámites de la provincia están en herencias en Zamora, y la visión general en plusvalía municipal por herencia.

Preguntas frecuentes

¿Puedo autoliquidar sin hacerlo por internet?

La ordenanza remite a la sede electrónica de tributos, pero el servicio de Gestión tributaria ofrece asistencia si la necesitas.

¿La bonificación vale para todos los hijos?

La ordenanza habla de «los descendientes menores de edad y de los adoptados menores de edad», además del cónyuge. El profesional confirma tu caso.

¿Qué pasa si pido la prórroga tarde?

La ordenanza exige pedirla antes de que acabe el plazo inicial de seis meses. Fuera de ese plazo no se estima.

Si te ha tocado heredar en Zamora y quieres revisar la plusvalía con alguien que conozca la ordenanza, cuéntanos tu caso. Te ponemos en contacto con un profesional.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido