Hacer testamento en Valdemoro: cómo prepararlo y qué tener en cuenta
Hacer testamento en Valdemoro es sencillo si llegas al notario con las ideas ordenadas, y en eso te ayudamos. Escríbenos por WhatsApp 24 h, sin compromiso: un abogado colaborador estudia tu caso y te dice sus honorarios antes de empezar.
Datos revisados en octubre de 2026. Leyes y ordenanzas cambian de vez en cuando; el profesional confirma lo que se aplica a ti.
Para qué sirve hacer testamento
Con testamento decides tú quién recibe tus bienes, dentro de lo que permite la ley. Sin él, decide el Código Civil, y tu familia tendrá que pasar antes por una declaración de herederos.
Lo habitual es el testamento abierto notarial. El notario lo redacta según lo que le cuentas, te lo lee y lo firmas en el momento.
Dónde se firma el testamento si vives en Valdemoro
El testamento se firma ante notario, y puedes elegir el que prefieras dentro o fuera del municipio. No tienes que ir a uno concreto por estar empadronado aquí.
Todas las notarías de la provincia pertenecen al Colegio Notarial de Madrid. Si tienes dudas sobre cuál te queda más a mano, el abogado colaborador se adapta a la que elijas.
Si no puedes desplazarte por salud, el notario puede acudir a tu domicilio, a una residencia o al hospital.
Antes de ir al notario: cinco preguntas
- ¿Qué ley se aplica? Cuenta tu vecindad civil, no tu domicilio. Con vecindad común rige el Código Civil, porque Madrid no tiene derecho civil propio.
- ¿Quiénes son tus legitimarios? Hijos y descendientes; si no los hay, padres y ascendientes; y el cónyuge, con un usufructo.
- ¿Qué parte puedes repartir libremente? Con hijos, un tercio es de libre disposición y otro tercio, el de mejora, puedes repartirlo entre hijos y nietos.
- ¿Quién cuidará de lo que dejas? Puedes nombrar albacea y, si tienes hijos menores, un tutor.
- ¿Cuánto pagarán tus herederos? Depende de la Comunidad de Madrid y de la plusvalía del Ayuntamiento de Valdemoro.
Paso a paso en Valdemoro
- Primera conversación. Por WhatsApp o teléfono nos cuentas tu situación familiar y lo que quieres dejar resuelto.
- Revisión con el abogado. Comprueba la vecindad civil, las legítimas y el efecto fiscal de cada opción, también en la plusvalía de Valdemoro.
- Borrador. Con tus decisiones se prepara un texto claro, sin frases que luego se presten a discusión.
- Cita en la notaría. Tú o el abogado pedís cita en la notaría elegida y le enviáis el borrador y tus datos.
- Lectura y firma. El notario comprueba tu identidad y capacidad, te lee el testamento y lo firmas.
- Registro y copia. La notaría guarda el original y lo comunica al Registro General de Actos de Última Voluntad. Tú te llevas una copia.
Qué documentos necesitas
- Tu DNI o NIE en vigor.
- Nombres completos de las personas a las que quieres dejar algo.
- Referencia de los bienes que quieras mencionar, por ejemplo la escritura del piso.
- Si estás casado, tu régimen económico matrimonial.
- Si tienes un testamento anterior, sus datos.
La plusvalía de Valdemoro y tu testamento
Este es el dato local que más conviene conocer al testar. En Valdemoro, la ordenanza de plusvalía da una bonificación del 50 % de la cuota en las herencias a favor de descendientes y adoptados, cónyuges y ascendientes y adoptantes.
Pero añade una precisión literal: por descendiente o ascendiente entiende «exclusivamente» a quienes tienen un vínculo de parentesco «por consanguinidad de un grado en línea recta». Es decir, hijos y padres.
Si dejas un inmueble directamente a un nieto, la ordenanza no lo incluye en esa bonificación. Es algo que conviene sopesar con el abogado, sin que sea el único criterio.
La pareja inscrita en el registro de parejas de hecho se equipara al cónyuge. La bonificación no exige que sea la vivienda habitual.
Es rogada: tus herederos tendrán que pedirla al presentar la declaración en plazo y estar al corriente de pago con el Ayuntamiento. Fuera de plazo no se aplica.
El tipo es del 30 % si el inmueble se tuvo hasta cinco años, del 29 % de seis a diez años y del 28 % a partir de once. Más detalle en plusvalía por herencia en Valdemoro.
Y el impuesto de sucesiones en Madrid
Si tu residencia habitual está en Madrid la mayor parte de los cinco años anteriores al fallecimiento, tus herederos tributarán con la ley madrileña. Descendientes, ascendientes y cónyuge tienen una bonificación del 99 % de la cuota.
Los descendientes menores de 21 años tienen además una reducción mayor por edad. Hermanos, sobrinos y tíos tienen una bonificación del 50 %, ligada a declarar los bienes completos.
Lo presentarán en la oficina liquidadora que les convenga o por internet. A Valdemoro le corresponde la oficina liquidadora de Pinto, aunque la Comunidad admite cualquiera.
Casos que vemos a menudo
Matrimonio joven con hijos pequeños. Además del reparto, quieren nombrar tutor y que nadie administre el dinero de los niños sin control. El testamento lo permite. Más en testamento con hijos menores.
Viudo con un hijo que le cuida. Quiere compensar a ese hijo sin perjudicar a los demás. Puede usar el tercio de mejora o un legado concreto, respetando la legítima.
Pareja que no está casada. Sin testamento, la pareja no hereda con el Código Civil. Testar e inscribir la pareja protege al que queda, también en la plusvalía de Valdemoro.
Segundas familias. Hijos de dos relaciones y una vivienda común. Un buen testamento evita que el viudo y los hijos del primer matrimonio acaben en conflicto.
Plazos y quién cobra qué
Se puede testar desde los catorce años; el testamento escrito a mano exige ser mayor de edad. No hay edad máxima ni plazo. Puedes cambiarlo cuando quieras; el último anula los anteriores, salvo que digas otra cosa.
La notaría cobra el testamento según su arancel. Si un abogado lo prepara, te explica antes sus honorarios. Al testar no se paga ningún impuesto.
Si llegara un pleito
Valdemoro es sede de partido judicial, con su tribunal de instancia en la ciudad. El partido lo forman Chinchón, Ciempozuelos, San Martín de la Vega, Titulcia, Torrejón de la Calzada, Torrejón de Velasco, Valdelaguna y Valdemoro.
Un pleito por la herencia se tramita en el juzgado del último domicilio del fallecido. Si vivía en Valdemoro, sería aquí. También está en la ciudad el Registro de la Propiedad de Valdemoro.
Comprueba los datos en las fuentes oficiales
- La ordenanza de plusvalía y sus coeficientes, en las ordenanzas fiscales de la sede de Valdemoro.
- Qué oficina liquidadora corresponde a cada municipio, en el listado de la Comunidad de Madrid.
- El Registro, en el directorio del Colegio de Registradores.
Cómo te ayuda el abogado colaborador
No tenemos oficina en Valdemoro y no somos un despacho. Tu Herencia Directa te pone en contacto con un abogado colegiado especialista en herencias.
Él estudia tu familia y tus bienes, te explica las opciones y prepara el borrador para la notaría. Puede atenderte a distancia o en su despacho.
Si luego hace falta, también puede llevar la herencia cuando llegue el momento, para que tu familia no empiece de cero.
Preguntas frecuentes
¿Cómo hacer testamento en Valdemoro?
Prepara el reparto, elige notaría y firma en una sola visita. El notario lo redacta, lo lee contigo y comunica su existencia al Registro de Últimas Voluntades.
¿Tengo que ir a un notario de Valdemoro?
No. Para un testamento eliges notario libremente, en Valdemoro o en otro municipio.
¿Qué necesito llevar al notario para hacer testamento?
Tu DNI en vigor y los datos de las personas a las que dejas algo. Lo demás depende de lo que quieras incluir.
¿Puedo dejar todo a mi mujer o a mi marido?
No del todo si tienes hijos, porque tienen su legítima. Se suele dejar al cónyuge el usufructo de todo y a los hijos la propiedad.
¿Mis nietos pueden heredar directamente?
Sí, con el tercio de mejora o el de libre disposición. Ten en cuenta que la bonificación de plusvalía de Valdemoro se limita a hijos y padres.
¿Cuánto paga de plusvalía un hijo que hereda en Valdemoro?
Depende del valor del suelo y de los años de tenencia. Tiene una bonificación del 50 % si la pide en plazo y está al corriente de pago.
¿Es obligatorio hacer testamento?
No. Pero sin testamento tus herederos necesitan una declaración de herederos, y la ley decide por ti.
¿Puedo hacer testamento si estoy en una residencia?
Sí. El notario puede desplazarse y comprobar tu capacidad allí. Lo que dejes a la residencia o a su personal que te cuida es nulo, salvo que sea un pariente con derecho a heredar.
¿Puedo cambiar el testamento si cambio de idea?
Sí, ante notario y cuando quieras. Vale el último que firmes.
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Si quieres dejar tus cosas en orden y proteger a los tuyos, cuéntanoslo. Te ponemos en contacto con un abogado que te ayuda a prepararlo.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido