¿Se puede renunciar a la legítima en vida de los padres?
Depende de la vecindad civil de tus padres. En el Código Civil, que se aplica en la mayor parte de España, no se puede renunciar a la legítima mientras vive quien la debe: esa renuncia sería nula. En cambio, varias comunidades con derecho civil propio sí lo permiten mediante un pacto sucesorio ante notario.
Es una pregunta frecuente cuando unos padres quieren dejar la casa a un hijo y compensar a otro con dinero ahora. Te explicamos qué opciones hay y qué cautelas conviene tener.
Por qué en el Código Civil no se puede
El Código Civil prohíbe los acuerdos sobre una herencia que todavía no existe. La idea es proteger al futuro heredero: que nadie le presione para renunciar a algo cuyo valor aún no conoce.
Por eso, en la vecindad civil común, un documento en el que un hijo dice que renuncia a su legítima a cambio de dinero no le impide reclamarla después. Lo recibido sí contará en la herencia como una donación, pero la renuncia en sí no vale.
Lo que sí se puede hacer es renunciar a la herencia una vez fallecida la persona. Esa es otra decisión, con sus propias reglas, que explicamos en renuncia a la herencia.
Dónde sí se permite
Cada comunidad tiene su propia figura y sus requisitos. A grandes rasgos:
- Baleares. La definición en Mallorca y Menorca, y el finiquito de legítima en Ibiza y Formentera. El hijo recibe algo en vida y renuncia a su legítima. Lo detallamos en definición y finiquito en Baleares.
- Galicia. La apartación permite dejar fuera de la herencia a un legitimario a cambio de bienes que recibe en vida. Lo contamos en pacto de mejora y apartación en Galicia.
- Cataluña. No admite la renuncia pura. Sí permite que el hijo reciba en vida bienes en pago de su legítima futura y renuncie a reclamar un complemento, en escritura pública. Lo explicamos en pacto sucesorio en Cataluña.
- Aragón y el País Vasco. Sus leyes también contemplan pactos de renuncia, con reglas propias.
- Navarra. La legítima es formal, así que la cuestión casi no se plantea.
Estas figuras solo sirven si quien deja la herencia tiene la vecindad civil de esa comunidad. Vivir allí o tener una casa no basta. Lo explicamos en pactos sucesorios y vecindad civil.
Cómo se hace donde está permitido
- Se confirma la vecindad civil de los padres.
- Se decide qué recibe el hijo a cambio de su renuncia, si recibe algo.
- Se valora si lo recibido es razonable en relación con la herencia previsible.
- Se calcula el impuesto que corresponde a lo que se entrega.
- Se firma en escritura pública ante notario.
Cautelas antes de firmar
Para quien renuncia
Renunciar hoy a algo de valor incierto es una decisión seria. Si el patrimonio de los padres crece mucho, lo renunciado puede valer bastante más que lo recibido. Y en general no hay vuelta atrás.
Conviene que quien renuncia tenga asesoramiento propio, distinto del de los padres o hermanos.
Para los padres
La renuncia da tranquilidad, pero no elimina todos los riesgos. Si se firma sin la vecindad adecuada o con defectos, el hijo podría reclamar después.
Para los hijos de quien renuncia
En algunas comunidades, la renuncia también afecta a los descendientes de quien renuncia. Es un efecto que hay que conocer antes de firmar.
Qué hacer ahora
- Averigua la vecindad civil de tus padres.
- Si es la común, valora otras opciones: un testamento bien pensado o una donación.
- Si es de una comunidad con derecho propio, pide asesoramiento sobre la figura concreta.
- Antes de firmar, pide que el gestor calcule los impuestos de lo que vas a recibir.
Preguntas frecuentes
¿Vale un documento privado en el que mi hermano renuncia a su herencia?
En el Código Civil, no como renuncia. Lo que haya recibido puede contar como donación en el reparto.
¿Mis padres pueden obligarme a renunciar a la legítima?
No. La renuncia tiene que ser libre y, donde se permite, se firma ante notario.
¿Si renuncio a la legítima en vida, mis hijos pueden reclamarla?
Depende de la comunidad y de cómo se redacte. El abogado te lo aclara antes de firmar.
Para ver el panorama general, vuelve a pactos sucesorios.
Otras dudas que te pueden servir
- Deshacer un pacto sucesorio
- Pacto sucesorio en Aragón
- Pacto sucesorio en Navarra
- Pacto sucesorio en el País Vasco
- Qué es un pacto sucesorio
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido