¿Quién puede pedir la declaración de herederos ante notario?
Puede pedir la declaración de herederos cualquier persona que se considere heredera del fallecido. Basta con que vaya una sola: un hijo, el cónyuge o un hermano, según el caso. También puede pedirla quien tenga un interés legítimo en la herencia, aunque no herede, como un acreedor que necesita saber a quién reclamar.
No hace falta el permiso de los demás herederos ni que estén presentes. La declaración se hace en beneficio de todos los que tengan derecho, lo haya pedido quien lo haya pedido.
Quiénes suelen iniciarla
En la práctica, la piden casi siempre los familiares más cercanos:
- Un hijo o una hija, cuando fallece el padre o la madre sin testamento.
- El viudo o la viuda, que aunque no herede la propiedad si hay hijos, tiene derechos en la herencia.
- Un hermano o un sobrino, cuando el fallecido no tenía hijos, padres ni cónyuge.
- El representante de un heredero, por ejemplo los padres de un nieto menor de edad.
Si un heredero no puede o no quiere ir, puede dar un poder a otra persona para que actúe en su nombre.
Quién más puede tener interés legítimo
El interés legítimo es una razón seria y justificada para necesitar saber quiénes son los herederos. Algunos ejemplos:
- Un acreedor del fallecido que quiere cobrar una deuda.
- Una persona que comparte un bien con el fallecido y necesita saber con quién tratar.
- Quien ha recibido un legado en un testamento que no nombra herederos.
El notario valora si ese interés es suficiente antes de iniciar el acta. Quien la pide sin ser heredero no recibe nada por ello. Solo consigue que quede claro a quién corresponde la herencia.
Ante qué notario se pide
No vale cualquier notaría de España. La ley señala unas cuantas opciones, relacionadas con el fallecido o con la herencia:
- Una notaría del lugar donde tuvo su último domicilio o residencia habitual.
- Una del lugar donde estaba la mayor parte de sus bienes.
- Una del lugar donde falleció, si fue en España.
- En algunos casos, una notaría cercana o la del domicilio de quien la pide.
Si los herederos viven en ciudades distintas, conviene elegir la opción que menos desplazamientos suponga. El notario os dirá si es competente antes de empezar.
Qué tiene que aportar quien la pide
Quien inicia la declaración es quien reúne la documentación y acude a la notaría. Normalmente tendrá que llevar:
- Los certificados de defunción y de últimas voluntades.
- Documentos que prueben el parentesco, como el libro de familia.
- Los datos de los demás posibles herederos.
- Dos testigos que conozcan a la familia.
En la guía de documentos para la declaración de herederos tienes la lista completa. Quien inicia el trámite también declara, bajo su responsabilidad, quiénes son los herederos. Por eso es importante no olvidar a nadie.
Si ninguno de los herederos puede encargarse
Pasa a menudo: uno vive fuera, otro trabaja a turnos y el tercero no se siente con fuerzas. En ese caso, un heredero puede otorgar un poder a un abogado o gestor para que prepare el expediente y coordine la cita. Quien firma como solicitante sigue siendo el heredero, pero no tiene que ocuparse de cada papel.
Qué hacer ahora
- Habla con el resto de la familia y decidid quién va a iniciarla.
- Elegid la notaría entre las opciones posibles.
- Reunid los certificados y localizad a los dos testigos.
- Si nadie puede encargarse, valorad que lo haga un profesional con un poder.
Tienes el recorrido completo en la página de declaración de herederos.
Preguntas frecuentes
¿Tiene que firmar la declaración el resto de herederos?
No. La firma quien la inicia. Los demás quedan reconocidos como herederos igualmente, aunque no hayan intervenido.
¿Puede pedirla la pareja de hecho?
Puede tener interés legítimo, sobre todo si vivía en la casa del fallecido. Que además herede depende de la comunidad autónoma.
¿Y si un heredero se opone a que se haga?
Su simple desacuerdo no la impide. Si aporta datos que contradicen la petición, el notario los valora, y si no queda claro quién hereda puede acabar en el juzgado. El reparto es otra cosa y viene después.
Que la inicie una sola persona hace este paso más ágil. Cuéntanos quién eres en la familia y te ayudamos a ver cómo empezar.
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Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido