Trámites de la herencia

Copia autorizada del testamento: quién la pide y cómo

Saber que hay testamento es solo la mitad. La otra mitad es leerlo, y para eso hay que pedir una copia a la notaría donde se firmó. Ese documento oficial es la copia autorizada, y es la que vale para tramitar la herencia.

Qué es la copia autorizada

El testamento original nunca sale de la notaría. Se guarda en lo que se llama protocolo, que es el archivo de escrituras de cada notario.

Lo que se entrega es una copia autorizada: una reproducción firmada y sellada por el notario, con el mismo valor que el original.

No hay que confundirla con la copia simple, que sirve para informarse pero no para tramitar nada.

Tampoco se lee el testamento en una reunión familiar, como se ve en las películas. Cada interesado pide su copia y la lee.

Para qué sirve

  • Para saber quiénes son los herederos, si hay legados y si se nombró albacea o contador-partidor.
  • Para firmar la aceptación y el reparto en la notaría.
  • Para presentar el impuesto de sucesiones.
  • Para que el banco libere el dinero de las cuentas.
  • Para valorar si alguien puede impugnar el testamento o reclamar su parte.

Quién puede pedirla

Mientras la persona vive, solo ella puede pedir copia de su testamento.

Tras el fallecimiento, la pueden pedir quienes tienen un interés legítimo:

  • Los herederos nombrados en el testamento.
  • Los legatarios, que son quienes reciben un bien concreto.
  • Los hijos y demás herederos forzosos, aunque el testamento los deje fuera, porque podrían tener derecho a la legítima.
  • Quienes heredarían si el testamento no existiera, en determinados casos.
  • El albacea o el contador-partidor designado.

Un vecino o un amigo sin relación con la herencia no puede pedirla.

Dónde se pide

En la notaría que autorizó el testamento. Su nombre y la fecha aparecen en el certificado de últimas voluntades.

Si ese notario se ha jubilado o ha cambiado de plaza, el protocolo lo guarda quien le sustituye o el archivo correspondiente. La propia notaría o el colegio notarial te lo indican.

Si la notaría está lejos, a menudo puedes pedirla a través de otra más cercana, que se encarga de solicitarla a la que guarda el testamento.

Cómo se hace, paso a paso

  1. Consigue el certificado de defunción y el de últimas voluntades.
  2. Identifica la notaría y el último testamento que aparece.
  3. Llama o escribe a la notaría para pedir cita o indicaciones.
  4. Acude con tu DNI y la documentación que acredite tu relación con el fallecido.
  5. Recoge la copia o recíbela según te indiquen. Los honorarios de la copia los fija el arancel notarial.

Documentos que suelen pedirte

  • Tu DNI.
  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Si no apareces nombrado en el testamento, algún documento que pruebe tu parentesco, como el libro de familia.

Plazos y detalles a tener en cuenta

No hay un plazo para pedir la copia. Pero sin ella no se puede presentar el impuesto, que tiene seis meses desde el fallecimiento. Conviene pedirla pronto.

Si el certificado muestra varios testamentos, lo normal es pedir copia del último. A veces interesa ver también los anteriores, por ejemplo si el último se discute.

Un testamento puede tener cláusulas difíciles de entender: sustituciones, usufructos, legados con condiciones. Leerlo con calma, y con alguien que sepa interpretarlo, evita malentendidos entre la familia.

Por qué puede ayudarte un profesional

Pedir la copia es sencillo. Interpretarla, no tanto.

Un abogado especialista te explica qué dice de verdad el testamento, qué parte toca a cada uno y si respeta las legítimas. Con eso podéis preparar la aceptación de la herencia sabiendo qué firmáis.

Si el testamento te excluye o te parece injusto, el abogado valora si cabe reclamar la legítima o impugnar el testamento.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden negar la copia?

Si no acreditas un interés legítimo, sí. Si eres heredero, legatario o hijo del fallecido, la notaría debe dártela.

¿Tengo que ir a la notaría donde se firmó?

No siempre. En muchos casos puedes pedirla desde otra notaría más cercana.

¿Qué pasa si el testamento es muy antiguo?

Sigue siendo válido si es el último. El notario que guarda el protocolo puede expedir la copia aunque hayan pasado muchos años.

¿Puedo pedir la copia si me han desheredado?

Sí. Precisamente para poder revisar si la desheredación cumple los requisitos de la ley.

Si ya tienes el testamento y no terminas de entenderlo, cuéntanos qué te preocupa. Buscamos un abogado colaborador que lo revise contigo y te explique sus honorarios antes de empezar.

Otros trámites de la herencia

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido