Plazos del impuesto de sucesiones en Ceuta: el calendario de seis meses
Tras un fallecimiento, las primeras semanas se van en despedidas y papeles. Mientras tanto, el plazo del impuesto ya ha empezado a correr.
En Ceuta ese plazo es el del régimen común, y quien lo controla es la Agencia Tributaria. Aquí te lo ordenamos mes a mes.
Datos revisados en octubre de 2026. Los plazos son los del Reglamento estatal vigente; el profesional confirma con tu caso las fechas exactas.
Seis meses desde el fallecimiento
El plazo para presentar la autoliquidación es de seis meses contados desde la fecha del fallecimiento.
No cuenta desde la lectura del testamento ni desde la firma en la notaría. Cuenta desde el día de la muerte.
Si hubo una declaración judicial de fallecimiento, el plazo empieza cuando esa declaración es firme.
La prórroga: otros seis meses
Se pueden pedir otros seis meses de plazo. La solicitud tiene que hacerse dentro de los cinco primeros meses.
Con la petición se aporta el certificado de defunción y se indican los herederos, los bienes y el motivo.
Si la Agencia Tributaria no contesta en un mes, la prórroga se entiende concedida.
Ojo: durante la prórroga corren intereses de demora hasta que se presenta. Es más tiempo, pero ese tiempo tiene un pequeño precio en intereses.
Más detalle en prórroga del impuesto de sucesiones.
Calendario orientativo
- Mes 1: certificado de defunción, de últimas voluntades y de seguros de vida.
- Mes 2: copia del testamento o inicio de la declaración de herederos. Certificados de saldos del banco.
- Mes 3: inventario de bienes y deudas. Comprobación de la residencia del fallecido para la bonificación.
- Mes 4: cálculo de la parte de cada heredero y de las reducciones.
- Mes 5: último momento para pedir prórroga si no se llega.
- Mes 6: firma, pago si lo hay y presentación del modelo 650.
Es orientativo. Una herencia sencilla puede ir más deprisa y una con desacuerdos puede necesitar la prórroga.
Quién presenta y con qué modelo
La autoliquidación es obligatoria cuando el fallecido residía en Ceuta. La presentan los herederos, los legatarios y los beneficiarios de seguros de vida.
Se usa el modelo 650, que sirve para herencias y para seguros de vida. Cada heredero presenta el suyo.
Si alguno de los herederos no reside en España, el trámite cambia. Se hace por el apartado de No Residentes de la Agencia Tributaria.
Tienes la explicación del modelo en modelo 650 del impuesto de sucesiones.
Tres formas de presentarlo
- Por internet, en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria. No hace falta desplazarse.
- Con el programa de ayuda, que genera el documento para imprimirlo y presentarlo.
- En papel, en la Delegación de la Agencia Tributaria en Ceuta, con cita previa.
Si sale cuota a pagar, se paga antes de presentar. Con la bonificación del 99 % suele ser poca cosa, pero hay que hacerlo.
Qué conviene tener a mano antes de presentar
- El certificado de defunción y el de últimas voluntades.
- El testamento o la declaración de herederos.
- El DNI de cada heredero y su parentesco con el fallecido.
- Los certificados de saldos bancarios a la fecha del fallecimiento.
- Los datos catastrales de los inmuebles y los recibos de deudas pendientes.
- Algún documento que acredite dónde vivía el fallecido los últimos cinco años, como el padrón.
Este último no lo pide nadie al principio, pero sostiene la bonificación si Hacienda pregunta después.
Si se pasa el plazo
Presentar tarde por iniciativa propia tiene recargos. Si la Agencia Tributaria lo reclama antes, puede haber también sanción.
Aunque la cuota sea pequeña por la bonificación, el retraso complica el resto: el banco y el Registro piden el justificante. Lo explicamos en sucesiones fuera de plazo.
Preguntas frecuentes
¿El plazo se para mientras no hay declaración de herederos?
No. Corre igual, aunque la declaración de herederos esté en marcha. Solo un pleito sobre la herencia lo interrumpe. Si no da tiempo, lo que procede es pedir la prórroga en los cinco primeros meses.
¿Puedo presentar desde la península?
Sí. La presentación por internet no exige ir a Ceuta.
¿La prórroga tiene coste?
Genera intereses de demora por el tiempo extra. No hay otra penalización si se presenta dentro del nuevo plazo.
Seis meses pasan rápido entre gestiones. Si quieres saber en qué punto está vuestra herencia y qué falta, cuéntanoslo y te ponemos en contacto con un profesional. El resumen del impuesto en la ciudad está en impuesto de sucesiones en Ceuta.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido