Hacer testamento

Testamento del uno para el otro: qué es y cómo funciona

El testamento «del uno para el otro» no es un documento que firme la pareja junta. Son dos testamentos, uno de cada miembro de la pareja, normalmente firmados el mismo día y con un contenido parecido. Cada uno deja al otro la mayor protección posible, y a los hijos como herederos. Su objetivo es que quien sobreviva pueda seguir viviendo como hasta entonces.

Así funciona y esto es lo que conviene tener en cuenta.

Por qué no es un testamento conjunto

En el Código Civil está prohibido que dos personas otorguen un mismo testamento. Por eso cada cónyuge firma el suyo, aunque sea en la misma cita y ante el mismo notario.

Algunas comunidades con derecho civil propio, como Aragón, Navarra, Galicia o el País Vasco, sí permiten un testamento conjunto o mancomunado. Si tienes vecindad civil en una de ellas, el abogado te explica si te conviene esa opción.

El contenido más habitual con hijos

Cuando hay hijos y se aplica el Código Civil, la fórmula clásica tiene tres piezas:

  1. Usufructo universal y vitalicio para el cónyuge. El viudo o la viuda puede usar todos los bienes y disfrutar de sus rentas mientras viva. La casa, los alquileres o los intereses de las cuentas siguen siendo para él o para ella.
  2. Los hijos, herederos por partes iguales. Reciben la propiedad de los bienes, pero sin poder usarlos mientras viva el usufructuario. Es lo que se llama nuda propiedad.
  3. Una cláusula de protección, conocida como cautela socini. Si algún hijo no acepta el usufructo de su padre o su madre, recibe solo su legítima estricta. Lo demás va a quien sí lo respeta.

Esta última pieza es necesaria porque la ley reserva a los hijos dos tercios de la herencia en el Código Civil. El usufructo de todo choca con esa reserva. La cautela permite elegir al hijo, sin imponerle nada, pero con una consecuencia si se opone.

Puedes leer más sobre estos conceptos en usufructo y nuda propiedad.

Otras opciones para el cónyuge

No todas las parejas quieren lo mismo. Algunas alternativas habituales:

  • Dejar al cónyuge, en plena propiedad, el tercio del que se puede disponer libremente, además de su usufructo legal.
  • Dejarle un bien concreto, como la vivienda, dentro de lo que permite la ley.
  • Permitirle elegir, cuando falte el otro, entre varias opciones de reparto.

La que encaja en cada familia depende de la edad, del patrimonio y de la relación con los hijos.

Si no tenéis hijos

Entonces el margen es mayor. Cada uno puede dejar al otro como heredero de todo. Solo hay que tener en cuenta que, si viven tus padres, la ley les reserva una parte en el Código Civil.

Si ninguno de los dos tiene padres ni otros ascendientes vivos, el cónyuge puede heredar la totalidad sin limitaciones de legítima.

Lo que cambia en otras comunidades

En varias comunidades el viudo ya tiene por ley derechos más amplios que en el Código Civil. En Aragón y en Navarra, por ejemplo, existe un usufructo de viudedad sobre los bienes del fallecido. En Cataluña la legítima de los hijos es menor, y eso da más libertad para favorecer al cónyuge.

Por eso un mismo modelo de testamento no sirve igual en todas partes. El abogado lo adapta a tu vecindad civil.

Cosas que conviene saber

  • Cada uno puede cambiar su testamento sin avisar al otro. El otorgado el mismo día no ata a ninguno de los dos.
  • Si hay hijos de relaciones anteriores, la fórmula clásica puede generar tensiones. Hay que pensarla bien.
  • Si el viudo vuelve a casarse, en el Código Civil el usufructo no se pierde salvo que el testamento diga otra cosa. En algunas comunidades con derecho propio la regla es distinta.
  • Las parejas de hecho pueden otorgar testamentos parecidos, pero en el Código Civil no tienen legítima. Su margen depende de la parte libre.
  • Tras un divorcio, conviene otorgar testamentos nuevos. Te contamos cómo en cambiar un testamento.

Qué hacer ahora

  1. Hablad en pareja sobre qué queréis que pase cuando falte uno de los dos.
  2. Pensad en vuestros hijos: su edad, su situación y la relación entre ellos.
  3. Comprobad en qué comunidad tenéis vecindad civil.
  4. Consultad con un abogado si hay segundas familias, una empresa o bienes en otra comunidad.

Preguntas frecuentes

¿Podemos hacer un único testamento los dos?

En el Código Civil, no. Cada uno firma el suyo. En algunas comunidades con derecho civil propio sí se permite.

¿El viudo puede vender la casa con este testamento?

Con el usufructo puede vivir en ella o alquilarla. Para venderla necesita normalmente el acuerdo de los hijos, que tienen la nuda propiedad.

¿Qué pasa si un hijo no está de acuerdo?

Con la cautela socini, puede reclamar su legítima, pero a cambio pierde la parte adicional que le correspondía.

Toda la información para preparar tu testamento está en la página sobre hacer testamento.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido