Hacer testamento

Cómo preparar la herencia de la empresa familiar

Preparar la herencia de una empresa familiar es decidir en vida tres cosas: quién se quedará con ella, cómo se compensará a los demás herederos y quién la dirigirá. Se hace con un testamento pensado para la empresa, revisando los estatutos de la sociedad y, si encaja, con un protocolo familiar. Sin preparación, la empresa pasa a todos los herederos a la vez y las decisiones pueden bloquearse.

Es una conversación que muchos empresarios aplazan. Cuanto antes se tenga, más opciones quedan abiertas.

Qué pasa si no se prepara nada

Al morir el empresario, todo lo suyo pasa al conjunto de herederos. Hasta que se reparte la herencia, son dueños en común.

Si el negocio era una sociedad, lo que se hereda son sus participaciones o acciones. Mientras estén sin repartir, los herederos tienen que nombrar a una sola persona para ejercer los derechos de socio. Ponerse de acuerdo en eso ya puede ser difícil.

Si era autónomo, la actividad no pasa sola a nadie. Se heredan los bienes del negocio, y quien quiera seguir tiene que darse de alta a su nombre. Lo explicamos en heredar un negocio o participaciones.

A todo esto se suma la legítima, la parte mínima que la ley reserva a hijos y otros familiares. Si no hay dinero para pagarla, la única salida puede ser vender la empresa.

Ser dueño y dirigir son cosas distintas

Heredar participaciones da derechos de socio, pero no el puesto de administrador. El cargo de quien dirigía no se hereda: lo nombra la junta de socios.

Por eso conviene pensar por separado quién será propietario y quién llevará la gestión. A veces coinciden. Otras veces un hijo dirige y los demás solo participan en los beneficios.

Herramientas que ofrece el Código Civil

  • Adjudicar la empresa a uno y pagar a los demás en dinero. Para conservar la empresa, el testador puede ordenar que la legítima de los otros hijos se pague en metálico. Ese dinero puede salir de fuera de la herencia. El testador, o el contador-partidor que nombre, puede aplazar el pago hasta cinco años desde el fallecimiento.
  • Hacer él mismo el reparto. El empresario puede dejar hecho el reparto de sus bienes, respetando las legítimas. Lo más seguro es hacerlo en el testamento.
  • Nombrar un contador-partidor, una persona de confianza que hará el reparto según sus instrucciones. Lo explicamos en contador-partidor.
  • Mejorar al hijo que continúa. En el Código Civil se puede dejar a un hijo una parte mayor que a los demás, sin tocar la legítima de los otros.
  • Dejar la decisión al viudo. El testamento puede facultar al cónyuge para que, más adelante, decida qué hijo común recibe la empresa.

Si el testamento prevé el pago en dinero pero no dice cómo, cualquier legitimario puede exigir su parte en bienes de la herencia. Ese detalle se escapa a menudo.

Estatutos y protocolo familiar

Los estatutos de una sociedad limitada pueden dar a los demás socios, o a la propia sociedad, derecho a comprar las participaciones del socio fallecido. El precio es su valor razonable y se paga al contado. Si nadie lo sabía, la sorpresa llega en plena herencia.

El protocolo familiar es un acuerdo entre familia y empresa. Fija quién puede trabajar en ella, cómo se elige a la dirección o cómo se venden las participaciones. Puede darse a conocer en el Registro Mercantil.

El protocolo no sustituye al testamento. Los dos tienen que decir lo mismo.

Si vives en una comunidad con derecho propio

En el Código Civil común no se puede pactar la herencia futura, salvo el reparto en vida. Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia y Baleares sí admiten, con distinto alcance, acuerdos sucesorios con el futuro heredero. Los contamos en pactos sucesorios.

Los impuestos también se planifican

La ley estatal prevé una reducción muy importante en el impuesto de sucesiones para la empresa familiar, y también para su donación en vida. Exige requisitos: en general, que alguien de la familia la dirija y que el heredero la conserve un tiempo. Cada comunidad los cambia, así que el abogado los confirma con tu caso.

Si el impuesto llega antes que la liquidez, mira cómo pagar sucesiones al heredar un negocio.

Qué hacer ahora

  1. Separa lo que es tuyo de lo que es de la sociedad, y anota los avales que hayas firmado.
  2. Revisa los estatutos y cualquier pacto entre socios.
  3. Habla en familia sobre quién quiere continuar y quién no.
  4. Ordena un testamento coordinado con esos documentos y revísalo cada cierto tiempo.

Para el resto de decisiones del testamento, vuelve a hacer testamento.

Preguntas frecuentes

¿Puedo dejar la empresa a un solo hijo?

Sí, siempre que se respete la legítima de los demás. Lo habitual es compensarlos con otros bienes o con dinero.

¿Basta con un protocolo familiar?

No. El protocolo ordena la relación con la empresa, pero no reparte la herencia. Sin testamento, se aplica el reparto de la ley.

¿Y si estoy casado en gananciales?

Puede que parte de la empresa sea del matrimonio. Entonces el testamento solo decide sobre tu mitad. Hay que aclararlo antes de planificar.

Si quieres que tu empresa siga cuando faltes, cuéntanos cómo está organizada hoy. Te ayudamos a situar el primer paso y buscamos un abogado colaborador para tu provincia.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido