Abogados de herencias en Bizkaia

Reparto de la herencia en Bizkaia: legítima vasca, troncalidad y cuaderno particional

Repartir una herencia en Bizkaia tiene reglas propias: la legítima vasca, los bienes troncales y, a veces, la comunicación foral del matrimonio. Te ponemos en contacto con un abogado colaborador que prepara el reparto y lo lleva hasta la firma.

Escríbenos por WhatsApp a cualquier hora, sin compromiso. El abogado te explica sus honorarios antes de empezar.

Datos revisados en octubre de 2026. La norma puede cambiar, y el profesional que lleve tu caso lo confirma.

Qué es repartir la herencia

Repartir, o hacer la partición, es convertir la parte de cada heredero en bienes concretos: este piso para ti, esta cuenta para tu hermana. Se plasma en el cuaderno particional, el documento con el inventario, el valor de cada bien y lo que se adjudica a cada uno.

Hasta que se reparte, los herederos son dueños de todo en común, y nadie puede vender por su cuenta un bien concreto.

Las reglas vizcaínas que cambian el reparto

Si el fallecido tenía vecindad civil vasca, rige la Ley de Derecho Civil Vasco. Para quien tenga vecindad local vizcaína, se suman normas especiales de Bizkaia.

  • Legítima colectiva. La de los hijos y descendientes es un tercio de la herencia. Se puede dejar a uno o a varios y apartar a los demás.
  • Los padres no son legitimarios. Sin hijos, la legítima es solo la del viudo o la pareja de hecho.
  • Viudo o pareja de hecho. Tiene el usufructo de la mitad de los bienes si hay descendientes, y de dos tercios si no los hay. Además, puede seguir viviendo en la vivienda conyugal en los casos que marca la ley.
  • Troncalidad. En la tierra llana de Bizkaia, los bienes raíces son troncales si existen parientes tronqueros. Deben quedar en la familia de la línea de la que proceden, y la troncalidad prevalece sobre la legítima.
  • Usufructo del viudo y bienes troncales. Su legítima se paga con bienes no troncales y, solo si no los hay, con troncales.

La tierra llana es todo Bizkaia salvo la parte no aforada de algunas villas, como Bilbao, Durango, Gernika-Lumo, Portugalete o Balmaseda. Dentro de esas villas, el abogado comprueba los planos aprobados por las Juntas Generales.

Lo ampliamos en derecho civil vasco y en la legítima en el País Vasco.

Antes de repartir: la comunicación foral

Si los dos cónyuges eran vecinos de la tierra llana y no firmaron capitulaciones, su régimen es la comunicación foral de bienes. Todos los bienes, también los heredados o aportados, se hacen comunes por mitad.

Al morir uno de ellos dejando hijos comunes, la comunicación se consolida. Por eso, antes de repartir, hay que separar qué parte era del viudo y qué parte entra en la herencia.

En los demás matrimonios vascos sin capitulaciones suele regir la sociedad de gananciales, que también se liquida antes del reparto.

Paso a paso para repartir una herencia en Bizkaia

  1. Saber quién hereda. Testamento, testamento mancomunado de los dos cónyuges, pacto sucesorio o, si no hay nada, declaración de herederos ante notario.
  2. Mirar si hay comisario. Si el testamento dio un poder testatorio, el reparto y el impuesto pueden esperar a que el comisario use su poder.
  3. Inventario. Pisos, caseríos, terrenos, cuentas y deudas. En cada bien raíz, el abogado comprueba si es troncal y de qué línea viene.
  4. Liquidar el matrimonio. Comunicación foral o gananciales, según el caso.
  5. Valorar. Se da un valor a cada bien a la fecha del fallecimiento, con criterios que todos acepten.
  6. Hacer lotes. Se forma un lote para cada heredero, respetando la legítima, la troncalidad y el usufructo del viudo.
  7. Firmar ante notario. Lo habitual es firmar la escritura de aceptación y adjudicación en una notaría del Colegio Notarial del País Vasco, con sede en Bilbao.
  8. Impuesto e inscripción. Se presenta el impuesto ante la Hacienda Foral y se inscribe cada inmueble en su Registro.

Qué documentos hacen falta

  • Certificados de defunción, de últimas voluntades y de seguros de vida.
  • Testamento, pacto sucesorio o acta de declaración de herederos.
  • DNI o NIE de herederos y legatarios.
  • Escrituras de cada inmueble, con su título de procedencia para valorar la troncalidad.
  • Capitulaciones matrimoniales, si las hubo, y datos de la vecindad de los cónyuges.
  • Certificados bancarios de saldos a la fecha del fallecimiento.
  • Valoraciones o tasaciones, si los herederos no se ponen de acuerdo en el valor.

Situaciones que vemos en Bizkaia

Un padre deja toda la legítima a la hija que lleva el caserío y aparta a los otros dos hijos. La ley vasca lo permite, porque la legítima es colectiva.

Tres hermanos heredan un terreno en la tierra llana que venía de la familia de la madre. Es troncal, así que el reparto tiene que respetar esa línea.

Una viuda que, como su marido, era vecina de la tierra llana y no hizo capitulaciones descubre que la mitad de los bienes comunicados le corresponde por la comunicación foral. Solo la otra mitad entra en la herencia.

La madre dejó a su marido como comisario. Hasta que él use su poder, los hijos no pueden cerrar el reparto ni autoliquidar el impuesto.

Plazos y quién cobra qué

Repartir la herencia no tiene un plazo legal cerrado, y nadie está obligado a seguir en comunidad para siempre. El impuesto sí lo tiene: un año desde el fallecimiento.

Si hay poder testatorio, el plazo cuenta desde que el comisario lo usa de forma irrevocable o se extingue.

  • La notaría cobra la escritura según el arancel notarial.
  • El Registro cobra la inscripción según su arancel.
  • La Hacienda Foral de Bizkaia cobra el impuesto de sucesiones.
  • El abogado o el contador-partidor te explica sus honorarios antes de empezar.

En Bizkaia, cónyuge o pareja de hecho, descendientes y ascendientes restan 400.000 euros cada uno y pagan un 1,5 % fijo sobre el resto. Los hermanos restan 40.000 euros y pagan según tarifa.

La vivienda donde el heredero convivió con el fallecido los dos años anteriores tiene una reducción del 95 % con un límite de 215.000 euros.

Si un heredero se queda más de lo que le toca y compensa a otros en dinero, puede haber tributación añadida. El abogado lo revisa al hacer los lotes.

Más detalle en el impuesto de sucesiones en Bizkaia.

Si no hay acuerdo

Los herederos y legatarios que reúnan al menos la mitad del haber pueden pedir al notario un contador-partidor dativo, alguien neutral que haga el reparto. No puede ser uno de los herederos, y su reparto necesita la aprobación del notario o del juzgado.

Si aun así no se llega a nada, queda la división judicial de la herencia. Cuenta el último domicilio del fallecido, y Bizkaia tiene seis partidos judiciales: Bilbao, Barakaldo, Getxo, Durango, Gernika-Lumo y Balmaseda.

En Bilbao, la Sección Civil del Tribunal de Instancia tiene 13 plazas. Si lo que bloquea es una casa en común, mira también la extinción de condominio en Bizkaia.

Cómo comprobarlo tú

La troncalidad y la lista de villas están en la Ley de Derecho Civil Vasco, en el BOE.

Las reglas del impuesto y la cita previa, en la página de sucesiones y donaciones de la Diputación.

El catastro es foral: lo lleva la Diputación, y en Bilbao y Basauri los ayuntamientos. Puedes consultarlo en el Catastro de Bizkaia.

Hay 20 Registros de la Propiedad en la provincia, 12 de ellos en Bilbao.

Qué hace por ti el abogado colaborador

Tu Herencia Directa no es un despacho ni tiene oficina en Bizkaia. Te ponemos en contacto con un abogado colegiado que conoce el derecho civil vasco.

Puede atenderte a distancia o en su despacho. Revisa la vecindad, los bienes troncales y el régimen del matrimonio, y prepara el cuaderno particional.

Negocia los lotes, coordina la notaría y presenta el impuesto ante la Hacienda Foral. Si no hay acuerdo, te explica las salidas antes de llegar al juzgado.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se reparte una herencia en Bizkaia?

Se hace un inventario, se liquida el matrimonio, se valoran los bienes y se forman lotes. Se respetan la legítima vasca, la troncalidad y el usufructo del viudo, y lo habitual es firmarlo ante notario.

¿Qué es el cuaderno particional?

El documento que recoge el inventario, el valor de cada bien y lo que se adjudica a cada heredero. Es la base de la escritura.

¿Se puede dejar toda la herencia a un solo hijo en Bizkaia?

La legítima de los hijos es colectiva, así que se puede dejar a uno y apartar a los demás. Hay que respetar los derechos del viudo y la troncalidad.

¿Qué son los bienes troncales en un reparto?

Los bienes raíces de la tierra llana que vienen de una línea familiar. Si existen parientes tronqueros, deben quedarse en esa línea.

¿Qué le corresponde al viudo en una herencia en Bizkaia?

El usufructo de la mitad de los bienes si hay hijos, o de dos tercios si no los hay. Además, en ciertos casos, el derecho de habitación en la vivienda conyugal.

¿Hay que liquidar la comunicación foral antes de repartir?

Sí. Si los cónyuges estaban en comunicación foral, primero se separa la mitad del viudo y luego se reparte la herencia.

¿Qué pasa si un heredero no quiere repartir la herencia?

Nadie está obligado a seguir en comunidad. Se puede pedir un contador-partidor dativo o, como último recurso, la división judicial.

¿Cuánto tiempo hay para el impuesto de sucesiones en Bizkaia?

Un año desde el fallecimiento. Con poder testatorio, desde que el comisario lo usa o se extingue.

¿Cuánto se paga de sucesiones en Bizkaia al heredar de los padres?

Cada hijo resta 400.000 euros y paga un 1,5 % sobre el resto. El profesional calcula tu caso.

¿Dónde se firma el reparto de la herencia en Bizkaia?

En una notaría del Colegio Notarial del País Vasco, que tiene su sede en Bilbao.

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Cuéntanos qué ha dejado la persona fallecida y qué os frena para repartir. Te ponemos en contacto con un abogado que lo ordene con vosotros.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido