El banco no me da el dinero de la herencia: qué hacer
Primero, averigua qué falta exactamente: pide al banco por escrito qué documento echa de menos. Si lo tienes todo y aun así no paga, presenta una reclamación en su servicio de atención al cliente. Si no responde o la respuesta no te convence, puedes acudir al Banco de España y, en último término, al juzgado.
La mayoría de los bloqueos largos se resuelven antes de llegar ahí.
Por qué un banco retiene el dinero
El banco responde si paga a quien no debe. Por eso revisa la documentación con lupa. Las causas más habituales de retraso son estas:
- Falta un documento o no es el que piden: una fotocopia en lugar de la copia autorizada, un certificado caducado.
- No firman todos los herederos. Si alguno no ha aceptado o no está localizable, la entidad espera.
- Falta el justificante del impuesto de sucesiones, aunque salga a pagar cero.
- Hay deudas con el propio banco, como un préstamo o una tarjeta, que quiere compensar con el saldo.
- Hay embargos o avisos de Hacienda sobre la cuenta.
- El departamento de testamentarías va saturado. Es el área del banco que revisa herencias y no siempre está en tu oficina.
Saber cuál es tu caso cambia por completo lo que hay que hacer.
Pide la respuesta por escrito
En la oficina es frecuente oír «falta algo» sin más detalle. Pide que te lo pongan por escrito, con la lista concreta de lo que necesitan. También puedes enviarlo tú por correo electrónico o con un escrito sellado.
Esto tiene dos ventajas. Sabes qué aportar y queda constancia de la fecha. Si después hay que reclamar, ese papel es la base. La lista habitual la tienes en qué documentos pide el banco para una herencia.
Cómo reclamar paso a paso
Si has entregado todo y el banco no paga, o pide requisitos que no tienen sentido, el camino es este:
- Servicio de atención al cliente. Todas las entidades lo tienen. Presenta la reclamación por escrito, con copia de lo que entregaste y la fecha.
- Espera la respuesta. El banco tiene un plazo legal para contestar. Guarda el acuse de recibo.
- Banco de España. Si no responden a tiempo o la respuesta no te convence, puedes acudir a su servicio de reclamaciones. Revisa el caso y emite un informe.
- Vía judicial. El informe no obliga a la entidad. Si el banco sigue sin pagar sin razón, el abogado puede reclamar ante el juzgado.
En la práctica, una reclamación bien documentada suele bastar para que el expediente avance.
Cuando el problema no es del banco
A veces el banco tiene razón al esperar. Si un hermano no firma, la entidad no puede entregar su parte a los demás. Ahí la solución pasa por la herencia, no por el banco. Lo explicamos en heredero que no acepta ni renuncia.
Si el banco se cobra una deuda del fallecido con el saldo, conviene revisar si procede. Más detalle en préstamos y tarjetas de un fallecido.
Qué hacer ahora
Pregunta por escrito qué falta y aporta lo que te pidan. Si ya está todo, reclama en atención al cliente y guarda copia de cada paso.
Si llevas mucho tiempo sin avances, un abogado especializado puede revisar el expediente y hablar con el departamento que lleva la herencia. El proceso completo está en desbloquear las cuentas de un fallecido.
Preguntas frecuentes
¿Puede el banco cobrar comisiones mientras tanto?
Algunas entidades siguen cobrando las comisiones de mantenimiento. Si el retraso es suyo, pregunta por su devolución en la reclamación.
¿Puede pedir requisitos distintos de los de otro banco?
Sí, cada entidad tiene su procedimiento interno. Lo que no puede es exigir algo sin relación con acreditar quiénes son los herederos y su parte.
¿Cuánto debería tardar el banco con todo entregado?
No hay un plazo fijo para entregar el dinero. Lo habitual lo contamos en cuánto tarda el banco en liberar el dinero de una herencia.
Esperar sin respuestas desgasta. Cuéntanos qué te ha dicho el banco y qué habéis entregado, y te ayudamos a encontrar al profesional que lo desatasque.
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Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido