Cuando heredan los hijos o el viudo en Canarias
Heredar de un padre o de una madre en Canarias rara vez supone un gran desembolso. Aun así, el trámite existe y tiene sus pasos, y es fácil confundirse con tanto modelo y oficina.
Esta página explica cómo tributan los hijos, los nietos, el cónyuge y los padres del fallecido en las islas.
Quién está en los grupos I y II
- Grupo I: descendientes y adoptados menores de 21 años.
- Grupo II: descendientes de 21 años o más, cónyuge, ascendientes y adoptantes.
La pareja de hecho se asimila al cónyuge. En Canarias, la convivencia puede probarse por cualquier medio admitido en Derecho, no solo con una inscripción.
Primer paso: la reducción por parentesco
Canarias tiene reducciones propias, más altas que las estatales. Cambian según la edad y el vínculo:
- Menores de 10 años: se reduce toda su base, con un máximo de 138.650 euros.
- De 10 a menos de 15 años: máximo de 92.150 euros.
- De 15 a menos de 18 años: máximo de 57.650 euros.
- De 18 a menos de 21 años: máximo de 40.400 euros.
- Cónyuge: 40.400 euros.
- Hijos o adoptados de 21 años o más: 23.125 euros.
- Otros descendientes y ascendientes: 18.500 euros.
Si la reducción estatal resultara más favorable en algún caso, se aplica la estatal.
Segundo paso: la bonificación
Después se calcula la cuota y se aplica una bonificación del 99,9 %. Lo que queda por pagar es una parte mínima de la cuota inicial.
La bonificación alcanza también a las cantidades de seguros de vida que se suman a la parte de la herencia.
Reducciones que se pueden sumar
- Mayores de 75 años: si el heredero tiene 75 años o más, puede reducir 125.000 euros. Es habitual cuando hereda un viudo o un padre de edad avanzada. No se suma a la de discapacidad.
- Discapacidad: 72.000 euros con un grado de entre el 33 % y el 65 %, y 400.000 euros con el 65 % o más.
- Seguros de vida: reducción total hasta 23.150 euros si el beneficiario es cónyuge, ascendiente, descendiente, adoptante o adoptado del fallecido. Hay una por heredero.
- Vivienda del fallecido: el 99 % de su valor con un límite conjunto. La detallamos en vivienda habitual en Canarias.
Si quieres entender mejor cómo se relaciona el seguro con la herencia, lee seguro de vida y herencia.
Los gananciales importan
Si el matrimonio estaba en gananciales, la mitad de los bienes comunes ya era del viudo. Solo la otra mitad forma la herencia.
En Canarias, además, varias reducciones solo afectan a la mitad del bien si era ganancial. El profesional separa lo que era de cada uno antes de calcular.
Un caso para situarse
Un hombre fallece en Las Palmas. Deja a su mujer, que ya ha cumplido los 75 años, y a una hija de más de 21 años. Estaban casados en gananciales.
La viuda aplica la reducción del cónyuge y la de mayores de 75 años. La hija aplica la suya de 23.125 euros. Ambas tienen la bonificación del 99,9 % sobre la cuota.
Lo que más trabajo da no es el cálculo, sino reunir la documentación y presentarla bien.
El usufructo del viudo
Como Canarias sigue el Código Civil, el viudo que concurre con hijos tiene el usufructo del tercio de mejora. Es el derecho a usar esos bienes y percibir sus rentas de por vida.
Los herederos pueden pactar con él cambiar ese usufructo por una renta, unos bienes o un capital. En cualquier caso, también se declara en el impuesto.
Lo explicamos en usufructo del viudo en sucesiones.
Preguntas frecuentes
¿Mi pareja de hecho tiene el mismo trato que un cónyuge?
En el impuesto, sí. Otra cosa es la herencia civil: el Código Civil no da a la pareja de hecho derechos sin testamento.
¿Un nieto menor de edad cuánto reduce?
Depende de su edad exacta. Cuanto más joven, mayor es el máximo.
¿Hay que presentar aunque salga casi nada?
Sí. Cada heredero presenta su modelo 650 junto con el modelo 660 de la herencia.
Cómo te ayudamos
Te ponemos en contacto con un abogado o gestor colaborador en Canarias. Separa gananciales, aplica las reducciones y presenta en la Agencia Tributaria Canaria. Te explica sus honorarios antes de empezar.
Datos revisados en octubre de 2026. La norma puede cambiar, y el profesional la confirma con tu caso.
Vuelve al impuesto de sucesiones en Canarias para ver el resto de temas.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido