Plusvalía municipal por herencia

Plusvalía al heredar en Bilbao: un año de plazo y una rebaja del 33 % si declaras a tiempo

Si has heredado un piso, un local o una plaza de garaje en Bilbao, el Ayuntamiento te pedirá la plusvalía municipal. Es un impuesto distinto del de sucesiones y lo pagan los herederos, cada uno por la parte que recibe.

Grava lo que ha subido el valor del suelo urbano desde que el fallecido adquirió el inmueble. No grava los terrenos que se consideran rústicos a efectos del impuesto sobre bienes inmuebles.

Datos revisados en octubre de 2026. Las ordenanzas fiscales se retocan casi todos los años, así que el profesional que lleve tu caso confirma con tu expediente qué texto se aplica.

Bizkaia tiene su propia norma

En Bizkaia este impuesto no sigue la ley estatal de haciendas locales. Se rige por la Norma Foral 8/1989 de Bizkaia y por la ordenanza de cada ayuntamiento.

La ordenanza de Bilbao que rige en 2026 es la número 04, modificada en 2025 con efectos desde el 1 de enero de 2026. Si el fallecimiento ocurrió antes, puede aplicarse la versión que estaba vigente ese día, porque el impuesto nace con la muerte.

Un año para declarar

Aquí está la primera diferencia con el resto de España. En Bilbao, como en toda Bizkaia, el plazo para una herencia es de un año desde el fallecimiento.

Si en la herencia hay poder testatorio, el reloj no empieza a contar con la muerte. Empieza cuando el comisario usa el poder de forma irrevocable o el poder se extingue.

Un año parece mucho, pero se va rápido entre papeles del banco, notaría y Hacienda Foral. En Bilbao, además, presentar a tiempo tiene premio, como verás más abajo. Más detalle sobre plazos en plazo de la plusvalía en una herencia.

Cómo se presenta: el modelo E-2

Cada heredero presenta una declaración ante el Área de Hacienda del Ayuntamiento, en el modelo E-2. Va una declaración por cada documento, aunque incluya varios inmuebles.

No te toca calcular la cuota. El Ayuntamiento revisa los datos, puede pedirte documentos y después te notifica la liquidación con la carta de pago.

Ojo con un error frecuente. La comunicación que envía el notario al Ayuntamiento no sirve como declaración: los herederos tienen que presentar la suya igualmente.

En una herencia se aporta, junto al documento de adjudicación, la autoliquidación o declaración del impuesto de sucesiones.

Tu Herencia Directa no tiene oficina en Bilbao. El abogado o gestor colaborador puede preparar y presentar la declaración por ti, sin que tengas que desplazarte.

El tipo y el cálculo

El tipo de gravamen de Bilbao es del 17 %. Se aplica sobre la base imponible, que sale del valor catastral del suelo multiplicado por un coeficiente según los años de tenencia.

No damos aquí los coeficientes. El máximo lo fija la Norma Foral 8/1989, que prevé actualizarlo cada año, y si la tabla municipal lo supera se aplica ese máximo. El profesional comprueba el aplicable a la fecha del fallecimiento.

También puedes pedir en la declaración que se calcule sobre la ganancia real. Si sale menos, se aplica esa. Lo explicamos en cómo se calcula la plusvalía de una herencia.

La bonificación de Bilbao: 33 % si cumples el plazo

La ordenanza rebaja un 33 % la cuota en las herencias de la familia más cercana. Alcanza a «los descendientes y adoptados» y a «los ascendientes y adoptantes».

También a «los cónyuges o parejas de hecho constituidas conforme a lo dispuesto en la Ley 2/2003, de 7 de mayo», que es la ley vasca de parejas de hecho.

La condición es una sola, pero importante. La declaración tiene que presentarse, «junto con la documentación requerida», dentro del plazo de un año.

No exige que el piso fuera la vivienda habitual ni pone límite de valor. Lo que sí pide es justificar con documentos la bonificación que se solicita.

Si se te pasa el año, pierdes la rebaja. Por eso merece la pena no dejarlo para el final. Tienes más contexto en bonificación de la plusvalía en herencias.

Si el piso no ha ganado valor

Cuando el suelo no ha subido entre la compra y la herencia, no hay impuesto. Pero hay que decirlo expresamente en la declaración y aportar los títulos.

En una herencia, el título que se usa para comparar es la autoliquidación o declaración de sucesiones. Por eso los valores de los dos impuestos tienen que cuadrar.

Viudo con usufructo y poder testatorio

Con el Derecho Civil Vasco, el viudo o la pareja de hecho no separados suelen recibir el usufructo de una parte de la herencia. Ese usufructo también tributa.

Si es vitalicio, se valora por la edad. Con menos de 20 años cuenta el 70 % del valor, y se resta un 1 % por cada año más, con un mínimo del 10 %.

Con «alkar-poderoso» o poder testatorio, quien administra la herencia firma la declaración mientras no se use el poder. Lo tienes en plusvalía y usufructo del viudo.

Plusvalía y sucesiones, mejor a la vez

El impuesto de sucesiones lo gestiona la Hacienda Foral de Bizkaia, también con un año de plazo. Lo resumimos en impuesto de sucesiones en Bizkaia.

Llevar los dos juntos evita contradicciones de valores y ayuda a no perder la bonificación de Bilbao por un retraso. Si te preocupa el resto de la herencia, mira herencias en Bizkaia o la guía general de la plusvalía municipal por herencia.

Preguntas frecuentes

¿Puedo esperar a vender el piso para pagar la plusvalía?

No conviene. La herencia tiene su propio plazo de un año, y si luego vendes habrá otra plusvalía distinta por la venta.

¿Somos tres hermanos: declara uno por todos?

Cada obligado presenta su declaración. Un mismo profesional puede preparar las de todos para que vayan coordinadas.

¿Me pueden cambiar la liquidación?

El Ayuntamiento comprueba los datos antes de liquidar. Si recibes una liquidación que no cuadra, se puede recurrir en el plazo que indique la notificación.

¿La rebaja del 33 % llega a los sobrinos?

La ordenanza solo la prevé para las personas que cita literalmente. Si tu caso es distinto, el profesional lo revisa con la documentación.

Si tienes que declarar la plusvalía de una herencia en Bilbao y quieres hacerlo a tiempo, cuéntanos tu caso. Te ponemos en contacto con un profesional que lo revise.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido