Impuesto de sucesiones en Extremadura

Cuándo y dónde se presenta el impuesto de sucesiones en Extremadura

En Extremadura, el calendario del impuesto tiene más peso que en otras comunidades. De presentar a tiempo depende que la familia directa conserve su bonificación.

Además, hay un detalle práctico que confunde a mucha gente: rellenar el impreso en internet no es presentarlo. Aquí lo explicamos paso a paso.

Datos revisados en octubre de 2026. Los trámites pueden cambiar; el profesional que lleve el caso confirma cómo se presenta en ese momento.

Las fechas clave

  • Seis meses desde la fecha del fallecimiento para presentar la herencia.
  • Otros seis meses de prórroga si se piden dentro de los cinco primeros. La Junta la concede por un plazo igual al inicial.
  • Un mes si lo que hay que declarar es una donación.

La prórroga da margen, pero tiene un coste: durante ella corren intereses de demora. Puedes ver cómo se pide en la prórroga del impuesto de sucesiones.

Por qué no conviene apurar

Descendientes, ascendientes y cónyuge tienen en Extremadura una bonificación del 99 % de la cuota. La ley la condiciona a presentar en plazo.

Es decir, un retraso no solo trae recargos. Puede hacer perder la bonificación entera, y convertir un impuesto pequeño en uno muy alto.

Lo mismo vale para las personas con especial vinculación, que reciben los beneficios de los grupos I y II.

Si ya se ha pasado el plazo, lo que procede es presentar cuanto antes. Lo explicamos en presentar sucesiones fuera de plazo.

El recorrido completo

  1. Pedir los certificados de defunción, últimas voluntades y seguros de vida.
  2. Conseguir la copia del testamento o hacer la declaración de herederos.
  3. Pedir a cada banco el certificado de movimientos de las cuentas del fallecido.
  4. Hacer el inventario de bienes y deudas, con su valor.
  5. Calcular la parte de cada heredero con sus reducciones.
  6. Confeccionar el modelo 650, que puede hacerse en línea en el Portal Tributario de la Junta.
  7. Pagar, si sale cantidad a ingresar.
  8. Presentar la documentación en el Servicio Fiscal o en la Oficina Liquidadora competente.

El paso que más se olvida es el último. Ni confeccionar el modelo en internet ni pagarlo equivalen a presentarlo.

Dónde se presenta

La Dirección General de Tributos atiende en los Servicios Fiscales de Badajoz, Cáceres y Mérida y en la oficina de Plasencia. También en las Oficinas Liquidadoras repartidas por la región.

Cuál corresponde depende del caso. El profesional lo indica al preparar la documentación.

Es recomendable llevar copia de todo y pedir que sellen un ejemplar como justificante. Ese papel será necesario después para el Registro, el Catastro y los bancos.

El certificado bancario

La ley extremeña exige aportar un certificado de cada cuenta del fallecido con sus movimientos. Abarca el año natural anterior al fallecimiento.

Los bancos pueden tardar semanas en emitirlo. Pedirlo en cuanto se tenga el certificado de defunción evita retrasos al final.

Tienes más información sobre los papeles del banco en el certificado de saldos del fallecido.

Lo que se aporta normalmente

  • Modelo 650 de cada heredero, confeccionado y, en su caso, pagado.
  • Certificados de defunción, últimas voluntades y seguros.
  • Testamento o declaración de herederos.
  • Escritura o documento privado de la herencia, si ya existe.
  • Certificados bancarios de saldos y movimientos.
  • Documentación de los inmuebles y del resto de bienes.

Si no hay dinero para pagar

Que la herencia tenga un piso pero poco efectivo es frecuente. En ese caso puede pedirse aplazamiento o fraccionamiento del pago, que es distinto de la prórroga para presentar.

Lo explicamos con calma en aplazar el impuesto de sucesiones.

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentarlo por internet?

La Junta permite confeccionarlo en línea, pero indica que la presentación se hace en el Servicio Fiscal o la Oficina Liquidadora. Si hay otra vía en tu caso, lo confirma el profesional.

¿Desde cuándo cuentan los seis meses?

Desde la fecha del fallecimiento. No desde la lectura del testamento ni desde la firma en notaría.

¿Y si piden la prórroga y nadie contesta?

La norma estatal, que se aplica aquí, da la prórroga por concedida si la Administración no responde en un mes. Debe pedirse dentro de los cinco primeros meses.

¿Cada heredero hace su propio modelo?

Sí. Cada heredero tiene su autoliquidación, aunque se suelen preparar y entregar juntas.

El resto de reglas están en el impuesto de sucesiones en Extremadura.

Si el plazo se os echa encima, cuéntanos en qué punto estáis. Buscamos un abogado o gestor de tu provincia, que te explica sus honorarios antes de empezar.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido