Trámites de la herencia

Certificado de defunción: para qué sirve y cómo se pide

El certificado de defunción es el primer papel de cualquier herencia. Sin él no se puede pedir casi nada más: ni saber si hay testamento, ni avisar al banco, ni solicitar una pensión. Es un trámite sencillo, aunque llega en días en los que cualquier gestión pesa el doble.

Qué es

Es el documento que acredita oficialmente que una persona ha fallecido, con la fecha, la hora y el lugar.

Lo expide el Registro Civil donde se inscribió la defunción, que normalmente es el del lugar donde ocurrió.

Para que exista, antes hay que inscribir la defunción. Esa inscripción la suele gestionar la funeraria con el parte médico, en los primeros días.

Tipos de certificado

No todos los certificados son iguales, y conviene pedir el adecuado.

  • Certificado literal: copia íntegra de la inscripción, con todos sus datos y anotaciones. Es el que piden casi siempre las notarías y muchos organismos.
  • Certificado en extracto: recoge solo los datos básicos. Sirve para algunos trámites sencillos.
  • Certificado negativo: acredita que no consta una defunción inscrita. Se usa en casos muy concretos.

Ante la duda, para una herencia lo más práctico es pedir el literal.

Para qué lo vas a necesitar

  • Para pedir el certificado de últimas voluntades y el de seguros de vida.
  • Para que la notaría prepare la declaración de herederos o la escritura de herencia.
  • Para comunicar el fallecimiento al banco y empezar a desbloquear las cuentas.
  • Para solicitar pensiones de viudedad u orfandad y otras prestaciones.
  • Para cambiar de titular suministros, vehículos y otros contratos.

Quién puede pedirlo

Suelen pedirlo los familiares, la funeraria o el profesional que lleva la herencia.

El Registro Civil es público, pero algunos datos tienen acceso restringido. En esos casos se exige demostrar un interés legítimo, algo que un familiar o heredero acredita con facilidad.

Cómo se solicita

  1. Por internet, en la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Puede hacerse con o sin certificado digital, según el tipo de solicitud.
  2. En persona, en el Registro Civil donde está inscrita la defunción, o en otro que pueda consultarla por vía electrónica.
  3. Por correo, dirigiendo la solicitud al Registro Civil correspondiente.

En la solicitud se indica el nombre completo del fallecido, la fecha y el lugar de la defunción, y para qué se necesita.

Qué datos y documentos necesitas

  • Nombre y apellidos de la persona fallecida.
  • Fecha y municipio de la defunción.
  • Nombre de los padres del fallecido, que a veces se pide para identificarlo.
  • Tu DNI si lo pides en persona.
  • Una dirección donde recibirlo, si no lo recoges tú.

Plazos y consejos prácticos

La inscripción tiene que estar hecha antes de que puedas pedir nada. Si la funeraria se ha ocupado, suele estar lista en pocos días.

Una vez pedido, por internet llega antes; en persona puede depender de la carga de trabajo de cada registro.

Pide varias copias. Notaría, banco, Seguridad Social y compañías pueden quedarse con un ejemplar cada una.

Si el fallecimiento ocurrió fuera de España, primero hay que inscribirlo en el Registro Civil consular o en el Registro Civil Central. Eso alarga los tiempos.

Revisa los datos al recibirlo. Un error en un apellido o en el DNI puede frenar después la herencia.

Por qué puede convenir dejarlo en manos de un profesional

Este paso lo puedes hacer tú sin dificultad. Muchas familias lo hacen o lo deja resuelto la funeraria.

Lo que sí ayuda es saber, desde el principio, qué papeles vendrán detrás y en qué orden. Si encargas la herencia completa, el abogado o gestor colaborador se ocupa de pedir los certificados necesarios y de coordinarlos con el resto. Así no repites gestiones ni pides el documento equivocado.

Si quieres una visión de todo el recorrido, la tienes en gestión integral de herencias.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre el certificado médico y el de defunción?

El certificado médico lo firma el doctor y sirve para inscribir la defunción. El certificado de defunción lo expide después el Registro Civil.

¿Cuántas copias conviene pedir?

Varias. Muchas entidades se quedan con un ejemplar, y tenerlas a mano evita esperas cuando las piden.

¿Puedo pedirlo desde otra ciudad?

Sí. Por internet o por correo no necesitas desplazarte al lugar donde ocurrió el fallecimiento.

¿Lo necesito si la funeraria ya me ha dado una copia?

Para los primeros pasos puede servir. Más adelante, la notaría puede pedirte un certificado literal reciente.

Si ya tienes este primer papel y no sabes por dónde seguir, cuéntanos qué ha pasado. Te ayudamos a ordenar los siguientes pasos y a encontrar al profesional adecuado para tu provincia.

Otros trámites de la herencia

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido