Plazos y dónde presentar el impuesto de sucesiones en Asturias
En Asturias hay un detalle de la presentación que conviene grabarse: no vale presentar en cualquier sitio. Si se hace por una vía distinta de las oficiales, es como si no se hubiera presentado.
Aquí tienes los plazos, los modelos y las vías válidas, explicados con calma.
Datos revisados en octubre de 2026 con la guía oficial del Ente Público de Servicios Tributarios. Los procedimientos pueden cambiar; el profesional confirma el vigente.
Cuánto tiempo hay
El plazo es de seis meses desde el fallecimiento. Asturias sigue en esto el régimen común.
Si hace falta más tiempo, se puede pedir una prórroga de otros seis meses. La solicitud tiene que hacerse dentro de los cinco primeros meses.
Durante la prórroga corren intereses de demora. Sirve para ganar tiempo, no para ahorrar.
Lo general sobre la prórroga lo tienes en prórroga del impuesto de sucesiones.
Qué se presenta
Modelo 660
Recoge los datos comunes: el fallecido, los herederos y los bienes. Hay uno por herencia.
Modelo 650
Es la autoliquidación de cada heredero. Hay uno por cada persona que recibe algo.
Los dos se pueden preparar en la sede electrónica del Ente. Si quieres ver cómo es el 650 por dentro, mira el modelo 650 del impuesto de sucesiones.
Las únicas vías válidas
La guía oficial es clara: solo hay dos formas de presentar.
- En la sede electrónica del Ente Público de Servicios Tributarios. Con certificado digital, DNI electrónico o a través de un colaborador social, que suele ser un profesional autorizado.
- En las oficinas del Ente Público.
Lo que no se presente por una de esas dos vías se tendrá por no presentado a todos los efectos. Es decir, como si no existiera, con el riesgo de quedar fuera de plazo.
Este punto es importante si alguien te sugiere presentar en otro registro o por correo. En Asturias, no.
La escritura de herencia
Si la aceptación de herencia se ha firmado ante un notario de Asturias, no hace falta aportarla con la declaración.
Si se firmó fuera, el profesional te dirá qué documentación adjuntar.
Un orden de trabajo razonable
- Pedir certificado de defunción, de últimas voluntades y de seguros de vida.
- Obtener el testamento o tramitar la declaración de herederos.
- Inventariar bienes y deudas a la fecha del fallecimiento.
- Valorar los inmuebles y comprobar si hay reducción por vivienda o por empresa.
- Antes de terminar el quinto mes, decidir si se pide prórroga.
- Preparar el 660 y un 650 por heredero.
- Presentar por la sede electrónica o en las oficinas del Ente, y pagar o pedir aplazamiento.
Hay que presentar aunque no salga nada
Que la reducción de 300.000 euros cubra la parte de un hijo no le libra de presentar. La declaración y las autoliquidaciones son necesarias igualmente.
Además, el justificante es el papel que suelen pedir el banco para liberar los saldos y el registro para inscribir los inmuebles.
Lo que el profesional te pedirá
- DNI de cada heredero y datos de contacto.
- Certificados de defunción, últimas voluntades y seguros de vida.
- Testamento o declaración de herederos.
- Saldos de cuentas y valores a la fecha del fallecimiento.
- Recibos del IBI o referencias catastrales de cada inmueble.
- Justificantes de deudas, gastos de la última enfermedad y del entierro.
No hace falta tenerlo todo para empezar. Se va completando por orden.
Si ya ha pasado el plazo
Cuanto antes se regularice, mejor. Presentar tarde por iniciativa propia tiene recargos; si llega antes un requerimiento, puede haber sanción.
Lo explicamos en sucesiones fuera de plazo.
Y las donaciones
Las donaciones tienen otro plazo: 30 días hábiles desde la donación, con los modelos 661 y 651. Lo explicamos en donaciones en Asturias.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar por correo o en otro registro público?
Según la guía oficial, no. Solo valen la sede electrónica del Ente y sus oficinas.
¿Quién es un colaborador social?
Un profesional o entidad autorizada para presentar en nombre de otros en la sede electrónica.
¿Hay que esperar a firmar en la notaría para presentar?
No. Se puede presentar antes de firmar la herencia, dentro del plazo de seis meses.
Vuelve al resumen en impuesto de sucesiones en Asturias.
Si queréis que alguien se ocupe de todo, cuéntanos en qué punto estáis. Te ponemos en contacto con un profesional colaborador que presente por la vía válida. El primer contacto no compromete a nada.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido