Cuentas bancarias de un fallecido en la provincia de Sevilla: cómo recuperar el saldo
Avisas al banco del fallecimiento y, desde ese día, la cuenta deja de funcionar como antes. Los recibos se acumulan y el dinero parece fuera de vuestro alcance.
No es un capricho de la entidad. Hasta saber quiénes son los herederos, solo puede entregar el saldo a quien lo acredite. Te contamos cómo se resuelve en la provincia de Sevilla.
Datos revisados en octubre de 2026. Las normas pueden cambiar, y cada entidad tiene su propio procedimiento; el profesional lo confirma.
Por qué el banco inmoviliza la cuenta
El banco tiene que proteger el dinero hasta saber a quién pertenece. Si lo entrega a quien no debe, puede tener que responder ante los verdaderos herederos.
Además, la ley del impuesto le hace responder del impuesto de sucesiones si entrega el saldo y ese impuesto queda sin pagar. Por eso pide el justificante.
La ley sí permite que el banco expida un cheque con cargo a la cuenta, a nombre de Hacienda, solo para pagar el impuesto. Para otros pagos, como el entierro, depende de la entidad.
Qué documentos suelen pedir
- Certificado de defunción.
- Certificado de últimas voluntades.
- Copia autorizada del testamento o declaración de herederos.
- Escritura de aceptación y reparto, o un documento firmado por todos los herederos sobre cómo repartir el saldo.
- Justificante de haber presentado el impuesto de sucesiones.
- DNI de cada heredero.
Antes de todo eso, puedes pedir un certificado de saldos a la fecha del fallecimiento. Sirve para el inventario y para el impuesto.
Cuentas con varios titulares
Figurar como cotitular no te hace dueño de todo el saldo. Lo que cuenta es de quién era el dinero.
En principio se presume que pertenece a partes iguales a los titulares, salvo que se pruebe otra cosa. La parte del fallecido entra en la herencia.
Sacar ese dinero después del fallecimiento sin acuerdo de los herederos puede acabar en una reclamación. Mejor no hacerlo.
El impuesto y la oficina que te corresponde
El saldo forma parte de la herencia y se declara en el impuesto ante la Agencia Tributaria de Andalucía. El plazo es de seis meses desde el fallecimiento.
Con descendientes, ascendientes o cónyuge, la cuota suele ser pequeña: cada uno tiene una reducción de 1.000.000 de euros y una bonificación del 99 %. Aun así, sin presentar el impuesto el banco no suele liberar el dinero.
En la provincia hay 13 puntos de atención. La Gerencia Provincial atiende a 27 municipios, entre ellos la capital, y las otras 12 oficinas están a cargo de los registradores.
El reparto no es intuitivo. La oficina de Dos Hermanas, por ejemplo, solo atiende a Dos Hermanas, mientras que la de Sanlúcar la Mayor cubre 18 municipios del Aljarafe.
Comprueba la tuya en el buscador oficial de la Junta. Más en plazos y presentación en Andalucía.
Seguros, pensiones y recibos
- Seguro de vida: no forma parte del saldo. El beneficiario lo cobra de la aseguradora, y en Andalucía también tiene reducción en el impuesto. Lo explicamos en cobrar el seguro de vida.
- Pensión cobrada después de la muerte: lo normal es que se reclame su devolución. Mira pensiones cobradas tras el fallecimiento.
- Luz, agua y gas: conviene cambiar el titular para que no se corten. Lo contamos en cambio de titular de suministros.
Cómo te ayudamos
Esta página es de la provincia, pero no tenemos oficina en Sevilla. Te ponemos en contacto con abogados colegiados y gestores que pueden llevarlo todo a distancia.
El profesional reúne los documentos, presenta el impuesto y se entiende con el banco. Antes de empezar te explica sus honorarios, y escribirnos no te compromete.
Preguntas frecuentes
¿Puedo sacar dinero con la tarjeta del fallecido?
No conviene. Ese dinero ya es de la herencia, puede entenderse que aceptas y suele provocar conflictos entre hermanos.
Vivimos fuera de la provincia. ¿Tenemos que ir a la sucursal?
Depende de la entidad. Algunas permiten enviar la documentación sin desplazarse. El profesional lo gestiona.
¿Y si el fallecido tenía cuentas en varios bancos?
El certificado de saldos se pide en cada uno. Si no sabéis dónde tenía cuentas, el profesional os orienta para averiguarlo.
La explicación general está en desbloquear las cuentas de un fallecido. Para el resto de trámites, vuelve a herencias en Sevilla.
Si el banco os pide papeles que no sabéis conseguir, cuéntanos qué os han dicho y lo ordenamos.
Te puede interesar
En otras provincias de Andalucía: Almería · Cádiz · Córdoba · Granada · Huelva · Jaén · Málaga
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido