Vender una vivienda heredada

Poder notarial para vender una casa heredada: cómo funciona

Sí se puede vender aunque uno de los herederos no vaya a la notaría. Basta con que firme antes un poder ante notario a favor de otra persona de su confianza. Esa persona firmará en su nombre la herencia y la venta, siempre que el poder lo diga con claridad.

Es muy habitual entre hermanos que viven en ciudades distintas o en otro país. También cuando alguno tiene poca movilidad o horarios imposibles. Te contamos cómo hacerlo bien para que el día de la firma no falle nada.

Qué es un poder y quién puede recibirlo

Un poder notarial es un documento en el que una persona autoriza a otra a actuar por ella. Quien lo da se llama poderdante y quien lo recibe, apoderado. Se firma ante un notario, que comprueba la identidad y la voluntad de quien lo otorga.

El apoderado puede ser otro heredero, la pareja, un amigo o un profesional. Lo importante es que sea alguien de total confianza. Va a firmar una venta y, si así se pacta, a cobrar dinero.

Qué debe decir el poder para vender una casa heredada

Un poder general a veces no basta para este caso. Lo más seguro es un poder especial pensado para esta herencia y esta venta. Suele incluir:

  • Aceptar la herencia del fallecido, con su nombre y fecha de fallecimiento.
  • Firmar el inventario, el reparto y la adjudicación de bienes.
  • Vender la vivienda concreta, identificada por su dirección y sus datos registrales.
  • Fijar o aceptar el precio, y si se quiere, un precio mínimo.
  • Cobrar la parte del precio que corresponde al poderdante o indicar la cuenta donde ingresarla.
  • Cancelar una hipoteca pendiente, si la hay.
  • Presentar los impuestos y firmar los documentos del ayuntamiento y del Registro.

Un detalle importante: si el apoderado también es heredero, va a firmar a la vez por él y por otro. Eso puede ser un conflicto de intereses. El poder tiene que permitirlo de forma expresa.

Si el heredero vive en el extranjero

Tiene dos caminos. El primero es firmar el poder en el consulado de España del país donde vive. El consulado actúa como un notario español y el documento sirve directamente en España.

El segundo es firmarlo ante un notario del país donde reside. En ese caso suele hacer falta la apostilla, que es un sello que da validez internacional al documento. Si no está en español, también una traducción oficial.

Además, si el heredero es extranjero necesita su número de identidad de extranjero para vender. Y si no reside en España, el comprador tiene que retener una parte del precio y pagarla a Hacienda a cuenta de sus impuestos. Lo explica el abogado con números concretos.

Si quieres ver más detalles de herencias con familia fuera, tienes Heredar en España viviendo en el extranjero.

Otras opciones si no se puede firmar un poder

Firmar en notarías distintas. A veces un heredero firma la escritura en su ciudad y otro la ratifica después en otra notaría. Es posible, pero muchos compradores prefieren que todo quede firmado el mismo día.

Esperar a una fecha común. Si el viaje es posible, coordinar una sola cita en la notaría es lo más sencillo.

Cuando el heredero ya no puede decidir. Un poder solo vale si quien lo firma entiende lo que hace. Si un heredero tiene una enfermedad que le impide decidir, hacen falta medidas de apoyo y, a menudo, permiso del juez. Lo vemos en Vender una casa heredada cuando uno de los herederos es menor de edad, porque el camino es parecido.

Qué hacer ahora

  1. Decidid quién va a firmar por el heredero que no puede ir.
  2. Pide a la notaría de la venta un borrador del poder con todo lo necesario.
  3. Si el heredero vive fuera, pide cita en el consulado o busca notario local y apostilla.
  4. Envía el original del poder con tiempo suficiente. Una copia escaneada no sirve.
  5. Revisa que los datos de la casa y del fallecido coinciden con la escritura.

El orden completo de la venta lo tienes en Vender una vivienda heredada.

Preguntas frecuentes

¿Se puede revocar el poder si cambio de idea?

Sí. Quien da un poder puede revocarlo ante notario cuando quiera. Conviene avisar al apoderado y a la notaría de la venta para que no se use.

¿El apoderado puede quedarse con mi parte del dinero?

Solo si el poder le permite cobrar. Para evitar dudas, se puede indicar que tu parte se ingrese directamente en tu cuenta.

¿Cuánto dura un poder notarial?

En general no caduca, salvo que se diga en el propio poder. Se extingue si se revoca o si fallece quien lo dio. Para algo tan concreto como una venta, se puede limitar en el tiempo.

Si alguno de los herederos está lejos y queréis vender, cuéntanos dónde vive cada uno. Te ayudamos a encontrar un abogado especialista que coordine el poder, la herencia y la firma.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido