Impuesto de sucesiones en Castilla y León

Cómo y cuándo se presenta sucesiones en Castilla y León

Aunque en Castilla y León la familia directa pague muy poco, el impuesto de sucesiones hay que presentarlo. Y en plazo.

Es un trámite con más papeles de lo que parece, y la comunidad pide uno que en otras no es habitual. Aquí te contamos qué se presenta, dónde y cuándo.

Datos revisados en octubre de 2026. Los formularios y requisitos pueden cambiar, y el profesional confirma los vigentes antes de presentar.

El plazo

Hay seis meses desde el fallecimiento. Es el régimen general, el mismo que en la mayoría de comunidades.

Si no vais a llegar, se puede pedir una prórroga de otros seis meses. La petición debe hacerse dentro de los cinco primeros meses.

La prórroga da más tiempo, pero tiene un precio en forma de intereses de demora por el tiempo añadido. Tienes más en prórroga del impuesto de sucesiones.

Si el plazo ya se ha pasado, cuanto antes se presente, menor será el recargo. Lo vemos en sucesiones fuera de plazo.

Dos piezas: la declaración y las autoliquidaciones

En Castilla y León la presentación tiene dos partes que van juntas:

  • La declaración de la herencia, con el modelo 660 o con el 661, que es una versión simplificada para herencias sencillas. Recoge todos los bienes, deudas y herederos.
  • Una autoliquidación por cada heredero, con el modelo 650. En ella cada uno calcula su impuesto, con sus reducciones y su bonificación.

El pago, si lo hay, se puede hacer por vía telemática o en las entidades colaboradoras.

Más sobre el impreso individual en modelo 650.

El certificado que no hay que olvidar

La comunidad exige aportar un certificado bancario de movimientos de cada cuenta del fallecido. Debe abarcar el año natural anterior al fallecimiento.

Por ejemplo, si la persona murió en marzo, el certificado recoge los movimientos de enero a diciembre del año anterior.

Permite a la Administración revisar los movimientos del último año completo. Si hubo retiradas o transferencias grandes, conviene saber explicarlas antes de presentar.

Conviene pedirlo pronto a cada banco. Algunas entidades tardan en emitirlo, y sin él la presentación queda incompleta.

La carpeta completa

  1. Certificado de defunción y certificado de últimas voluntades.
  2. Copia autorizada del testamento o declaración de herederos.
  3. Certificado de seguros de vida del fallecido.
  4. Certificados de saldo a la fecha de fallecimiento y de movimientos del año anterior, de cada banco.
  5. Datos catastrales de los inmuebles y, si los hay, de vehículos, acciones o fondos.
  6. Justificantes de deudas y gastos de entierro.
  7. DNI y parentesco de cada heredero.
  8. Si se aplica una reducción especial, la documentación que la justifique, como las cuentas de la empresa.

Dónde se presenta

Lo gestionan los Servicios Territoriales de Hacienda de cada una de las nueve provincias y las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario.

El profesional comprueba qué oficina corresponde a vuestra herencia y si conviene presentar por vía telemática.

Si los herederos viven fuera, no hace falta que viajen. Un profesional puede presentar en su nombre con la autorización correspondiente.

Un calendario realista

  • Primer mes: certificados básicos y copia del testamento.
  • Segundo y tercer mes: certificados bancarios, inventario de bienes y valoración.
  • Cuarto mes: cálculo de cada autoliquidación. Si algo se atasca, es el momento de pedir la prórroga.
  • Quinto y sexto mes: revisión final, pago si lo hay y presentación.

La aceptación ante notario puede firmarse antes o después. No tiene por qué coincidir con el impuesto, aunque muchas familias lo hacen todo en la misma etapa para no volver dos veces a la notaría.

Preguntas frecuentes

Si no sale nada a pagar, ¿también hay que presentar?

Sí. La reducción variable y la bonificación del 99 % se aplican dentro de las autoliquidaciones. Sin presentarlas, no se aplican.

¿Qué pasa si el banco no me da el certificado de movimientos a tiempo?

Pídelo cuanto antes y guarda la solicitud. Si se retrasa mucho, valora con el profesional pedir la prórroga.

¿Modelo 660 o 661?

El 661 es la versión simplificada. El profesional elige el que corresponda según cómo sea la herencia.

El resto de reglas del impuesto en la región está en sucesiones en Castilla y León.

Si el reloj corre y no sabéis por dónde empezar, escríbenos. Te ponemos en contacto con un profesional de tu provincia que te explica sus honorarios antes de empezar.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido