Cobrar el seguro de vida de un fallecido

¿Cobra el seguro de vida la ex pareja si sigue como beneficiaria?

Depende de cómo aparezca en la póliza. Si el beneficiario es «mi cónyuge» sin más, la ley entiende que cobra quien lo sea en el momento del fallecimiento, así que la ex pareja divorciada no cobra. Si aparece con su nombre y apellidos, en principio sí cobra, aunque estuvieran divorciados, salvo que se cambiara la designación.

Es una situación más frecuente de lo que parece y genera muchos conflictos. Te explicamos los casos y qué se puede hacer.

Designación genérica o con nombre

La clave está en la forma en que se nombró al beneficiario:

  • Genérica: «el cónyuge», «mi esposa», «mi marido». Se refiere a quien tenga esa condición al morir. Si había divorcio, la ex no entra. Si había un nuevo matrimonio, cobra el cónyuge actual. Si solo estabais separados, sin divorcio, la situación es más dudosa y conviene revisarla.
  • Con nombre y apellidos. Se refiere a esa persona concreta, sea cual sea su relación con el fallecido en ese momento. El divorcio no la borra de forma automática.
  • Genérica sin cónyuge. Si la póliza dice «el cónyuge» y el fallecido estaba divorciado y no se volvió a casar, esa designación queda vacía. Entonces se mira si hay beneficiarios en segundo lugar o, si no, el capital pasa a la herencia.

¿Y si era pareja de hecho?

Ocurre lo mismo. Si la pareja aparece con su nombre, cobra aunque la relación hubiera terminado. Si la designación es genérica, habrá que interpretar qué quiso decir el fallecido y con quién convivía al morir. Es un terreno donde a veces hay que acudir a los tribunales.

Cuándo se puede discutir

Aunque la ex aparezca con nombre, hay situaciones que pueden cambiar las cosas:

  • Un cambio de beneficiario posterior. Puede hacerse por escrito a la aseguradora o incluso en el testamento. Hay que comprobar si existe y es válido.
  • El convenio de divorcio. A veces se pacta algo sobre el seguro, por ejemplo mantenerlo en favor de los hijos. Eso puede afectar a quién cobra o a lo que hay que hacer con el dinero.
  • El seguro vinculado a una hipoteca común. Si sigue existiendo una deuda de los dos, el reparto es distinto. Lo explicamos en seguro de vida de la hipoteca.
  • Las primas pagadas con dinero común. Si se pagaron durante el matrimonio en gananciales, puede haber derechos de reembolso al liquidar.

Cómo saber quién figura como beneficiario

Si eres heredero o familiar directo, puedes pedir a la aseguradora información sobre la póliza una vez acreditado el fallecimiento y tu interés. Para saber qué seguros tenía la persona, el primer paso es el certificado oficial de seguros. Lo contamos en saber si un fallecido tenía seguro de vida.

Mira también si existe un testamento posterior a la póliza que diga algo sobre el seguro. Un cambio de beneficiario en testamento puede ser válido.

Si eres la ex pareja

Si sigues apareciendo con tu nombre, puedes reclamar el capital presentando la documentación que pida la compañía. Si los herederos se oponen, la aseguradora puede retener el pago hasta que se aclare la situación.

Si la designación es genérica y estabais divorciados, lo más probable es que no te corresponda.

Para que no te pase

Si te has separado o divorciado, revisa todos tus seguros de vida, planes de pensiones y cuentas con beneficiarios. Cambiar el beneficiario es sencillo: se comunica por escrito a la aseguradora. Hazlo cuanto antes, y guarda el justificante.

Qué hacer ahora

  1. Consigue la póliza o el certificado con la designación de beneficiarios.
  2. Comprueba si es genérica o nominativa.
  3. Revisa el convenio de divorcio y el último testamento.
  4. Si hay desacuerdo, comunica por escrito a la aseguradora que existe un conflicto.
  5. Consulta con un abogado antes de que se haga el pago.

Preguntas frecuentes

¿El divorcio anula al ex como beneficiario del seguro?

Solo si la designación era genérica. Si aparece con nombre, sigue siendo beneficiario hasta que se cambie.

¿Los hijos pueden reclamar el seguro que cobra la ex?

Si no son beneficiarios, en general no. Salvo que el convenio de divorcio o el testamento digan otra cosa.

¿Se puede cambiar el beneficiario en el testamento?

Sí, en general se admite. Conviene que la aseguradora lo sepa para que no pague a quien no corresponde.

Para conocer el proceso de cobro completo, vuelve a cobrar el seguro de vida de un fallecido.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido