Plusvalía municipal por herencia

Cómo recurrir la plusvalía de una herencia o pedir la devolución

Si crees que la plusvalía de tu herencia está mal calculada, puedes recurrir la liquidación del ayuntamiento. Si la pagaste mediante autoliquidación, puedes pedir su rectificación y la devolución. El camino depende de cómo se cobró.

Los motivos más habituales son tres: no hubo ganancia real, se aplicó la fórmula cuando el método real salía más bajo o no se tuvo en cuenta una bonificación.

Hay que actuar dentro de plazo. Una liquidación que no se recurre a tiempo queda firme y es muy difícil revisarla después.

Aquí te explicamos cada caso y qué pruebas suelen pedir.

Primero, mira qué tienes en la mano

Hay dos formas de cobrar la plusvalía, y cada una tiene su vía:

  • Liquidación: el ayuntamiento calcula y envía la carta con el importe. Se recurre.
  • Autoliquidación: el heredero calcula y paga. Se pide que se rectifique.

La carta o el justificante lo dicen. Si no está claro, el profesional lo identifica enseguida.

Si te han enviado una liquidación

Lo normal es presentar un recurso de reposición ante el propio ayuntamiento. El plazo viene indicado en la carta y es breve.

En el recurso se explica por qué el cálculo no es correcto y se aportan los documentos.

Si el ayuntamiento lo rechaza, todavía se puede acudir a los tribunales. En algunas grandes ciudades existe además un órgano económico-administrativo municipal.

Recurrir no suspende el pago de forma automática. Si se quiere evitar el cobro mientras se decide, hay que pedir la suspensión con los requisitos que marque la ley.

Si ya la pagaste con autoliquidación

Puedes pedir la rectificación de la autoliquidación y la devolución de lo pagado de más. Aquí hay más margen de tiempo, mientras no haya prescrito.

Se presenta un escrito al ayuntamiento explicando el error y aportando las pruebas. Si se reconoce, se devuelve lo cobrado de más con sus intereses.

No hace falta esperar a que el ayuntamiento revise nada. La iniciativa es tuya.

Qué pruebas sirven

  • Escritura de adquisición del fallecido, con su fecha y su valor.
  • Valor declarado en la herencia, en la escritura o en la autoliquidación de sucesiones.
  • Tasación del inmueble, si el valor de la herencia no refleja la realidad.
  • Documentos de parentesco y empadronamiento, si se reclama una bonificación.

Si la casa vale menos que cuando se compró, el detalle está en plusvalía si la casa ha perdido valor.

Si hay varios herederos

Cada heredero recibe su propia liquidación o presenta su propia autoliquidación, por su parte del inmueble.

Por eso cada uno puede recurrir o pedir la devolución de lo suyo. Lo más práctico es hacerlo todos a la vez y con los mismos argumentos.

Si solo recurre uno y gana, los demás no se benefician de forma automática. Tendrían que reclamar también dentro de su plazo.

Lo que no suele funcionar

Recurrir solo porque la cantidad parece alta no basta. Hace falta un motivo concreto y pruebas.

Tampoco ayuda usar valores distintos en sucesiones y en plusvalía. El ayuntamiento puede contrastarlos.

Y hay que tener cuidado con las reclamaciones de plusvalías muy antiguas. Muchas de las pagadas antes del cambio de la ley ya no pueden revisarse si quedaron firmes.

Qué hacer ahora

  1. Identifica si es liquidación o autoliquidación y la fecha de la carta.
  2. Reúne la escritura de compra y el valor de la herencia.
  3. Comprueba si la ordenanza tenía una bonificación que no se aplicó.
  4. Pide que un profesional revise los cálculos antes de que acabe el plazo.

Para entender el cálculo de base, mira cómo se calcula la plusvalía en una herencia. Y para el resto, la página de la plusvalía municipal por herencia.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar mientras recurro?

En general sí, salvo que se pida y se conceda la suspensión. Si se gana el recurso, se devuelve lo pagado.

¿Puedo reclamar una plusvalía de hace años?

Depende de si fue liquidación firme o autoliquidación, y del tiempo pasado. Mira también plusvalía de una herencia antigua.

¿Hace falta abogado para recurrir?

En vía administrativa no es obligatorio. En los tribunales, sí. En cualquier caso, ayuda que alguien con experiencia prepare el escrito.

Revisar una plusvalía mal calculada lleva papeles, pero a veces cambia mucho el resultado. Cuéntanos qué te ha llegado del ayuntamiento y te ponemos en contacto con un profesional que lo revise.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido