Plazos y presentación del impuesto de sucesiones ante la ATC
En Cataluña el impuesto de sucesiones se presenta ante la Agència Tributària de Catalunya, la ATC. Tiene sus propios formularios y algunas exigencias que no existen en otras comunidades.
Aquí repasamos los plazos, los papeles y las dos vías para presentarlo. También una herramienta poco conocida para cobrar seguros o sacar dinero del banco antes de terminar.
Datos revisados en octubre de 2026. Los procedimientos de la ATC se actualizan a menudo, y el profesional confirma el vigente cuando vayáis a presentar.
Cuánto tiempo hay
El plazo es de seis meses desde la defunción. No cuenta desde la lectura del testamento ni desde la firma en la notaría.
Si no vais a llegar, se puede pedir una prórroga de otros seis meses con el modelo S05. Hay que pedirla dentro de los cinco primeros meses.
Si la ATC no responde en un mes, se entiende concedida. Durante la prórroga corren intereses de demora.
Más sobre esto en prórroga del impuesto de sucesiones.
Qué se presenta
En Cataluña la autoliquidación es obligatoria. Cada heredero calcula su impuesto y lo declara.
- Modelo 660: la relación de bienes y deudas de la herencia, común para todos.
- Modelo 650: una autoliquidación por cada heredero, legatario o beneficiario.
- Documento de aceptación de la herencia, notarial o privado.
- Donaciones previas: hay que declarar lo que el fallecido donó a los herederos en los 4 años anteriores a su muerte.
Este último punto sorprende a muchas familias. Una ayuda para la entrada de un piso hace tres años puede tener que aparecer en la declaración.
Papeles que conviene tener a mano
- Certificados de defunción, de últimas voluntades y de seguros de vida.
- Copia autorizada del testamento, o la declaración de herederos si no lo había.
- Saldos de las cuentas a la fecha de la muerte y extractos de inversiones.
- Referencias catastrales de los inmuebles y, si los hay, datos de vehículos.
- Escrituras o justificantes de las donaciones de los últimos años.
- Justificantes de deudas, del entierro y de la última enfermedad.
Si falta algo al principio, no pasa nada. El profesional ordena qué pedir primero.
Dos formas de presentar
Por internet, con el programa de ayuda de la ATC. Presenta quien se identifica digitalmente, que puede ser un heredero o un profesional.
En una oficina de la ATC, llevando los formularios en PDF generados con el mismo programa.
Si los herederos viven en distintas ciudades, la vía telemática evita desplazamientos. El profesional puede presentar por todos con la autorización correspondiente.
La autoliquidación parcial: el modelo 652
A veces la familia necesita dinero antes de terminar la herencia. Para cobrar un seguro de vida o retirar fondos de una cuenta del fallecido, existe la autoliquidación parcial.
Se presenta con el modelo 652 y solo sobre esos bienes concretos. Después, en la autoliquidación final, se descuenta lo ya pagado.
Es útil, por ejemplo, para pagar el propio impuesto con el saldo de las cuentas. Lo contamos en pagar sucesiones con las cuentas del fallecido.
Un calendario orientativo
- Primer mes: certificados de defunción, últimas voluntades y seguros de vida.
- Segundo mes: copia del testamento o declaración de herederos.
- Tercer mes: inventario, saldos bancarios, valores catastrales y donaciones de los últimos años.
- Cuarto mes: cálculo de cada heredero y decisión sobre reducciones, como la de vivienda o la de empresa.
- Quinto mes: último momento para pedir la prórroga si hace falta.
- Sexto mes: presentación y pago.
Si después se pierde un beneficio
Algunas reducciones exigen mantener los bienes durante años, como la vivienda o la empresa. Si se incumple el requisito, hay que actuar.
En ese caso, se presenta una autoliquidación complementaria en el plazo de un mes, con intereses de demora.
Si el plazo ya ha pasado
Presentar tarde por iniciativa propia tiene recargos. Si es la ATC quien lo reclama primero, en lugar de recargos puede haber sanción e intereses.
Lo mejor suele ser regularizar cuanto antes. Lo explicamos en sucesiones fuera de plazo.
Preguntas frecuentes
¿Hace falta firmar antes la aceptación en el notario?
Hay que aportar un documento de aceptación, que puede ser notarial o privado. El profesional te dirá cuál conviene.
¿Se pueden presentar herederos por separado?
Cada uno tiene su modelo 650, pero la relación de bienes es común. Lo habitual es presentarlo todo a la vez.
El resto de reglas está en sucesiones en Cataluña.
Si el plazo se acerca, escríbenos. Te ponemos en contacto con un profesional colaborador que te explica sus honorarios antes de empezar.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido