Pacto sucesorio en Cataluña: heredamiento y otros acuerdos
En Cataluña sí se puede pactar la herencia en vida. El derecho civil catalán permite los pactos sucesorios, entre ellos el heredamiento, que es el acuerdo por el que una persona nombra heredero a otra en escritura pública. Pero no cualquiera puede firmarlos: la ley los reserva a personas con un vínculo cercano y a quienes tienen vecindad civil catalana.
Te contamos en qué consisten, qué se puede pactar y qué conviene mirar con cuidado. Es un terreno con muchos matices, así que tómalo como una orientación: el abogado lo confirma con vuestro caso.
Qué se puede pactar
El derecho catalán contempla varias figuras. Las más habituales son:
- El heredamiento. Una persona nombra heredero a otra mediante pacto. Quien es nombrado no puede ser apartado por un testamento posterior, salvo en los casos que prevé la ley o el pacto.
- Las atribuciones particulares. En lugar de nombrar heredero, se pacta que una persona reciba un bien concreto, por ejemplo una vivienda o un negocio.
- El pago anticipado de la legítima. Un hijo puede recibir en vida bienes o dinero en pago de su legítima futura y renunciar a reclamar después un complemento. La renuncia pura a la legítima futura, sin más, no es válida en Cataluña. Y si lo recibido vale mucho menos que la legítima, la renuncia puede anularse durante un tiempo limitado.
Además, el pacto puede prever que los bienes se entreguen en el momento de la firma o que se reciban al fallecer.
Quién puede firmarlo
La ley catalana es restrictiva en este punto. Solo pueden pactar entre sí personas con una relación estrecha: el cónyuge o la pareja estable y ciertos familiares, como hijos, padres o hermanos. También pueden intervenir algunos familiares de la pareja.
Además, quienes firman tienen que ser mayores de edad y tener plena capacidad. Y hay que tener en cuenta la vecindad civil: si quien deja los bienes no tiene la catalana, el pacto puede no valer. Lo explicamos en pactos sucesorios y vecindad civil.
Cómo funciona la legítima en Cataluña
Es una de las grandes diferencias con el Código Civil. En Cataluña la legítima de los hijos es bastante menor y funciona como un derecho a recibir un valor, no como una parte de los bienes. El heredero puede pagarla en dinero, aunque no lo haya en la herencia.
Por eso el pacto sucesorio encaja muy bien con la casa familiar o la empresa. Se deja a un hijo y se compensa a los demás con lo que les corresponda. El cálculo concreto lo hace el abogado con vuestros bienes.
Cómo se hace
- Se comprueba la vecindad civil de los firmantes y su relación familiar.
- Se decide qué se quiere conseguir y qué bienes entran.
- Se estudia cómo quedan los demás herederos y su legítima.
- Se revisa la fiscalidad, que en Cataluña tiene reglas propias.
- Se redacta el pacto con cláusulas claras de salida.
- Se firma en escritura pública ante notario.
Lo que conviene vigilar
Es difícil de deshacer
Quien firma no puede cambiar el pacto a su antojo. Hace falta el acuerdo de todos o una causa prevista. La ley catalana recoge algunas, como el incumplimiento de lo pactado o un cambio importante de circunstancias. Lo contamos en cómo deshacer un pacto sucesorio.
Hay que pensar en el viudo
La pareja que sobrevive tiene derechos propios en Cataluña. El pacto debe tenerlos en cuenta para no generar conflictos después.
La fiscalidad cambia
El impuesto depende del tipo de pacto y de si hay entrega inmediata de bienes. No damos cifras porque la normativa varía. El gestor lo calcula antes de firmar.
Qué hacer ahora
- Confirma tu vecindad civil y la de quienes vayan a firmar.
- Haz una lista de los bienes que queréis incluir.
- Habla en familia sobre quién recibirá qué y cómo se compensará al resto.
- Consulta con un abogado que conozca el derecho civil catalán.
Preguntas frecuentes
¿Puedo hacer un heredamiento con un amigo?
No. La ley catalana limita los pactos sucesorios a la pareja y a ciertos familiares.
¿Un hijo puede renunciar a su legítima en Cataluña?
No de forma pura. La ley catalana admite que el hijo reciba en vida bienes en pago de su legítima futura. A cambio, renuncia a pedir un complemento, en pacto sucesorio o donación en escritura pública.
¿Un heredamiento sustituye al testamento?
Respecto a lo pactado, sí. Pero conviene tener también testamento para lo que quede fuera del pacto.
Para ver el panorama general en toda España, vuelve a pactos sucesorios.
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Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido