Aplazar o fraccionar el impuesto de sucesiones

Fraccionar el impuesto de sucesiones: requisitos, garantías e intereses

Sí, el impuesto de sucesiones se puede pagar en plazos. Se llama fraccionamiento y se pide a Hacienda de la comunidad autónoma antes de que termine el plazo para pagar.

A cambio, se pagan intereses por el tiempo que se tarda. Y, según la cantidad, se exige una garantía, como un aval bancario o una hipoteca sobre un bien.

Es una salida razonable cuando se hereda algo de valor, como una vivienda, pero no hay dinero para pagar de golpe.

Cada comunidad gestiona sus solicitudes y puede tener sus propios criterios. El profesional lo comprueba en la tuya.

Aplazar o fraccionar: la diferencia

  • Aplazar es pagar toda la cantidad de una vez, pero en una fecha posterior.
  • Fraccionar es dividir la cantidad en varios pagos, normalmente mensuales o trimestrales.

Las dos cosas se piden por el mismo camino. La elección depende de cuándo se espera tener el dinero.

Si se va a vender un piso en unos meses, puede encajar mejor un aplazamiento. Si se va a pagar con ingresos mensuales, un fraccionamiento.

Cuándo se pide

La solicitud debe presentarse dentro del plazo de pago voluntario. En sucesiones, eso suele coincidir con el plazo para presentar el impuesto.

Lo habitual es presentar la autoliquidación y, al mismo tiempo, pedir el fraccionamiento en lugar de pagar.

Si se pide fuera de plazo, la deuda ya tiene recargos. Aún se puede pedir, pero en peores condiciones.

Mientras Hacienda estudia la solicitud presentada a tiempo, no se inicia el cobro forzoso.

Las garantías

Hacienda quiere asegurarse de que cobrará. Por eso, a partir de cierta cantidad, pide una garantía.

Las más habituales son:

  • Aval bancario o seguro de caución.
  • Hipoteca sobre un inmueble, a menudo el mismo que se hereda.
  • Otras garantías, cuando se demuestra que no es posible conseguir un aval.

Por debajo de un determinado importe, la ley permite fraccionar sin garantía. Ese límite lo fija la normativa y puede cambiar, así que el profesional lo confirma con tu caso.

Conseguir un aval tiene su propio coste con el banco. Conviene tenerlo en cuenta al decidir.

Los intereses

Fraccionar tiene un precio: se pagan intereses de demora por el tiempo que se tarda en pagar.

El tipo de interés lo fija la ley cada año. No es el de un préstamo bancario, y a menudo resulta más bajo.

Cuanto más largo el fraccionamiento, más intereses. Por eso conviene ajustarlo a lo que realmente se necesita.

Facilidades propias del impuesto de sucesiones

La normativa del impuesto contempla situaciones especiales en las que se dan más facilidades para pagar.

Por ejemplo, cuando en la herencia apenas hay dinero líquido y lo principal es un inmueble o un negocio.

Si se cumplen los requisitos, pueden concederse plazos más amplios. El profesional revisa si tu caso encaja.

Qué pasa si no se paga un plazo

Si se deja de pagar una cuota del fraccionamiento, Hacienda puede dar por vencida toda la deuda.

Se reclamaría entonces de una vez, con recargos, y se podría ejecutar la garantía. Lo contamos en qué pasa si no pago el impuesto de sucesiones.

Qué hacer ahora

  1. Pide que un profesional calcule cuánto tiene que pagar cada heredero.
  2. Comprueba si el dinero del fallecido puede cubrir una parte.
  3. Calcula cuánto podéis pagar al mes o cuándo tendréis el dinero.
  4. Si hace falta garantía, consulta con tu banco las condiciones de un aval.
  5. Presenta la solicitud junto con la autoliquidación, dentro del plazo.

Preguntas frecuentes

¿Cada heredero puede pedir su propio fraccionamiento?

Sí. Cada heredero tiene su propia deuda y puede pedir condiciones distintas.

¿Me pueden denegar el fraccionamiento?

Sí, si Hacienda considera que no hay dificultad real para pagar o que la garantía no es suficiente. En ese caso, te da un plazo para pagar.

¿Puedo pagar antes de tiempo?

Sí. Adelantar el pago reduce los intereses.

Para ver todas las formas de pagar el impuesto con margen, vuelve a la página de aplazar o fraccionar el impuesto de sucesiones.

Si necesitas pagar en plazos y no sabes cómo pedirlo, cuéntanos tu caso. Buscamos un profesional de tu provincia que prepare la solicitud.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido