Cuenta conjunta con un fallecido: qué pasa con el dinero
Si compartías cuenta con la persona que ha fallecido, el banco suele bloquear su parte y dejarte disponer de la tuya. Pero ser cotitular no te convierte en dueño de todo el saldo. El dinero es de quien lo aportó, y la parte del fallecido pasa a la herencia.
Indistinta o mancomunada: la primera pregunta
Lo que ocurre depende del tipo de cuenta. Lo puedes ver en el contrato o preguntarlo en la oficina.
- Cuenta indistinta. Cualquiera de los titulares podía operar solo, con su firma. Tras el fallecimiento, el titular que sigue vivo normalmente conserva acceso a la parte que le corresponde.
- Cuenta mancomunada. Hacían falta las firmas de todos para mover el dinero. Al faltar una, la cuenta queda parada hasta que los herederos firmen en lugar del fallecido.
La mayoría de las cuentas familiares son indistintas. Aun así, conviene comprobarlo antes de dar órdenes al banco.
Qué parte bloquea el banco
Cuando el banco se entera del fallecimiento, suele presumir que el saldo se reparte a partes iguales entre los titulares. Si erais dos, bloquea la mitad. Si erais tres, un tercio.
Esa presunción admite prueba en contra. Si demuestras que el dinero era tuyo, por ejemplo porque venía de tu nómina, la parte de la herencia puede ser menor. Y al revés: si todo procedía de la pensión del fallecido, su parte puede ser mayor.
Cada entidad tiene su práctica. Algunas bloquean el saldo completo hasta aclararlo, lo que puede resultar un problema si la cuenta servía para los gastos de casa.
El caso del matrimonio
Entre cónyuges casados en gananciales, el dinero ahorrado durante el matrimonio era de los dos. Al fallecer uno, la mitad pertenece al viudo o la viuda por derecho propio. Solo la otra mitad entra en la herencia.
Primero se separa lo que era del matrimonio, y después se reparte la parte del fallecido. En Cataluña y Baleares el régimen habitual es el de separación de bienes, y otras comunidades con derecho civil propio tienen regímenes distintos de los gananciales. Ahí el resultado cambia. Lo confirma el abogado con tu caso.
¿Puedo sacar todo el dinero antes de que el banco lo bloquee?
Técnicamente, a veces se puede, porque la cuenta indistinta lo permite. Pero no es buena idea. La firma te deja operar, pero no te hace propietario del dinero del fallecido.
Los demás herederos pueden pedir los movimientos y reclamarte su parte. Además, el impuesto de sucesiones se calcula con el saldo del día del fallecimiento, saques lo que saques después.
Sí puedes seguir usando con normalidad lo que es tuyo. Lo prudente es apartar la parte del fallecido y no tocarla hasta el reparto.
Qué hacer ahora
- Comunica el fallecimiento al banco con el certificado de defunción.
- Pregunta qué parte queda bloqueada y si puedes abrir otra cuenta a tu nombre para tus ingresos.
- Reúne pruebas del origen del dinero si crees que el reparto a partes iguales no es justo: nóminas, pensiones o ventas.
- Pide el certificado de saldos a la fecha del fallecimiento, que hará falta para el impuesto.
Para la parte que pasa a la herencia, el camino es el general. Lo explicamos en desbloquear las cuentas de un fallecido.
Preguntas frecuentes
¿Y si solo figuraba como autorizado, no como titular?
No tienes derecho al dinero por ese motivo. El autorizado solo podía operar en nombre del titular, y ese permiso termina con su muerte. Te lo contamos en sacar dinero de la cuenta de un fallecido.
¿Siguen entrando la pensión o la nómina en esa cuenta?
Tus ingresos pueden seguir entrando. Los del fallecido no deberían, y si llega alguna pensión posterior, normalmente habrá que devolverla.
¿Tengo que pagar impuesto por mi propia mitad?
No. Solo tributa lo que se hereda. Tu parte ya era tuya, y así debe reflejarse en la declaración del impuesto.
¿Puede el banco cobrarse una deuda del fallecido con esta cuenta?
Puede intentar compensarla con la parte que pertenecía al fallecido, si el contrato lo prevé. Con tu parte no debería. Si ves cargos así, pide explicación por escrito.
Una cuenta compartida suele mezclar dinero de varias personas y conviene ordenarlo bien. Si quieres, cuéntanos cómo estaba la cuenta y te ayudamos a encontrar un abogado de herencias de tu provincia que lo revise contigo.
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Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido