Seguro de vida de la empresa o del convenio: cómo cobrarlo
Muchos convenios colectivos obligan a la empresa a contratar un seguro que paga una cantidad si el trabajador fallece. Otras empresas lo ofrecen por su cuenta como un beneficio más. A menudo la familia no sabe que existe. Para cobrarlo, hay que preguntar a la empresa, identificar la póliza y presentar la documentación ante la aseguradora.
Es dinero que se pierde con facilidad por desconocimiento. Te explicamos cómo averiguar si lo había y cómo reclamarlo.
De dónde sale este seguro
Hay dos situaciones habituales:
- El seguro del convenio colectivo. El convenio del sector obliga a la empresa a tener asegurados a sus trabajadores. Suele cubrir la muerte y la incapacidad, a veces solo por accidente y a veces por cualquier causa.
- El seguro colectivo de la empresa. La empresa lo contrata voluntariamente para su plantilla o para algunos puestos, como parte del paquete de retribución.
En ambos casos el seguro es colectivo: una póliza que cubre a muchos trabajadores. Por eso a veces no aparece entre los papeles personales del fallecido.
Cómo averiguar si existía
- Pregunta a la empresa, normalmente al departamento de personal o a la gestoría laboral. Pide por escrito si había un seguro de vida o de accidentes y con qué compañía.
- Revisa el convenio colectivo del sector. Suele tener un apartado sobre seguros o mejoras por fallecimiento.
- Mira las nóminas. A veces aparece una referencia al seguro o a su coste.
- Pide el certificado oficial de seguros. Puede no recoger todos los colectivos, pero conviene consultarlo. Lo explicamos en saber si un fallecido tenía seguro de vida.
Qué pasa si ya no trabajaba allí
Depende del caso. En general, la cobertura del convenio está ligada a estar en activo en la empresa. Si el trabajador se había jubilado o había cambiado de trabajo, es probable que ya no estuviera cubierto.
Pero hay excepciones. Algunos convenios mantienen la cobertura durante un tiempo tras la baja, o en situaciones como la incapacidad temporal. Merece la pena preguntar aunque parezca que no.
Quién cobra
El seguro paga a los beneficiarios designados. En los colectivos, es frecuente que el trabajador no eligiera a nadie. Entonces se aplica el orden que fije la póliza o el convenio, que suele ser parecido a este: cónyuge, hijos, padres y herederos.
Si el trabajador sí rellenó un documento de designación, la empresa o la aseguradora deberían tenerlo. Conviene pedir una copia.
Ojo con los impuestos: según cómo esté planteada la póliza colectiva, lo cobrado puede tributar en el impuesto de sucesiones o en la renta del beneficiario. El gestor lo comprueba con la documentación.
Si la empresa no lo había contratado
Puede pasar que el convenio obligue a tener el seguro y la empresa no lo hiciera. En ese caso la empresa puede tener que responder directamente frente a la familia por lo que habría pagado el seguro. Es una reclamación laboral con sus propios plazos, y conviene consultarla con un abogado cuanto antes.
Documentos que suelen pedir
- Certificado de defunción y, si se discute la causa, informe médico.
- Certificado de empresa que acredite la relación laboral en la fecha del fallecimiento.
- Documentos que acrediten la condición de beneficiario: libro de familia, testamento o declaración de herederos.
- Si el seguro es de accidentes, documentación sobre cómo ocurrió, como el atestado o el parte de accidente laboral.
La lista general la tienes en documentos para cobrar un seguro de vida.
Qué hacer ahora
- Escribe a la empresa y pregunta por cualquier seguro de vida o accidentes.
- Consigue el convenio colectivo y busca el apartado de seguros.
- Reúne la documentación básica y presenta la reclamación a la aseguradora.
- Si la empresa no contrató el seguro obligatorio, consulta con un abogado.
Preguntas frecuentes
¿El seguro del convenio forma parte de la herencia?
Si hay beneficiario designado, no. Lo cobra directamente esa persona.
¿Cubre también a los autónomos?
El seguro de convenio es para trabajadores por cuenta ajena. Un autónomo puede tener sus propias pólizas, que hay que buscar aparte.
¿Hay plazo para reclamarlo?
Sí. Los derechos derivados del seguro y las reclamaciones laborales prescriben. Lo prudente es reclamar cuanto antes.
Para ver el proceso de cobro completo, vuelve a cobrar el seguro de vida de un fallecido.
Otras dudas que te pueden servir
- La aseguradora no paga el seguro de vida
- Seguro de vida con el beneficiario fallecido
- Seguro de vida con un beneficiario menor
- Renunciar a la herencia y cobrar el seguro de vida
- Seguro de vida con la ex pareja como beneficiaria
- Seguro de vida de la hipoteca al fallecer
- ¿El seguro de vida forma parte de la herencia?
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido