Tasación de un inmueble heredado: cuándo conviene y cómo se hace
En muchas herencias hay una casa, un local o un terreno. Y casi siempre surge la misma duda: ¿cuánto vale de verdad? Las cifras oficiales no siempre lo reflejan, y los herederos no siempre opinan igual.
Una tasación da una respuesta técnica a esa pregunta. Te explicamos cuándo merece la pena, quién la hace y cómo se usa en la herencia.
Qué es una tasación
Es un informe que elabora un técnico para fijar el valor de un inmueble en una fecha concreta. El técnico visita la finca, revisa sus papeles y la compara con otras de la zona.
En una herencia, la fecha que suele interesar es la del fallecimiento. Si lo que se busca es repartir o vender, puede interesar también el valor actual.
Para qué sirve en la herencia
La tasación no es obligatoria en la mayoría de herencias. Pero resulta muy útil en estas situaciones:
- Reparto entre herederos: si uno se queda la casa y compensa a los demás, todos quieren saber cuánto vale. Lo vemos en el cuaderno particional, que es el documento donde se detalla el reparto.
- Extinción de condominio: cuando varios hermanos tienen la vivienda a medias y uno compra la parte del resto. Más información en extinción de condominio de una vivienda heredada.
- Impuesto de sucesiones: si el inmueble no tiene valor de referencia, o si ese valor parece muy alejado del real.
- Discrepancias con Hacienda: si la Administración comprueba el valor y lo sube, se puede responder con una tasación.
- Venta: para fijar un precio realista antes de poner el inmueble en el mercado.
Quién la hace y quién la pide
La tasación la elabora un técnico cualificado, como un arquitecto o una sociedad de tasación. Para algunos usos, como la discusión con Hacienda, se exige que el perito tenga una titulación concreta.
La pueden encargar los herederos, juntos o por separado, o el profesional que lleva la herencia. Si hay desacuerdo, es preferible que el técnico lo elijan todos. Así nadie pone en duda el resultado.
Cómo se hace, paso a paso
- Decide para qué necesitas la tasación: reparto, impuesto, venta o discusión con Hacienda.
- Elige un técnico adecuado a ese fin.
- Reúne la documentación del inmueble.
- Facilita la visita al inmueble, por dentro y por fuera.
- Indica la fecha a la que debe referirse el valor.
- Recibe el informe y revísalo con los demás herederos o con el profesional.
Documentos que suelen pedir
- Escritura de propiedad o nota simple del Registro.
- Referencia catastral y último recibo del impuesto de bienes inmuebles.
- Planos o licencias, si existen.
- Certificado de defunción, para fijar la fecha de valoración.
- Datos sobre reformas, cargas o inquilinos.
La tasación pericial contradictoria
Cuando Hacienda comprueba el valor declarado y propone otro, los herederos pueden pedir una tasación pericial contradictoria. Es un procedimiento en el que un perito de los herederos y otro de la Administración comparan sus valores.
Si las diferencias son grandes, puede intervenir un tercer perito. Tiene plazos estrictos y reglas propias. Por eso conviene hacerlo con ayuda.
Ojo: si Hacienda ha aplicado el valor de referencia, no se usa esta vía. Ese valor se discute pidiendo la rectificación o recurriendo la liquidación, y la tasación sirve como prueba.
Plazos generales
La tasación en sí no tiene plazo. Pero si es para el impuesto, debe estar lista antes de presentarlo. El plazo general es de seis meses desde el fallecimiento, con prórroga si se pide en los primeros cinco. Puede variar según la comunidad.
Si es para responder a Hacienda, los plazos son más cortos y empiezan a contar desde la notificación.
Por qué puede convenir un profesional
Una tasación mal enfocada puede servir de poco. Si se hace a una fecha equivocada o por un técnico que Hacienda no acepta, habrá que repetirla.
Un abogado o gestor de herencias sabe qué tipo de tasación hace falta en cada caso. También la usa bien: en el impuesto de sucesiones, en el reparto o frente a una comprobación.
En Tu Herencia Directa escuchamos tu caso y te ponemos en contacto con un profesional colaborador de tu provincia. El primer contacto es sin compromiso. El abogado te explica el alcance y sus honorarios antes de empezar.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio tasar la vivienda heredada?
No en general. Pero ayuda mucho cuando hay que repartir, compensar a un heredero o justificar un valor ante Hacienda.
¿Sirve la tasación que hizo el banco para la hipoteca?
Puede orientar, pero suele estar hecha en otra fecha y con otro fin. Normalmente conviene una nueva.
¿Quién paga la tasación?
Lo deciden los herederos. Si beneficia a todos, lo habitual es repartir el gasto entre ellos.
¿La tasación sustituye al valor de referencia?
No automáticamente. Sirve para discutirlo con pruebas. Lo explicamos en la página del valor de referencia catastral.
Si en tu herencia hay un inmueble y no hay acuerdo sobre su valor, cuéntanos la situación. Te ayudamos a ver el primer paso.
Otros trámites de la herencia
- Trámites de la herencia
- Auxilio por defunción de la Seguridad Social
- Cambio de titular en el Catastro por herencia
- Cambiar de titular la luz, el agua y el gas de un fallecido
- Cancelar el usufructo en el Registro por fallecimiento del usufructuario
- Certificado de defunción
- Certificado de saldos del banco de un fallecido
- Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento
- Certificado de últimas voluntades
- Cita en la notaría para una herencia
- Copia autorizada del testamento
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido