Pactos sucesorios

¿Se puede deshacer un pacto sucesorio? Cuándo y cómo

Sí, pero no tan fácilmente como un testamento. Un pacto sucesorio se puede deshacer si todos los que lo firmaron están de acuerdo. Sin ese acuerdo, solo cabe en los casos que prevea la ley de la comunidad o el propio pacto, por ejemplo si quien recibió los bienes no cumple lo pactado.

Esa estabilidad es justamente lo que lo diferencia del testamento. Te explicamos las vías que existen, siempre con la prudencia de que cada comunidad con derecho civil propio tiene sus reglas.

De mutuo acuerdo

Es la vía más sencilla. Si todas las partes quieren dejar sin efecto el pacto o cambiarlo, firman un nuevo acuerdo ante notario. Puede deshacerse por completo o modificarse solo en parte.

Hay que tener en cuenta algunas cosas:

  • Si los bienes ya se entregaron, volver atrás implica una nueva transmisión, con sus efectos fiscales.
  • Si hay terceros afectados, como otros hijos compensados en el pacto, puede ser necesario que también intervengan.
  • Si algún firmante ha fallecido, el acuerdo puede complicarse, y conviene estudiarlo con un abogado.

Sin el acuerdo de todos

Las leyes de las comunidades que admiten pactos sucesorios prevén causas para revocarlos o resolverlos de forma unilateral. No son iguales en todas, pero se repiten algunas ideas:

  • El incumplimiento de lo pactado. Por ejemplo, el hijo que se comprometió a cuidar de los padres o a continuar el negocio y no lo hace.
  • Conductas graves del beneficiario. Causas parecidas a las que permiten desheredar, como el maltrato o la falta grave de atención.
  • Un cambio sustancial de circunstancias que haga muy difícil mantener lo acordado, en las comunidades que lo contemplan.
  • Las causas previstas en el propio pacto. Por eso es tan importante redactar bien las cláusulas de salida desde el principio.

Si la otra parte no está conforme, la revocación puede acabar en los tribunales.

Cuando el pacto no es válido

Otra cosa distinta es que el pacto nunca debió valer. Puede ocurrir si:

  • Quien dejaba los bienes no tenía la vecindad civil que permitía ese pacto.
  • Alguno de los firmantes no tenía capacidad o firmó bajo engaño o presión.
  • No se cumplieron los requisitos de forma, como la escritura pública.

En estos casos no se habla de revocar, sino de pedir que se declare la nulidad. Suele requerir un procedimiento judicial. La vecindad civil es una de las causas más frecuentes de discusión, y la explicamos en pactos sucesorios y vecindad civil.

Qué pasa con los bienes

Depende de cómo se hizo el pacto y de la causa:

  • Si los bienes se iban a recibir al fallecer, deshacer el pacto suele ser más sencillo: todavía no han cambiado de dueño.
  • Si ya se entregaron, puede ser necesario devolverlos, con los frutos o compensaciones que correspondan.
  • Si el beneficiario los vendió, la cuestión se complica y puede resolverse con una compensación económica.

Cómo evitar problemas desde el principio

Muchos conflictos nacen de pactos firmados con prisa o sin pensar en el futuro. Al redactarlo, conviene dejar por escrito qué obligaciones asume cada parte y cómo se comprobará que se cumplen. También qué ocurre si alguien fallece antes de lo previsto o si la relación familiar se rompe.

Cuanto más claro sea el texto, menos margen habrá para discutirlo después.

Qué hacer ahora

  1. Localiza la escritura del pacto y lee si prevé causas de revocación.
  2. Anota con fechas lo que se ha incumplido, si es tu caso.
  3. Intenta un acuerdo antes de ir a juicio.
  4. Consulta con un abogado que conozca el derecho civil de vuestra comunidad.

Preguntas frecuentes

¿Puedo revocar un pacto sucesorio haciendo un testamento nuevo?

Por tu cuenta, no. El pacto no se deja sin efecto con un testamento posterior de una sola parte. En Aragón, si el pacto es solo entre dos personas, ambas juntas pueden cambiarlo en un testamento mancomunado.

Mi hijo no cumple lo que prometió en el pacto, ¿qué hago?

Revisa si el pacto o la ley de tu comunidad lo prevén como causa de revocación y consulta con un abogado.

¿Deshacer el pacto tiene impuestos?

Si los bienes ya se entregaron, normalmente sí. Depende de la comunidad y de cómo se haga.

Para ver cómo funcionan en cada comunidad, vuelve a pactos sucesorios.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido