Aplazar o fraccionar el impuesto de sucesiones

Prórroga del impuesto de sucesiones: cuándo y cómo pedirla

La prórroga permite tener más tiempo para presentar el impuesto de sucesiones. Se pide a Hacienda de la comunidad autónoma dentro de los cinco primeros meses desde el fallecimiento.

Si se concede, el plazo de seis meses se alarga otros seis más. Durante ese tiempo extra corren intereses.

Es una herramienta muy útil cuando la herencia no está lista: faltan papeles, hay que localizar bienes o los herederos aún no se han puesto de acuerdo.

Pero tiene una condición estricta: si se pasan los cinco meses, ya no se puede pedir.

Para qué sirve y para qué no

La prórroga amplía el plazo para presentar la declaración del impuesto.

  • Sí sirve para ganar tiempo mientras se reúnen documentos, se valoran inmuebles o se busca un acuerdo.
  • Sí sirve para preparar la venta de un bien con el que pagar.
  • No reduce lo que hay que pagar. Al contrario, se añaden intereses por el tiempo extra.
  • No sustituye a un aplazamiento del pago. Son trámites distintos.

Si el problema es que no hay dinero para pagar, quizá encaje mejor un aplazamiento o un fraccionamiento. Lo explicamos en fraccionar el impuesto de sucesiones.

Quién la pide y dónde

La puede pedir cualquiera de los herederos, legatarios o beneficiarios, o un representante en su nombre.

Se presenta ante la oficina de Hacienda de la comunidad donde vivía el fallecido. Muchas comunidades permiten hacerlo por internet.

Si los herederos son varios, lo normal es que la pida uno en nombre de todos o que se pida conjuntamente. El profesional comprueba que la solicitud cubra a todos los interesados.

Qué datos y documentos hacen falta

Suele bastar con:

  • Datos del fallecido y fecha de fallecimiento.
  • Certificado de defunción.
  • Datos de los herederos y su parentesco.
  • Una relación aproximada de los bienes, aunque no sea definitiva.
  • El motivo por el que se pide más tiempo.

No hace falta tener calculado el impuesto. Precisamente se pide la prórroga porque aún no está todo claro.

Lo que conviene saber

  • El plazo es estricto. Una solicitud presentada en el sexto mes llega tarde.
  • Corren intereses. Se calculan desde que acaba el plazo normal hasta que se presenta.
  • No vale para la plusvalía. El ayuntamiento tiene su propio procedimiento de prórroga.
  • No para otras obligaciones. La renta del fallecido sigue su propio calendario.

En la norma general, si Hacienda no contesta en el plazo previsto, la prórroga se entiende concedida. El profesional comprueba si tu comunidad tiene reglas propias.

¿Merece la pena pedirla?

Depende de cómo esté la herencia al cuarto o quinto mes.

Si todo está listo, es mejor presentar en plazo y evitar intereses. Si falta información importante, la prórroga evita presentar mal o fuera de plazo.

Presentar con prisa y con datos incompletos puede salir más caro que unos intereses. Una valoración mal hecha o una reducción olvidada cuestan más.

Muchas familias piden la prórroga por prudencia y después presentan antes de agotarla. Es una opción razonable.

Qué hacer ahora

  1. Calcula la fecha exacta en que se cumplen cinco meses del fallecimiento.
  2. Valora si la herencia estará lista antes de los seis meses.
  3. Si no lo está, reúne el certificado de defunción y los datos de los herederos.
  4. Presenta la solicitud en la oficina de tu comunidad o por su sede electrónica.
  5. Guarda el justificante de la solicitud con el resto de papeles de la herencia.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la prórroga en el sexto mes?

No. Solo se admite dentro de los cinco primeros meses desde el fallecimiento.

¿La prórroga sirve para pagar más tarde?

Sirve para presentar más tarde, y con ello se paga más tarde, pero con intereses. Para pagar en plazos existe el fraccionamiento.

¿Hay que pedir otra prórroga para la plusvalía?

Sí. La plusvalía es un impuesto municipal y se pide aparte, en el ayuntamiento.

Para conocer todas las opciones para pagar más adelante o en plazos, vuelve a la página de aplazar o fraccionar el impuesto de sucesiones.

Si se acerca el quinto mes y la herencia no está lista, cuéntanos tu caso. Te ayudamos a situar el primer paso con un profesional antes de que se cierre esa puerta.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido