Qué documentos pide el notario para la declaración de herederos
Para la declaración de herederos, el notario suele pedir el certificado de defunción y el de últimas voluntades. También los documentos que prueban el parentesco, como el libro de familia o los certificados de nacimiento y matrimonio. Además, el DNI de quien la solicita y dos testigos. Según el caso, puede pedir algo más.
Llevarlo todo desde el primer día ahorra visitas. Y evita que el acta se quede a medias esperando un papel que se podía haber pedido semanas antes. Esta lista recoge lo que se pide casi siempre y lo que aparece en situaciones concretas.
Los documentos básicos
- Certificado de defunción. Lo expide el Registro Civil donde se inscribió el fallecimiento.
- Certificado de últimas voluntades. Confirma si el fallecido hizo testamento. Si aparece alguno, el notario pedirá copia para comprobar que no nombra herederos.
- Libro de familia o certificados de nacimiento. Prueban que los hijos son hijos del fallecido.
- Certificado de matrimonio. Si estaba casado, para acreditar el vínculo con el cónyuge.
- DNI del solicitante. Y, conviene, los datos de todos los posibles herederos.
- Último domicilio del fallecido. A veces se pide un certificado de empadronamiento para confirmar dónde vivía.
Documentos que se piden en casos concretos
Hay situaciones que obligan a aportar algo más:
- Si un hijo murió antes que su padre o su madre, su certificado de defunción y los documentos de sus propios hijos, que heredan en su lugar.
- Si el fallecido estaba divorciado o separado, la sentencia o el documento que lo acredite.
- Si heredan hermanos o sobrinos, los certificados de nacimiento que permitan reconstruir el parentesco hasta los padres comunes.
- Si algún heredero es menor de edad o tiene una discapacidad con apoyos, la documentación de quien lo representa.
- Si hay documentos de otro país, puede hacer falta traducción y legalización.
Los dos testigos
Además de los papeles, el notario necesita el testimonio de dos personas que conocieran al fallecido y a su familia. Confirman que los datos son ciertos: quiénes eran sus hijos, si estaba casado, dónde vivía. Lo explicamos con detalle en la guía sobre los testigos de la declaración de herederos.
En qué notaría se hace
Aquí no se puede elegir cualquier notario. La declaración de herederos debe hacerse ante un notario de un lugar que tenga relación con el fallecido. En general, es el de su último domicilio o residencia habitual. También puede ser donde estaba la mayor parte de sus bienes o donde falleció, y caben notarías de distritos cercanos.
Si los herederos viven lejos, no hace falta que acudan todos. Basta con que uno inicie el trámite.
Si falta algún documento
No te bloquees si no encuentras algo. Casi todos los certificados del Registro Civil se pueden volver a pedir, también por internet. Si un dato familiar es difícil de acreditar, el notario puede valorar otras pruebas, y los testigos cobran entonces más peso.
Lo importante es avisar a la notaría desde el principio de lo que no tenéis. Así os indican la alternativa y no se pierde tiempo.
Qué hacer ahora
- Pide el certificado de defunción y el de últimas voluntades si aún no los tienes.
- Busca el libro de familia. Si no aparece, solicita los certificados de nacimiento.
- Piensa en dos personas de confianza que conocieran bien a la familia.
- Llama a una notaría del último domicilio del fallecido y pregunta si piden algo más.
Si prefieres que alguien reúna todo y lo coordine, en la página de declaración de herederos te explicamos cómo te ayudamos a empezar.
Preguntas frecuentes
¿Necesito las escrituras de los bienes para la declaración de herederos?
No. La declaración solo dice quiénes son los herederos. Los bienes se tratan después, en la escritura de aceptación y reparto.
¿Tienen que ir todos los herederos al notario?
No. Basta con uno que tenga interés en la herencia. Los demás no tienen que estar presentes en esta fase.
¿Sirve un libro de familia antiguo?
Sí, si está completo y legible. Si faltan anotaciones, el notario puede pedir certificados actualizados.
Reunir los papeles es lo que más pesa al principio. Cuéntanos qué tienes ya y te ayudamos a ver qué falta.
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Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido