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Cuentas bancarias del fallecido en Córdoba: bloqueo, cotitulares y desbloqueo

«La cuenta estaba a nombre de mi madre y mío, y ahora el banco no me deja sacar dinero». Es una de las consultas más repetidas en las herencias.

La sorpresa es comprensible. Pero tiene explicación, y también solución. Te contamos cómo funciona el bloqueo y qué hace falta para recuperar el dinero en Córdoba.

Datos revisados en octubre de 2026. Cada banco tiene sus procedimientos internos; el profesional los conoce.

Qué ocurre al comunicar el fallecimiento

El banco bloquea las cuentas del fallecido. Desde ese momento, el saldo forma parte de la herencia y nadie puede disponer de él libremente.

Si el banco entrega el dinero y el impuesto de sucesiones queda sin pagar, la ley le hace responder de él. Por eso pide el justificante antes.

Los recibos domiciliados pueden empezar a devolverse. Conviene avisar a las compañías de luz, agua o teléfono.

Las cuentas compartidas

Que tu nombre figure en la cuenta no significa que el dinero sea tuyo. Ser cotitular te permite operar, pero la propiedad depende de quién aportó los fondos.

Lo habitual es presumir que el dinero es de los titulares a partes iguales, salvo prueba en contrario. La parte del fallecido entra en la herencia.

En muchas familias de la provincia, un hijo figuraba en la cuenta de sus padres solo para ayudarles con las gestiones. En ese caso, el dinero era de los padres y se reparte entre todos los herederos.

Sacar el saldo completo puede traer problemas con tus hermanos y con Hacienda. Es mejor esperar a hablar con un profesional.

Lo que pide el banco

  1. Certificado de defunción.
  2. Certificado de últimas voluntades.
  3. Testamento o declaración de herederos.
  4. DNI de los herederos.
  5. Certificado de saldos a la fecha del fallecimiento.
  6. Justificante de la autoliquidación del impuesto de sucesiones.

Algunas entidades piden también la escritura de aceptación y reparto. El certificado de saldos se explica en certificado de saldos del banco.

Dónde presentar el impuesto en la provincia

Lo gestiona la Agencia Tributaria de Andalucía. Se presenta por internet o en persona con cita previa.

Además de la Gerencia Provincial en Córdoba, hay quince oficinas de los registradores. Están repartidas desde Fuente Obejuna y Pozoblanco, en el norte, hasta Priego de Córdoba y Rute, en la Subbética.

Para descendientes, ascendientes y cónyuge, la cuota suele quedar en poco gracias a la bonificación andaluza del 99 %. Aun así, sin la autoliquidación el banco no libera el saldo.

Muchas entidades permiten pagar el impuesto con el dinero de la propia cuenta bloqueada. Pregúntalo.

Seguros y otros productos

Además de las cuentas, puede haber fondos, planes de pensiones o seguros de vida asociados al banco. Cada producto tiene sus reglas.

Para saber si había seguros de vida, existe un certificado específico. Lo explicamos en certificado de seguros de vida del fallecido.

La renta del último año

Si el fallecido estaba obligado, los herederos presentan su declaración de la renta del año en que murió. Va ante la Agencia Tributaria del Estado, en la campaña del año siguiente.

En Córdoba hay Delegación en la capital y Administraciones en Lucena, Montilla, Peñarroya-Pueblonuevo y Pozoblanco.

Cómo te ayudamos

Tu Herencia Directa no tiene oficina en Córdoba, aunque esta página se dedique a la provincia. Te ponemos en contacto con abogados colegiados y gestores especializados.

El profesional puede atenderte a distancia o en su despacho. Reúne los papeles, presenta el impuesto y trata con el banco.

El primer contacto es sin compromiso. El abogado te explica sus honorarios antes de empezar.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pagar el entierro con el dinero de la cuenta?

Normalmente sí, presentando la factura de la funeraria al banco. Cada entidad tiene su procedimiento.

¿Qué pasa si saqué dinero antes de avisar al banco?

Conviene contarlo y justificar en qué se gastó. El profesional te ayuda a regularizarlo en el reparto.

Tienes la guía general en desbloquear las cuentas de un fallecido. Vuelve a herencias en Córdoba para otros servicios.

Cuéntanos qué te ha dicho el banco y te ayudamos con el siguiente paso.

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Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido