Abogados de herencias en Las Palmas

Herencias en Mogán: Registro propio, dos notarías y juzgado en San Bartolomé de Tirajana

Mogán tiene 21.172 habitantes según el Padrón de 2025. Está en el suroeste de Gran Canaria.

Para una herencia tiene Registro de la Propiedad propio y la demarcación prevé dos notarías. Para los pleitos, el juzgado está en San Bartolomé de Tirajana.

Datos revisados en octubre de 2026. Las oficinas y las normas cambian; el profesional que lleve tu caso lo comprueba.

Tener esta página no quiere decir que tengamos oficina en Mogán. Te ponemos en contacto con un abogado colegiado o un gestor colaborador, que te atiende a distancia o en su despacho, según el caso.

Dónde se hace cada trámite

  • Registro de la Propiedad de Mogán. La nota simple dice en qué Registro está cada finca.
  • Notarías: la demarcación notarial prevé dos en Mogán, dentro del distrito de San Bartolomé de Tirajana.
  • Juzgado: Mogán pertenece al partido judicial de San Bartolomé de Tirajana, con Santa Lucía de Tirajana. En Mogán hay una Oficina de Justicia.
  • Impuesto de sucesiones: Agencia Tributaria Canaria, por internet o con cita en sus oficinas de Gran Canaria. Cuál te corresponde lo confirma el profesional.
  • Plusvalía: Ayuntamiento de Mogán.

Si la herencia acaba en el juzgado

Un heredero que no colabora, una partición que no se cierra o una legítima discutida pueden terminar en un pleito.

La regla general lleva el caso al juzgado del último domicilio del fallecido. Si vivía en Mogán, es la Sección Civil del Tribunal de Instancia de San Bartolomé de Tirajana.

El abogado intenta antes un acuerdo. Si no llega, prepara la demanda con todo ordenado.

Notario para la declaración de herederos

Sin testamento, los herederos se declaran ante notario. La ley fija cuáles valen.

El del último domicilio del fallecido, el del lugar con la mayor parte de los bienes, el del fallecimiento, o uno de un distrito colindante.

La plusvalía de Mogán, en dos frases

El tipo es del 27 % y la ordenanza no prevé ninguna rebaja por herencia. Por eso conviene comprobar si hubo ganancia real antes de pagar.

Todo el detalle en plusvalía por herencia en Mogán.

Impuesto de sucesiones en Canarias

Si el fallecido vivió en Canarias la mayor parte de los últimos cinco años, se aplica la ley canaria. Los grupos de parentesco I, II y III tienen una bonificación del 99,9 % de la cuota.

El plazo es de seis meses, con prórroga si se pide en los cinco primeros meses.

Canarias no tiene derecho civil propio. Legítimas y herencias sin testamento siguen el Código Civil. Más en impuesto de sucesiones en Canarias.

Si hay herederos que viven fuera de España

Cuando el fallecido o los herederos son extranjeros, se mira qué ley rige la herencia y dónde tributa cada heredero.

El heredero que no reside en España presenta sucesiones ante la Agencia Tributaria del Estado, aunque puede aplicar la ley de la comunidad donde vivía el fallecido. Los documentos extranjeros suelen necesitar apostilla y traducción.

Servicios para herencias en Mogán

Estas páginas de la provincia también sirven aquí:

La página general es herencias en Las Palmas.

Cómo trabajamos contigo

Cuéntanos qué ha pasado y qué te preocupa. Situamos el primer paso y buscamos el profesional adecuado.

El primer contacto no te compromete. El abogado colaborador te explica sus honorarios antes de empezar, y es él quien presta el servicio.

Preguntas frecuentes

¿Puedo firmar la herencia en una notaría de Mogán?

Sí. Para la escritura de aceptación y reparto, la ley deja elegir notario. Para la declaración de herederos hay límites, y el abogado confirma qué notarías valen en tu caso.

¿La plusvalía tiene rebaja para los hijos?

No. La ordenanza de Mogán no la prevé.

¿Se puede hacer todo desde el extranjero?

Casi todo. Con un poder notarial o consular, el profesional firma y presenta por ti.

Si te ha tocado una herencia en Mogán, escríbenos y te ayudamos a empezar con orden.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido