Hacer testamento en la provincia de Sevilla: qué puedes decidir y cómo dejarlo bien hecho
Hacer testamento es de los pocos trámites de herencia que se hacen sin prisa. Y es el que más puede facilitar las cosas a tu familia cuando llegue el momento.
En la provincia de Sevilla se otorga ante notario y, salvo excepciones, con las reglas del Código Civil. Te contamos qué puedes decidir y qué situaciones conviene dejar resueltas.
Datos revisados en octubre de 2026. Si cambia la ley, el profesional que te asesore lo tiene en cuenta.
Tipos de testamento
- Abierto ante notario: el más habitual. Le explicas tu voluntad, él la redacta, te la lee y firmas. Queda guardado en su protocolo y se comunica al Registro General de Actos de Última Voluntad.
- Ológrafo: escrito entero a mano, con fecha y firma, y solo si eres mayor de edad. Tras el fallecimiento hay que adverarlo ante notario en los cinco años siguientes; si no, no vale.
- Cerrado: se entrega al notario en un sobre. Es poco frecuente.
En el abierto, por regla general, no hacen falta testigos. Solo se exigen en casos concretos, como que no sepas o no puedas firmar, o que lo pidáis tú o el notario.
Puedes elegir notario libremente. Las notarías de la provincia forman parte del Colegio Notarial de Andalucía, que tiene una de sus dos sedes en la capital.
Lo que puedes decidir y lo que no
Andalucía no tiene derecho civil propio. Si tu vecindad civil es la común, rigen las legítimas del Código Civil:
- Con hijos: dos tercios son para ellos. Uno de esos tercios, el de mejora, lo puedes repartir como quieras entre hijos y nietos. El tercio restante es libre.
- Sin hijos, pero con padres: su legítima es la mitad, o un tercio si concurren con tu cónyuge.
- Tu cónyuge, si no estáis separados, tiene derecho a un usufructo, mayor o menor según con quién concurra.
La vecindad civil no cambia por empadronarte en Sevilla. Se adquiere tras dos años de residencia si lo declaras, o tras diez sin declarar lo contrario. Si vienes de una comunidad con derecho civil propio, puede seguir aplicándose el de allí. Compruébalo antes de redactar.
Si eres extranjero y vives aquí, en general se aplica la ley de tu residencia habitual. Puedes elegir en el testamento la de tu nacionalidad.
Situaciones que conviene prever
- Pareja de hecho: según el Código Civil, no hereda sin testamento ni tiene legítima. Si quieres protegerla, tienes que dejarlo escrito.
- Hijos de distintas relaciones: todos tienen los mismos derechos. Un testamento claro evita malentendidos entre ellos.
- Un hijo con discapacidad: el Código permite reforzar su protección, incluso con la legítima estricta de sus hermanos. En el impuesto andaluz tiene además reducciones propias.
- Quien te cuida: si no es familiar con derecho a heredar y quieres dejarle algo, hazlo en testamento abierto ante notario.
- Si no hablas español: si el notario no conoce tu idioma, eliges un intérprete y el testamento se escribe en las dos lenguas.
- Desheredar: solo por las causas que fija la ley, y diciéndolo en el testamento. Lo explicamos en desheredar a un hijo.
Cuándo revisarlo
Siempre vale el último testamento. Puedes cambiarlo cuantas veces quieras.
Conviene repasarlo después de una boda, una separación, el nacimiento de un hijo o nieto, o la compra de una vivienda.
Si estás pensando en adelantar parte en vida, compara antes donación o herencia. En Andalucía las donaciones tienen sus propias reglas, explicadas en donaciones en Andalucía.
Cómo te ayudamos
Tener una página de Sevilla no significa tener oficina en la provincia. Te ponemos en contacto con abogados colegiados que te atienden a distancia o en su despacho.
Para un testamento sencillo basta con el notario. El abogado aporta más cuando hay empresa, hijos de varias relaciones o bienes en varias comunidades. Te explica sus honorarios antes de empezar.
Preguntas frecuentes
¿Necesito abogado para hacer testamento?
No es obligatorio. El notario lo redacta. Un abogado ayuda a pensar antes el reparto cuando la familia o el patrimonio son complejos.
¿Cómo sabrán mis hijos que existe?
Cuando fallezcas, el certificado de últimas voluntades les dirá ante qué notario lo hiciste.
¿Puedo dejarle todo a mi pareja?
Solo la parte que no esté reservada por la legítima a tus hijos o a tus padres. Si no tienes ninguno de ellos, puedes dejárselo todo, respetando el usufructo de un cónyuge si lo hubiera.
La explicación general está en hacer testamento. Para otros trámites, vuelve a herencias en Sevilla.
Si quieres dejar las cosas claras y no sabes por dónde empezar, cuéntanos tu situación familiar.
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Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido