Antes de la herencia

Pactos sucesorios: ordenar la herencia en vida, de común acuerdo

Hay familias que prefieren dejar la herencia hablada y firmada mientras todos están presentes. Quién se queda con la casa, quién continúa el negocio, cómo se compensa a los demás. Para eso existen los pactos sucesorios.

Un pacto sucesorio es un acuerdo ante notario entre una persona y quienes van a heredarla, para decidir en vida qué pasará con sus bienes. A diferencia del testamento, lo firman varias partes y no se puede cambiar por la voluntad de una sola.

Lo primero que conviene saber es esto: los pactos sucesorios solo existen en las comunidades con derecho civil propio. En el resto de España rige el Código Civil, que no los permite salvo excepciones muy concretas. Si tu vecindad civil es la común, la herramienta que tienes es el testamento y, en su caso, la donación en vida.

Dónde existen y cómo se llaman

Cada comunidad los regula a su manera, con nombres propios:

  • Galicia: el pacto de mejora, para atribuir bienes a un descendiente, y la apartación, para dejar fuera de la herencia a un legitimario a cambio de algo. Lo explicamos en pacto de mejora y apartación en Galicia.
  • País Vasco: pactos con amplia libertad, apoyados en una legítima colectiva. Lo contamos en pacto sucesorio en el País Vasco.
  • Baleares: la definición en Mallorca y Menorca, y el finiquito de legítima en Ibiza y Formentera. Te lo detallamos en definición y finiquito en Baleares.
  • Cataluña: los heredamientos y otros pactos, con requisitos sobre quién puede firmarlos.
  • Aragón: los pactos de institución de heredero y otros acuerdos sobre la herencia.
  • Navarra: un derecho muy flexible que los admite con amplitud.

Para una explicación general, empieza por qué es un pacto sucesorio.

Quién puede firmar uno

Aquí está la clave. No basta con vivir en una de estas comunidades ni con tener allí una casa. Lo que importa es la vecindad civil, el vínculo de cada persona con uno de los derechos civiles de España.

Puedes vivir en Valencia y tener vecindad gallega, o vivir en Bilbao y tener la común. Se adquiere por nacimiento y también por residencia continuada, con o sin declaración ante el Registro Civil, según el tiempo.

En algunas comunidades basta con la vecindad de quien deja los bienes. En otras se exige también a otros firmantes. Lo explicamos con detalle en pactos sucesorios y vecindad civil.

Para qué se usan

  • Dejar la empresa o la explotación familiar a quien la va a continuar.
  • Adelantar a un hijo su parte y cerrar así cualquier reclamación futura.
  • Compensar a los hermanos que no reciben la casa familiar.
  • Proteger a la pareja o a quien cuida de la persona mayor.
  • Evitar que la herencia quede bloqueada por desacuerdos cuando llegue el momento.

Cómo se hace, paso a paso

  1. Se confirma la vecindad civil de quien deja los bienes y, si hace falta, de los demás.
  2. Se define qué se quiere conseguir: qué bienes, para quién, cuándo y con qué condiciones.
  3. Se comprueban las legítimas que existen en esa comunidad y cómo quedan los demás herederos.
  4. Se estudia la fiscalidad, que tiene reglas propias en cada comunidad.
  5. Se redacta el pacto con el abogado y se revisa con todos los firmantes.
  6. Se firma la escritura pública ante notario.
  7. Se presentan los impuestos y se inscriben los bienes en el Registro si hay inmuebles.

Qué documentos suelen hacer falta

  • DNI de todos los que firman.
  • Datos que acrediten la vecindad civil: lugar de nacimiento, residencia, posibles declaraciones en el Registro Civil.
  • Libro de familia o certificados que acrediten el parentesco.
  • Escrituras de los inmuebles y últimos recibos del IBI.
  • Documentación de cuentas, acciones o empresas si se incluyen.
  • Testamentos o pactos anteriores, si los hay.

Lo que conviene saber

Es más rígido que un testamento

Una vez firmado, el pacto no se cambia con la libertad de un testamento. Hace falta el acuerdo de los firmantes o una causa prevista en la ley o en el propio pacto. Por eso conviene pensar bien las cláusulas de salida.

Puede transmitir bienes ya o en el futuro

Según lo que se pacte, quien recibe puede adquirir los bienes desde la firma o esperar al fallecimiento.

No es una donación

Aunque a veces se parezcan, su tratamiento civil y fiscal es distinto. Por eso conviene comparar ambas figuras antes de decidir.

Su fiscalidad cambia con frecuencia

No damos cifras porque dependen de la comunidad y de la normativa de cada momento. El gestor colaborador hace el cálculo con tus datos.

Firmarlo sin la vecindad adecuada puede invalidarlo

Si después se demuestra que no se cumplían los requisitos, el reparto acordado podría no valer.

Cómo te ayudamos a empezar

Tu Herencia Directa no es un despacho. Escuchamos qué quiere hacer tu familia y te ponemos en contacto con un abogado colegiado que conozca el derecho civil de tu comunidad. Es él quien presta el servicio.

El abogado comprueba vuestra vecindad civil, compara el pacto con otras opciones y prepara el texto para la notaría. Antes de empezar, te explica qué incluye su trabajo y cuáles son sus honorarios. Escribirnos no te obliga a nada.

Preguntas frecuentes

¿Puedo hacer un pacto sucesorio en Madrid o en Andalucía?

Solo si tienes vecindad civil en una comunidad que lo permita. Si tu vecindad es la común, no.

¿Qué diferencia hay entre un pacto sucesorio y un testamento?

El testamento lo decide una persona y lo cambia cuando quiere. El pacto lo firman varias partes y es mucho más estable.

¿Puede un hijo renunciar a su legítima en vida?

En el Código Civil, no. En algunas comunidades sí, con figuras como la apartación gallega o la definición balear.

¿Hay que pagar impuestos al firmar el pacto?

Si hay entrega de bienes en el momento, normalmente sí. Cómo se tributa depende de la comunidad y del tipo de pacto.

¿Se puede deshacer un pacto sucesorio?

De mutuo acuerdo, sí. De forma unilateral, solo en los casos que prevea la ley o el propio pacto.

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Más dudas frecuentes

Cada comunidad con derecho propio tiene sus figuras y sus reglas. Estas guías amplían lo que aquí solo apuntamos:

Un acuerdo en familia, bien atado

Un pacto sucesorio puede ahorrar muchas discusiones futuras si se hace con calma y con la ley correcta. Si tu familia tiene vecindad en una de estas comunidades y queréis estudiarlo, cuéntanos vuestro caso. Te ayudamos a situar el primer paso.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido