Abogados de herencias en Castellón

Impuesto de sucesiones en Castellón: Delegación de la ATV y diez oficinas

Hay una pregunta que se repite en casi todas las familias tras un fallecimiento: cuánto habrá que pagar a Hacienda. En Castellón, como en toda la Comunitat Valenciana, la respuesta depende sobre todo del parentesco.

La otra pregunta es dónde. En una provincia con costa poblada e interior disperso, la oficina que te toca puede no ser la más cercana a tu casa.

Datos revisados en octubre de 2026. Las cifras son de la ley vigente y cambian con las reformas; el profesional las confirma con vuestro caso.

La oficina, según el municipio

El impuesto lo gestiona la Agència Tributària Valenciana (ATV). La oficina depende de dónde vivía el fallecido, no de dónde vivís los herederos. Y la ley valenciana se aplica, en general, si residió en la Comunitat la mayor parte de los cinco años anteriores.

  • Delegación de la ATV en Castellón: para Castelló de la Plana, Benicàssim, Borriol, La Pobla Tornesa, Sant Joan de Moró y Vilafamés.
  • Oficinas liquidadoras: 10 para el resto de la provincia, en Albocàsser, Lucena del Cid, Morella, Nules, Orpesa, Sant Mateu, Segorbe, Vila-real, Vinaròs y Viver.

Las del interior cubren muchos pueblos. En el buscador oficial, la de Lucena del Cid suma 24 entradas, la de Viver 23 y la de Morella 21.

El buscador tiene 141 entradas, más que los 135 municipios, porque incluye núcleos como el Grao de Castellón. En la Delegación se presenta con cita previa. En las oficinas liquidadoras se puede ir sin cita, o pedirla en la web de los Registradores.

Grupos y bonificaciones

  • Grupo I, hijos, nietos y demás descendientes menores de 21 años: 100.000 euros de reducción, más 8.000 por cada año hasta los 21, con un máximo de 156.000 euros.
  • Grupo II, descendientes de 21 años o más, cónyuge y ascendientes: 100.000 euros.
  • Grupos I y II: bonificación del 99 % de la cuota de lo que se declara completo.
  • Grupo III: hermanos, sobrinos, tíos y parientes por matrimonio, con la reducción estatal de 7.993,46 euros.
  • Solo los de sangre tienen bonificación: el 25 % si el fallecimiento es desde el 1 de junio de 2026. Desde el 1 de junio de 2027, el 50 %.
  • Grupo IV, primos, parientes más lejanos y personas sin parentesco: ni reducción por parentesco ni bonificación.

Lo explicamos por grupos en hijos y cónyuge y hermanos y sobrinos.

Plazo, modelo y papeles

El plazo es de seis meses desde el fallecimiento. Dentro de los cinco primeros se puede pedir una prórroga de otros seis; si no contestan en un mes, se entiende concedida.

Cada heredero hace su autoliquidación con el modelo 650, la paga y luego la presenta en su oficina.

Hay que añadir los extractos del último año de cuentas, depósitos y valores cotizados. Quedan libres los grupos I y II con base imponible de 100.000 euros o menos.

Más en plazos y presentación.

Herederos que viven fuera

En Castellón, el 20,52 % de los residentes es extranjero, según el dato provisional del INE a 1 de julio de 2026. Por eso, puede que algún heredero viva en otro país.

Ese heredero no presenta su parte ante la ATV, sino ante la Agencia Tributaria del Estado. Aun así, si el fallecido vivía en la Comunitat, tiene derecho a las reducciones y bonificaciones valencianas. Puede haber diferencias de trámite, así que conviene coordinarlo todo desde el principio.

Si el fallecido no residía en España, las reglas para saber qué ley fiscal se aplica son otras. Lo vemos en herencias internacionales.

Reducciones a no olvidar

  • Vivienda habitual: 95 %, hasta 150.000 euros por heredero, con cinco años de mantenimiento. Para cónyuge, descendientes, ascendientes o un colateral mayor de 65 años que conviviera con el fallecido. Ver vivienda habitual.
  • Negocio o empresa familiar, también agrícola: 99 % con requisitos. Ver empresa familiar.
  • Discapacidad del heredero: 120.000 o 240.000 euros, según el grado.

Te ayudamos a presentarlo

Tu Herencia Directa no tiene oficina en Castellón, aunque haya aquí una página de la provincia. Te ponemos en contacto con gestores especializados y abogados colegiados.

El profesional trabaja a distancia o en su despacho. Sabe qué oficina toca, calcula cada autoliquidación y no deja fuera ninguna reducción aplicable.

Consultarnos no compromete. Los honorarios te los explica el profesional antes de empezar.

Preguntas frecuentes

Vivo en Valencia y mi madre vivía en Morella. ¿Dónde presento?

En la oficina liquidadora que corresponde al municipio de tu madre, no al tuyo. El buscador oficial de la ATV lo confirma.

¿Qué pasa si declaramos fuera de plazo?

Se puede presentar con recargos. Y la bonificación solo cubre lo que se declara completo antes de que la Administración lo reclame.

El resumen de la comunidad está en impuesto de sucesiones en la Comunitat Valenciana, y la guía general en impuesto de sucesiones. Vuelve a herencias en Castellón.

Dinos quiénes heredáis y dónde vivía vuestro familiar, y te orientamos sobre el siguiente paso.

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En otras provincias de Comunitat Valenciana: Alicante · Valencia

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido