Impuesto de sucesiones en Castilla y León

Cuando heredan hijos, viudo o padres en Castilla y León

«¿Vamos a tener que pagar mucho?». Es lo que preguntan casi todos los hijos que acaban de perder a su padre o a su madre en Castilla y León.

La respuesta, en la mayoría de los casos, es tranquilizadora: la familia directa tiene aquí unas ventajas muy amplias. Pero hay que entender cómo funcionan para no cometer errores al presentar.

Datos revisados en octubre de 2026. Si la ley cambia, el profesional que lleve vuestra herencia lo comprobará con vuestro caso.

Quiénes se benefician

Las ventajas de esta página son para:

  • Hijos, nietos y demás descendientes, también los adoptados.
  • El cónyuge viudo.
  • Padres, abuelos y demás ascendientes, también los adoptantes.
  • La pareja de una unión de hecho inscrita, con al menos 2 años de convivencia, que se equipara al cónyuge.

Los suegros, los yernos o los hijos del cónyuge no adoptados quedan fuera. Fiscalmente son grupo III.

Las reducciones: tres capas

Piensa en las reducciones como capas que se van restando de lo que recibe cada heredero.

La reducción por parentesco. Descendientes de 21 años o más, cónyuge y ascendientes restan 60.000 €. Un descendiente menor de 21 suma 6.000 € más por cada año que le falte para cumplirlos.

Las demás reducciones que le correspondan. Por ejemplo, la de vivienda habitual, la de empresa familiar, la de seguros de vida o la de discapacidad.

La reducción variable. Se calcula al final: es lo que falta para llegar a 400.000 € sumando todas las anteriores. Si ya se superaban, esta capa es cero.

El efecto práctico es sencillo de recordar. Cada descendiente, ascendiente o cónyuge resta, como mínimo, 400.000 € de lo que hereda.

Si lo que recibe no llega a esa cantidad, su base queda a cero y no hay cuota.

La bonificación del 99 %

Si después de las reducciones queda base, se calcula la cuota. Sobre ella se aplica una bonificación del 99 %.

Entra también lo cobrado por seguros de vida que se suma a la porción hereditaria del beneficiario.

Esta bonificación rige para fallecimientos producidos a partir del 9 de mayo de 2021. Si la herencia es anterior y sigue sin tramitarse, el profesional revisará qué norma toca.

En herencias grandes, el 1 % de cuota que queda puede tener su peso. En las corrientes, el resultado suele ser muy pequeño o nulo.

Discapacidad y otras situaciones

Si el heredero tiene una discapacidad reconocida, su reducción propia es de 125.000 € con un grado de al menos el 33 % y menos del 65 %. Con el 65 % o más, 225.000 €.

Estas cantidades sustituyen a la reducción estatal por discapacidad y se suman a la de parentesco.

Cuando el fallecido fue víctima del terrorismo o de violencia de género, hay además una reducción del 99 %. También cuando el heredero es víctima del terrorismo.

El viudo y el usufructo

Antes de calcular nada, hay que separar los bienes gananciales. La mitad del viudo no es herencia y no tributa.

De la otra mitad, el viudo suele recibir un usufructo: el derecho a usar los bienes o a cobrar sus rentas. Ese derecho tiene un valor y tributa.

En Castilla y León, con las reducciones y la bonificación, el viudo rara vez paga una cantidad alta. Pero tiene que presentar su autoliquidación como los demás.

Lo explicamos con calma en usufructo del viudo en sucesiones.

Errores que conviene evitar

  • Pensar que no hay que presentar nada. Las reducciones y la bonificación se aplican dentro de la autoliquidación.
  • Olvidar el certificado bancario. La comunidad pide los movimientos de las cuentas del fallecido del año natural anterior a su muerte.
  • Dejar pasar los seis meses. Presentar tarde trae recargos si hay algo que pagar. Aunque salga cero, puede haber una multa.
  • No revisar donaciones recientes. Lo donado en vida a un heredero puede influir en el cálculo de la herencia.

Preguntas frecuentes

¿Un nieto tiene las mismas ventajas que un hijo?

Sí. Es descendiente, así que tiene la reducción por parentesco, la variable y el 99 %.

¿Mi pareja de hecho tiene derecho a esto?

Si estabais inscritos como unión de hecho y llevabais al menos 2 años de convivencia, sí. Si no, tributa como persona sin parentesco.

¿Cada hijo hace su propia autoliquidación?

Sí, cada uno presenta su modelo 650. Van todos acompañados de una única declaración de bienes.

El resumen de todo el impuesto en la región está en sucesiones en Castilla y León. Si quieres saber quién presenta qué, mira quién paga el impuesto de sucesiones.

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Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido