Abogados de herencias en Alcalá de Henares

Hacer testamento en Alcalá de Henares: cómo prepararlo y firmarlo ante notario

Si vives en Alcalá de Henares y quieres dejar tus cosas ordenadas, puedes firmar el testamento ante notario en la propia ciudad. Te ponemos en contacto con un abogado que lo prepara contigo antes de la cita.

Escríbenos por WhatsApp a cualquier hora, sin compromiso. El abogado te explica sus honorarios antes de empezar.

Datos revisados en octubre de 2026. Las normas pueden cambiar, y el profesional que lleve tu caso lo confirma.

Qué es hacer testamento y por qué conviene pensarlo antes

Un testamento es el documento en el que dices quién se queda con tus bienes cuando faltes. Casi siempre es un testamento abierto, es decir, firmado ante notario, que lo redacta y lo guarda.

Firmarlo es rápido. Lo que lleva tiempo es decidir bien qué quieres y comprobar que la ley te deja hacerlo.

Paso a paso para hacer testamento en Alcalá de Henares

  1. Haz una lista de lo que tienes: la vivienda, cuentas, un local, una plaza de garaje o un seguro de vida.
  2. Si la casa está en Alcalá, mira en qué Registro está. La ciudad tiene cinco Registros de la Propiedad, del n.º 1 al 5, y la nota simple te lo dice.
  3. Comprueba tu vecindad civil, que es la ley civil que te corresponde por origen y residencia. La Comunidad de Madrid no tiene derecho civil propio, pero quizá vengas de otra comunidad que sí lo tiene.
  4. Si tu situación tiene aristas, habla antes con el abogado colaborador. Hijos de distintas parejas, un hijo con discapacidad o un negocio son ejemplos claros.
  5. Elige notaría y pide cita. La demarcación notarial del distrito de Alcalá de Henares prevé siete notarías en la ciudad, y para el testamento puedes elegir la que prefieras.
  6. Envía antes tus datos y lo que quieres dejar. La notaría prepara un borrador y lo repasas con calma.
  7. El día de la firma, el notario lee el testamento, comprueba que entiendes lo que firmas y lo firmas tú.
  8. La notaría lo comunica al Registro General de Actos de Última Voluntad. Así tu familia podrá saber que existe cuando llegue el momento.

Todas las notarías de Alcalá pertenecen al Colegio Notarial de Madrid, cuyo ámbito es la provincia entera.

Lo que la ley te obliga a respetar

En Alcalá, como en toda la Comunidad de Madrid, rige el Código Civil. Eso significa que hay una parte reservada a ciertos familiares, la legítima.

  • Si tienes hijos, dos tercios de la herencia son para ellos. Uno de esos dos tercios, el tercio de mejora, puedes repartirlo de forma desigual entre hijos y nietos.
  • El tercio restante es de libre disposición: puedes dejarlo a quien quieras, sea o no de la familia.
  • Sin hijos ni nietos, la legítima pasa a tus padres y demás ascendientes, que tienen menos que los hijos.
  • Tu cónyuge, si no estabais separados, tiene derecho al usufructo de una parte, no a la propiedad.

La pareja de hecho no tiene legítima en el Código Civil. Si quieres dejarle algo, tiene que constar en el testamento.

Qué documentos llevar

  • Tu DNI o NIE en vigor (o el pasaporte, si eres extranjero).
  • Nombre completo y, si los tienes, DNI de las personas que vas a nombrar: herederos, legatarios, tutor de tus hijos menores.
  • Una relación de bienes, aunque sea aproximada. Para la vivienda sirve el recibo del IBI o la nota simple.
  • Tu testamento anterior, si lo hiciste, para saber qué cambia.
  • Si tienes un hijo con discapacidad, lo que ya conste sobre sus apoyos.

No hace falta llevar testigos en el caso normal. El notario te dice si en tu situación concreta los necesitas.

Situaciones que vemos a menudo en Alcalá

Un matrimonio con dos hijos quiere que, si falta uno, el otro pueda seguir en casa sin pedir permiso a nadie. En el Código Civil no cabe un testamento conjunto: cada uno firma el suyo, normalmente el mismo día.

Una madre vive con el hijo que la cuida en su piso de Alcalá y quiere favorecerle. Puede usar el tercio de mejora y el de libre disposición, siempre respetando la legítima de los demás hijos.

Una persona sin hijos quiere dejar el piso a sus sobrinos. Si viven sus padres u otros ascendientes, o si está casada, ellos tienen legítima; si no, puede dejarlo a los sobrinos con libertad.

Una pareja lleva años junta en Alcalá sin casarse. Sin testamento, la pareja de hecho no hereda nada por ley, así que conviene hacerlo y revisar si está inscrita.

Pensar en la vivienda: plusvalía e impuesto de sucesiones

Quien hereda una vivienda en Alcalá paga la plusvalía municipal, salvo que no haya incremento de valor del terreno. El Ayuntamiento la liquida con un tipo del 24 % sobre la base del impuesto.

La ordenanza prevé una bonificación del 95 % con un límite de 100.000 € de valor catastral del terreno. Se aplica a «los descendientes y adoptados, los cónyuges (o parejas de hecho, inscritas en el registro correspondiente) y los ascendientes y adoptantes».

Tiene que ser el terreno de la vivienda habitual del fallecido. Además, los herederos deben haber convivido con él los dos años anteriores y no transmitir la casa en los cuatro siguientes.

Por eso, a quién dejas la vivienda puede cambiar mucho lo que pague tu familia. Lo explicamos en plusvalía por herencia en Alcalá de Henares.

En el impuesto de sucesiones, la Comunidad de Madrid bonifica el 99 % de la cuota a los grupos I y II: descendientes, cónyuge y ascendientes, entre otros.

La vivienda habitual del fallecido tiene además una reducción del 95 %, con un límite de 123.000 euros por heredero. En principio se pierde si no se mantiene cinco años.

Los sobrinos, en cambio, están en el grupo III, con una bonificación del 50 % sobre la parte de la cuota de los bienes declarados de forma completa. Un amigo no tiene bonificación. Lo ves en el impuesto de sucesiones en la Comunidad de Madrid.

Plazos y quién cobra qué

Para hacer testamento no hay plazo ni edad máxima (la mínima es de 14 años), y se puede cambiar tantas veces como quieras. Por regla general, el último deja sin efecto los anteriores.

  • La notaría cobra su factura según el arancel notarial, que fija la norma y no el notario a su gusto.
  • El abogado, si quieres que lo prepare contigo, te explica sus honorarios antes de empezar.
  • Hacer testamento no paga impuestos. El impuesto de sucesiones y la plusvalía llegan después, cuando alguien hereda.

El testamento escrito a mano, llamado ológrafo, no pasa por notaría en vida. Solo pueden hacerlo los mayores de edad, y tras el fallecimiento hay que adverarlo ante notario en los cinco años siguientes. Si se pierde, no sirve.

Cómo comprobarlo por tu cuenta

Las notarías previstas en Alcalá de Henares figuran en el anexo de la demarcación notarial, publicado en el BOE.

Los requisitos de la bonificación de la plusvalía están en la página del Portal del Contribuyente de Alcalá.

Y las reglas del impuesto de sucesiones las publica la Comunidad de Madrid.

Si la ordenanza cambia, se aplica la que esté vigente el día del fallecimiento. Por eso conviene revisar el testamento cada cierto tiempo.

Qué hace por ti el abogado colaborador

Tu Herencia Directa no tiene oficina en Alcalá de Henares ni es un despacho. Escuchamos lo que quieres dejar y te ponemos en contacto con un abogado colegiado que prepara testamentos.

El abogado puede atenderte a distancia o en su despacho. Te ayuda a ordenar las ideas, revisa tu vecindad civil y redacta un borrador para la notaría.

También te dice si conviene nombrar un contador-partidor, una persona de confianza que haga el reparto y que no puede ser uno de los herederos.

En la ciudad tiene su sede el Colegio de Abogados de Alcalá de Henares. Su demarcación son los partidos judiciales de Alcalá, Arganda del Rey, Coslada y Torrejón de Ardoz.

Preguntas frecuentes

¿Dónde puedo hacer testamento en Alcalá de Henares?

En cualquier notaría. La demarcación notarial prevé siete en la ciudad, y para el testamento eliges libremente.

¿Hace falta abogado para hacer testamento en Alcalá de Henares?

No es obligatorio, porque el notario lo redacta. Pero si hay hijos de distintas parejas, bienes en varios sitios o un negocio, ayuda prepararlo antes con un abogado.

¿Cuánto cuesta hacer testamento ante notario en Alcalá?

La notaría aplica el arancel notarial, igual en toda España. Si además quieres abogado, te explica sus honorarios antes de empezar.

¿Puede el notario venir a casa, al hospital o a la residencia?

Sí, el notario puede desplazarse cuando la persona no puede ir a la notaría. Comprueba igualmente que entiende lo que firma.

¿Necesito testigos para hacer testamento?

En el caso normal, no. Hacen falta en situaciones especiales, por ejemplo si la persona no sabe o no puede firmar.

¿Mi pareja de hecho hereda si no hago testamento?

En el Código Civil, no. Para que reciba algo tiene que constar en tu testamento, respetando las legítimas.

¿Qué ley se aplica si nací en Cataluña y vivo en Alcalá?

Depende de tu vecindad civil, que puede seguir siendo catalana pese a los años vividos aquí. El abogado lo revisa contigo.

¿Un extranjero que vive en Alcalá puede hacer testamento aquí?

Sí. Por regla general se aplica la ley de su residencia, pero puede elegir en el testamento la de su nacionalidad. Si no habla español y el notario no conoce su idioma, se hace con intérprete y en las dos lenguas.

¿Cómo sé si mi padre hizo testamento en Alcalá?

Tras el fallecimiento se pide el certificado de últimas voluntades. Indica si hay testamento y ante qué notario se firmó.

¿Puedo cambiar el testamento más adelante?

Sí, cuantas veces quieras, firmando uno nuevo ante notario. Por regla general, el nuevo deja sin efecto el anterior.

Te puede interesar

Cuéntanos qué quieres dejar y a quién. Te ponemos en contacto con un abogado que te ayude a dejarlo bien escrito.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido