Abogados de herencias en Las Palmas

Herencias en Tías y Puerto del Carmen: Registro, notaría y juzgado de Arrecife

Tías tiene 21.613 habitantes según el Padrón de 2025, y Puerto del Carmen forma parte de su municipio.

Para quien hereda aquí, hay Registro de la Propiedad y la demarcación prevé una notaría. El juzgado es el de Arrecife.

Datos revisados en octubre de 2026. Oficinas y normas pueden cambiar; el profesional que lleve tu caso lo comprueba.

Tener esta página no supone que tengamos oficina en Tías. Te ponemos en contacto con un abogado colegiado o un gestor colaborador, que te atiende a distancia o en su despacho, según el caso.

Lo que tienes cerca

  • Registro de la Propiedad de Tías. Con la nota simple se confirma en qué Registro está inscrita cada finca.
  • Notaría: la demarcación notarial prevé una notaría en Tías, dentro del distrito de Arrecife.
  • Juzgado: Lanzarote es un único partido judicial con sede en Arrecife. En Tías hay una Oficina de Justicia.
  • Impuesto de sucesiones: Agencia Tributaria Canaria, con oficina en Arrecife y cita previa, o por internet.
  • Plusvalía: la gestiona el Ayuntamiento de Tías.

Herederos enfrentados

Pasa más de lo que parece: uno quiere vender el apartamento y otro no, o alguien cree que el testamento no respeta su legítima.

Si hace falta un juicio, el juzgado es por regla general el del último domicilio del fallecido. Si vivía en Tías, corresponde la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Arrecife.

Muchos casos se cierran antes con una negociación. El abogado valora qué conviene en cada momento.

Notario y herencia sin testamento

Sin testamento, la declaración de herederos se hace ante notario. La ley no deja elegir cualquiera.

Vale el notario del último domicilio, el del lugar donde están la mayoría de los bienes o el del fallecimiento. También uno de un distrito colindante.

La plusvalía de Tías en dos frases

Tipo del 28 % y bonificación del 95 % solo para la vivienda habitual del fallecido, a favor de descendientes, cónyuge o pareja de hecho inscrita y ascendientes. Es rogada: se pide en seis meses junto con la declaración.

Toda la explicación en plusvalía por herencia en Tías.

Impuesto de sucesiones canario

Si el fallecido vivió en Canarias la mayor parte de los últimos cinco años, se aplica la ley canaria. Los grupos de parentesco I, II y III tienen una bonificación del 99,9 % de la cuota.

El plazo es de seis meses desde el fallecimiento. La prórroga hay que pedirla en los cinco primeros meses.

Legítimas y herencia sin testamento siguen el Código Civil, porque Canarias no tiene derecho civil propio. Más en impuesto de sucesiones en Canarias.

Apartamentos y viviendas turísticas

Según el INE, en la provincia hay muchas más viviendas turísticas que en la media de España. Si heredáis una, hay que decidir quién la explota y cómo se reparten las rentas mientras no se divide la herencia.

Si queréis venderla, el profesional revisa las cargas, la plusvalía de la venta y cómo está la habilitación para el uso turístico.

Servicios para herencias en Tías

Estas páginas de la provincia te sirven en Tías:

Visión general: herencias en Las Palmas.

Cómo empezamos contigo

Cuéntanos quién ha fallecido, qué bienes hay y qué te preocupa. Con eso situamos el primer paso.

Buscamos un profesional adecuado. El primer contacto no te compromete, y el abogado te explica sus honorarios antes de empezar.

Preguntas frecuentes

¿Puedo hacer la herencia en la notaría de Tías?

Para la escritura de aceptación y reparto, la ley deja elegir notario. Si hace falta declaración de herederos y el fallecido vivía en Tías, una notaría de su distrito cumple ese criterio. El abogado lo revisa.

¿Qué pasa con el apartamento de Puerto del Carmen en la plusvalía?

Si no era la vivienda habitual del fallecido, la ordenanza no prevé rebaja. Conviene comprobar si hubo ganancia real.

¿Hace falta ir a Gran Canaria?

No. Registro, juzgado y oficina de la Agencia Tributaria Canaria están en Lanzarote.

Si tienes una herencia en Tías o en Puerto del Carmen, escríbenos y te ayudamos a empezar.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido