Heredar la casa del fallecido en la Comunitat Valenciana
La casa donde vivía la persona fallecida suele ser el bien más importante de la herencia. Y muchas veces, el que más cuesta decidir qué hacer con él.
En la Comunitat Valenciana tiene una reducción propia en el impuesto de sucesiones. Aquí explicamos quién puede usarla, cuánto reduce y qué compromiso exige.
Datos revisados en octubre de 2026. La norma puede cambiar: el profesional que lleve la herencia confirma con tu caso que se cumplen los requisitos.
La regla en tres datos
- Cuánto: se reduce el 95 % del valor de la vivienda incluido en la base.
- Hasta dónde: con un límite de 150.000 euros por heredero, no por herencia.
- A cambio de qué: el heredero debe mantenerla cinco años, salvo que fallezca antes.
Para comparar, la ley estatal reduce también el 95 %, pero con un tope de 122.606,47 euros y diez años de mantenimiento. La valenciana es más amplia en tope y más corta en plazo.
Quién puede aplicarla
La ley la reserva a estos herederos:
- El cónyuge, y la pareja de hecho inscrita, que se le equipara.
- Los descendientes: hijos, nietos.
- Los ascendientes: padres, abuelos.
- Un pariente colateral mayor de 65 años que conviviera con el fallecido durante los dos años anteriores al fallecimiento.
El último caso suele ser el de una hermana o un hermano que compartía casa con quien ha fallecido. Para ellos, la reducción puede pesar mucho más que para un hijo.
Cuándo se nota de verdad
Para descendientes, ascendientes o cónyuge, la bonificación del 99 % ya deja la cuota en poco. Aun así, la reducción por vivienda rebaja la base, y eso puede afectar a otros cálculos.
Donde realmente cambia el resultado es en el grupo III. Un hermano mayor de 65 que convivía con el fallecido tiene una reducción estatal pequeña y una bonificación parcial.
Para él, quitar el 95 % del valor de la vivienda, hasta 150.000 euros, puede reducir mucho el impuesto.
Un ejemplo con varias personas
Dos hijas heredan a partes iguales la casa de su madre, que vivía allí. Cada una recibe la mitad.
Cada hija aplica su propia reducción sobre su mitad, con su propio límite de 150.000 euros. Las dos tienen que conservar su parte cinco años.
Si una quiere vender pronto y la otra no, conviene hablarlo antes de presentar el impuesto. La reducción de una no depende de lo que haga la otra con su mitad.
Qué valor se toma
Los inmuebles se valoran, como mínimo, por el valor de referencia del Catastro a la fecha del fallecimiento. Si en la escritura se declara un valor mayor, se toma ese.
La reducción se calcula sobre ese valor. Tienes más detalle en el valor de referencia catastral en una herencia.
Qué pasa si se vende antes de tiempo
En general, si el heredero vende la vivienda antes de los cinco años, deja de cumplir el requisito. Pierde la reducción y tiene que regularizar en un mes lo que dejó de pagar, con intereses.
Si estáis pensando en vender, decidirlo antes de presentar evita sorpresas. Lo contamos con calma en vender una vivienda heredada.
La plusvalía municipal es otro impuesto distinto, que cobra el ayuntamiento. Tiene sus propias reglas y su propio plazo.
Documentos que suelen pedirse
- Certificado de empadronamiento que acredite que era la vivienda habitual del fallecido.
- Escritura de la vivienda o nota simple del Registro.
- Si la aplica un colateral, prueba de la convivencia y de su edad.
- Datos catastrales para conocer el valor de referencia.
Preguntas frecuentes
¿Vale para una casa de verano?
No. Tiene que ser la vivienda habitual del fallecido, donde vivía de forma estable.
Mi padre vivía en una residencia los últimos años. ¿Sigue contando su casa?
Depende de cada caso y de cómo se acredite. El profesional revisa los documentos antes de aplicar la reducción.
¿Puedo alquilar la vivienda durante esos cinco años?
La ley pide mantener la adquisición. Si alquilarla afecta o no, lo confirma el abogado con tu caso.
Esta reducción se explica para toda España en la reducción por vivienda habitual en sucesiones. Y el resto de reglas valencianas, en el impuesto de sucesiones en la Comunitat Valenciana.
Un abogado o gestor colaborador comprueba los requisitos, calcula el límite y presenta ante la ATV. Te explica sus honorarios antes de empezar.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido